CAPÍTULO III
CONGRESOS
Bien pequeña debia ser la causa que motivara durante el año 1856 la reunion de un Congreso en Santiago de Chile: las espediciones que realizaba con éxito en las costas de Méjico y Centro-América el audaz filibustero Walker. Asi, solo concurrieron los Señores: Don Cipriano de Zegarra, Encargado de Negocios del Perú, Don Antonio Vera, Ministro de Relaciones Esteriores de Chile y Don Francisco Javier Aguirre, Ministro Plenipotenciario del Ecuador. Dichos representantes firmaron el 15 de Setiembre de 1856 el Tratado Continental.
En el preámbulo de este pacto se nota que su objeto fundamental es cimentar en sólidas bases la union de la gran familia americana. Con la mira de dar por esa union desarrollo y fomento al progreso moral y material de las diversas repúblicas, mayor impulso á su prosperidad y engrandecimiento, asi como mayores garantías á su independencia y soberanía, determinan las partes contratantes hacer estensivo el tratado á los demas Estados hispano-americanos y al mismo Imperio del Brasil si resuelven adherirse á él.
Con algunas diferencias confirma este documento los principios proclamados en las asambleas de 1826 y 1847.
El Gobierno del Perú tomó sobre sí la tarea de solicitar la adhesion de los demas Estados Americanos á los pactos firmados en Santiago, cuyas ratificaciones debian ser canjeadas ocho meses despues en la misma ciudad.
El Señor Buenaventura Seoane, Plenipotenciario de aquella nacion en el Imperio del Brasil y en las repúblicas del Plata, pasó una nota diplomática á los gobiernos ante los cuales estaba acreditado, solicitando su aprobacion al tratado que el Congreso habia formulado.
El Gobierno Argentino se negó á prestar su conformidad y el Ministro de Relaciones Esteriores Doctor Don Rufino de Elizalde contestó al Señor Seoane esplicando en una larga y luminosa nota los motivos en que fundaba su negativa.
En síntesis ese documento demuestra ideas localistas y, una vez mas, la constante indiferencia con que los hombres públicos de la América hispana miran todo lo que importa alguna trascendencia en materia de política internacional.—Es cierto que el doctor Elizalde impugna con lucidez y justicia los detalles del Tratado, alejado de los propósitos en vista al inmiscuirse en cuestiones de derecho internacional privado; que nota con perfecta razon la falta de ciertos principios adelantados, como el de la libre navegacion de los rios proclamado por la República Argentina y hace constar que la proteccion concedida á todos los estrangeros en nuestro país inutiliza las ventajas consignadas para los americanos en el Tratado; pero estas son cuestiones que no afectan al punto fundamental, la Union Americana.
Si el Gobierno Argentino no tenia motivos para admitir la existencia de una amenaza, es porque no consideró que el débil siempre está amenazado por el fuerte, mucho mas cuando el mismo Doctor Elizalde no desconoce, aunque él los considera hechos aislados, que á veces se han cometido injusticias de parte de los gobiernos europeos contra los americanos.—En política no hay hechos aislados y las causas mas pequeñas suelen tener á veces los efectos mas trascendentales.
Es muy razonable observar que no debemos buscar antagonismo con la Europa sino al contrario asimilarnos todos sus adelantos en lo que se refiere á las ciencias, á las artes y las industrias; pero eso no quiere decir que, ni el orden social ni en el orden político, pueda ningun pueblo de la tierra formar con nosotros vínculos que asuman tanta importancia como aquellos que nos unen á los que confundieron con nosotros su enerjía y sus ideas en los preliminares de la gran revolucion que nos dió libertad y su sangre en los campos de batalla conquistando glorias que son comunes á todos.—En Europa estarán nuestros maestros, pero en América están nuestros hermanos.
El Gobierno de Colombia no concedió tampoco su adhesion al pacto firmado en Santiago; pero haciendo las mayores demostraciones de confraternidad americana, manifestó que solo lo hacia por inconvenientes de mera forma.
El mal éxito del tratado tripartito debe mostrarnos que no es al amparo de impresiones transitorias, ni para reprimir las agresiones de un pirata afortunado, que debe formarse el Congreso destinado á dar cima á la gran aspiracion del pueblo americano.
Por iniciativa del Perú vuelve á reunirse en Lima el año de 1864, un Congreso compuesto de plenipotenciarios de las repúblicas hermanas.
La nota que el Señor Don Juan Antonio Riveiro, Ministro de Relaciones Esteriores de aquel país, pasó á los diversos gobiernos invitándolos á enviar sus representantes, es un documento notable.—Contiene todo un programa para hacer fructífero el pensamiento tantas veces formulado de la union americana; y entre otras observaciones importantes se nota esta: «los resultados de la emancipacion y la existencia del sistema democrático vendrian á ser, andando los tiempos, menos fructuosos de lo que debian, si con la union no se afirman las instituciones y con la solidaridad de miras, de intereses y de fuerzas no se imprime al Continente una fisonomia peculiar y se dá respetabilidad á los derechos adquiridos á costa de tantas y tan variadas proezas ejecutadas en la guerra santa de la independencia.»
El Gobierno de Chile acepta la invitacion del Perú y aplaude su iniciativa, pero exije para que se inicien las conferencias la invitacion general á todos los Estados de la América, porque teme que proceder á la reunion del Congreso sin la asistencia de los representantes de todas las repúblicas hispano-americanas, del Imperio del Brasil y de los Estados Unidos del Norte, frustrará los resultados que se esperan de esta asamblea.
Las observaciones del Gobierno de Chile son justas en la que se refiere á los Estados Unidos; pero en manera alguna es prudente, ni siquiera lójico, hacer estensiva al Imperio del Brasil la invitacion de tomar parte en un Congreso destinado á debatir los intereses de la democracia. Todos los problemas, sociales ó políticos, que hayan de dilucidarse en América deben estar y están sujetos á ese principio; las deliberaciones de sus futuros destinos deben tener lugar bajo los pliegues de la bandera republicana.
La República de Bolivia acepta tambien con entusiasmo la idea del Congreso, observando que, para no inspirar recelos á naciones estrañas, se debe manifestar que no se forma con tendencias hostiles ni miras esclusivistas.
El Gobierno de Colombia aplaude y acepta la formacion del Congreso, pero en oposicion al de Chile, opina que no se debe invitar á los Estados Unidos, porque es pública la neutralidad política que profesa y practica la gran nacion del Norte con respecto á las repúblicas hispano-americanas. Cree tambien que no debe hacerse una cuestion precisa de la representacion en el Congreso del Imperio del Brasil, haciendo notar con muy justa razon que la fraternidad de los pueblos americanos viene de la identidad de sus aspiraciones.
Esta vez son pocas las escepciones y la mayor parte de los Estados Americanos responden con real entusiasmo á la circular del Señor Riveiro y envian sus representantes al Congreso, el cual inauguró sus sesiones preparatorias el 18 de Octubre de 1864 con la asistencia de los plenipotenciarios siguientes:—de Bolivia, Don Juan de la Cruz Benavente; de Guatemala, el general P. A. Herran; del Perú, Don José G. Paz Soldan; de Chile, Don Manuel Mont; de la República Argentina, Don Domingo Faustino Sarmiento; de Colombia, Don Justo Arosemena; del Ecuador, Don Vicente Piedrahita; de Venezuela, Don Antonio L. Guzman.
Se firmaron en esta Asamblea cuatro tratados: uno de union y alianza, otro sobre conservacion de la paz, otro de comercio y navegacion y uno de correos.
El primero de estos pactos establece de nuevo la alianza internacional americana con el propósito de afianzar la paz entre las diversas secciones del continente, de proveer á su seguridad esterior y de garantizar mútuamente su independencia.—Esta alianza producirá efecto en los casos que consistan: 1º En actos dirijidos á privar á alguna de las partes contratantes de secciones de su territorio.—2º En actos dirijidos á anular ó variar la forma de gobierno, la Constitucion ó las leyes de cualquiera de ellas.—3º En actos dirijidos á someter á cualquiera de las partes á protectorado ó á establecer sobre ella superioridad ó preeminencia que menoscabe su soberania.
Las partes contratantes tendrán la libre apreciacion sobre el casus foederis y una vez declarado todas se comprometen á cortar sus relaciones con la potencia agresora.
El tratado sobre conservacion de la paz establece la prohibicion de recurrir á las armas para arreglar las diferencias internacionales y el juicio arbitral cuando esas controversias no puedan dilucidarse de otro modo.—Cada parte se obliga á impedir que en su territorio se preparen elementos de guerra para abrir hostilidades contra cualquiera de las otras y que los emigrados políticos abusen del asilo conspirando contra el país de su procedencia.
El tratado de comercio y navegacion establece la libertad de comercio, la igualdad recíproca de garantías y derechos para los nacionales, buques y mercaderias de las partes contratantes, un sistema uniforme de pesos y medidas y una unidad monetaria igual en peso, diámetro y ley á la de cinco francos en el sistema francés.
El tratado de correos establece la exoneracion de todo derecho de porte á los pliegos oficiales de gobiernos, ajentes diplomáticos y jueces de los Estados signatarios, asi como á los periódicos y folletos de todo género. Esta última estipulacion, liberal y progresista, pudo producir resultados muy benéficos, pues el cambio facilitado de la idea traería la union intelectual precursora, sin duda, de toda union social, política ó económica.
Como siempre, muy pocos de los gobiernos representados en este Congreso honraron con su aceptacion los documentos firmados por sus plenipotenciarios; y como á menudo se juzga de la bondad de una causa por el éxito práctico que ella alcanza, este último fracaso desprestigió la idea de Bolivar sin entibiarse por eso el sentimiento de la América que le es favorable.
La convocatoria del Perú para el Congreso de Juristas no espresa ya la idea de establecer principios de derecho público que sirvan para realizar la liga; se trata ahora de uniformar los principios del derecho internacional privado entre las diversas repúblicas hispano-americanas.
Si esa uniformidad de principios que se busca no fuera la base de la union deseada, el americanismo de esta reunion se observaria en la concurrencia de un plenipotenciario representante de la revolucion cubana, reconocido por el Gobierno del Perú, tácitamente por los demás plenipotenciarios y con prudentes reservas por el Ministro Arjentino.
El Congreso se reunió en Lima el 3 de Diciembre de 1877, aniversario de la batalla de Ayacucho, con asistencia de los plenipotenciarios siguientes: Dr. Antonio Arenas por el Perú y Costa Rica, José E. Uriburu por la República Argentina, Joaquin Godoy por Chile, Zoilo Flores por Bolivia, Miguel Rio Frio por el Ecuador, Pedro Naranjo por los Estados Unidos de Venezuela, Tomás Lama por Guatemala y Francisco de P. Bravo por Cuba y la República Oriental del Uruguay.
Un año despues de instalado este Congreso se firmó el tratado para establecer en América reglas uniformes sobre Derecho Internacional privado. Ese trabajo fundamental determina á qué competencia ha de someterse el juicio de los derechos referentes á las personas, los bienes y los actos de los estranjeros en el continente.
La nota con que el Señor Arenas acompañaba el Tratado á las repúblicas signatarias contiene notables comentarios á los trabajos del Congreso y pueden en ella observarse los motivos científicos de cada una de las estipulaciones de este pacto.—Termina ese importante documento con las siguientes palabras: «Lo que antes parecia una ilusion ha comenzado á realizarse. Las repúblicas signatarias han levantado una bandera de alianza pacífica, van unidas y con ánimo sereno en pos de su prosperidad y hay la esperanza de que las demas repúblicas hermanas las acompañen en una empresa tan laudable.—Esa union, andando el tiempo, dará grandes resultados, aumentará nuestro crédito esterior, facilitará el desarrollo de todos los elementos reparadores que hay en nuestro suelo, perfeccionará de una vez nuestras instituciones y al fin llegará el dia en que, como lo han vaticinado algunos de nuestros hombres públicos, la América tranquila y feliz sea la pátria comun de todos los americanos.»
El segundo trabajo del Congreso fué el Tratado de Estradicion que se firmó en Marzo de 1879.
Esta asamblea tenia el propósito de uniformar en lo posible la lejislacion mercantil de la América y de redactar un tratado especial estableciendo de un modo solemne y definitivo el principio del arbitraje para resolver todo jénero de cuestiones entre las repúblicas signatarias. Por desgracia, en Febrero de 1879 tuvo lugar la ocupacion de Antofagasta por tropas chilenas, iniciándose la guerra fratricida del Pacífico, luctuoso acontecimiento que puso término á los trabajos del Congreso de Juristas con tanto éxito iniciados.
La guerra continuaba en el Pacífico. Sin embargo, la República de Chile firmaba el 3 de Setiembre de 1881, por medio de su representante en Bogotá el Señor Francisco Valdez Vergara, una convencion sobre conservacion de la paz con los Estados Unidos de Colombia.
Segun este pacto, ambos paises contraen la obligacion de someter á arbitraje toda controversia ó dificultad que pueda suscitarse; determinan que la designacion del árbitro será hecha en un convenio especial en que tambien se esprese la cuestion en litigio y el procedimiento á observar en el juicio y convienen en que sea árbitro plenamente autorizado el Presidente de los Estados Unidos si se opone al convenio especial cualquier obstáculo.
Esta última estipulacion produjo muy buen efecto en aquel país segun lo manifiesta, dirigiéndose al Secretario de Relaciones Esteriores de Colombia, el Ministro Residente en Bogotá Señor Ernest Dichman. Trascribo á continuacion los párrafos de su nota diplomática:
«La negociacion del Tratado para la conservacion de la paz entre las Repúblicas de Colombia y Chile, concluido entre el Encargado de Negocios de este pais y usted, fué puesta por mí en conocimiento de mi Gobierno, y me es sumamente grato informar á usted que esta noticia se ha recibido en Washington con sentimientos de viva satisfaccion, porque revela de parte de Colombia, no solamente el deseo de mantener y fortalecer las relaciones de paz y benevolencia con el Gobierno de Chile, sino su adhesion al gran principio de arbitramento en el arreglo de las disidencias internacionales, principio cuya aplicacion se consignó en el referido Tratado como el único medio adoptable en cualesquiera emergencias entre los Estados cosignatarios. Asimismo, la designacion de árbitro, entre ellos, hecha en el Presidente de los Estados Unidos, para ciertos casos, se ha aceptado como manifestacion de aquella confianza en la amistad imparcial del Gobierno de los Estados Unidos para con las Repúblicas hermanas del Continente americano; amistad de que mi Gobierno ha tenido orgullo en dar pruebas manifiestas siempre que se ha presentado la ocasion, y en fortalecer por su constante ejemplo de buena voluntad é interés benévolo en su bienestar.»
En el convenio que nos ocupa se proponia tambien celebrar en oportunidad con las otras naciones americanas convenciones análogas, á fin de que la solucion de todo conflicto internacional por medio del arbitraje llegara á ser un principio de derecho público americano.
Se supone la satisfaccion con que fué recibida en América la convocatoria del Presidente de Colombia hecha con ese objeto, especialmente por la República Argentina, cuya política séria y fraternal se señala á la consideracion del mundo.—El Dr. D. Bernardo de Irigoyen, Ministro de Relaciones Esteriores de esta República, contestó á la circular del Dr. Nuñez en un documento notable y en él hace constar que en mas de una oportunidad el Gobierno Argentino, aun con perjuicio de derechos incontestables, ha sometido sus controversias á esa noble y humanitaria aspiracion de la época.—Observa, no obstante, al notar con entera justicia que la estipulacion solemne del arbitraje entre Chile y Bolivia no ha impedido una lucha desastrosa para ambos pueblos, que el programa enunciado debe ampliarse, desautorizando las tentativas de anexiones violentas y resguardando las nacionalidades americanas de segregaciones parciales.
La nota en que el Señor Santa Maria, Ministro de Relaciones Esteriores de Colombia, invitaba á las demas naciones americanas para la formacion del Congreso, espresaba que naciones como las nuestras, soberanas de inmensos territorios, no debian arruinarse ni deshonrarse con guerras sangrientas por porciones de tierra inhabitada y en muchos casos inhabitable, que para la causa de la civilizacion y de la humanidad en América lo mismo es en definitiva que pertenezcan á una nacionalidad ó á otra.
Estas palabras parecen envolver la idea de que haya en América territorios que puedan ser considerados res nullius, principio que rebate el Dr. Irigoyen protestando contra toda vacilacion á ese respecto y manifestando que el único medio de conservar la paz es el de uniformar los esfuerzos de todos los gobiernos para que se considere la verdad histórica y la justicia como único oríjen del dominio territorial.
Con pena es necesario consignar aquí la poca sinceridad política del Gobierno de Chile.—Parece que era conveniente para los intereses de aquella república la convencion parcial con la de Colombia y que no lo era el hacerla general con todos los Estados de la América hispana. Desde el momento en que el Dr. Nuñez pensó hacer estensivas á las demás repúblicas las ventajas del principio consignado en el pacto con Chile, todos los trabajos de sus diplomáticos fueron tendentes á evitar la reunion internacional que se proyectaba en Panamá, propósito que lograron impidiendo la concurrencia de plenipotenciarios del Ecuador y de todas las repúblicas de Centro-América.
Esto, como es natural, alejó á los gobiernos de Méjico, la República Argentina y Venezuela que no veian ya en la reunion proyectada las garantias de sinceridad y éxito que, despues de tantos descalabros, debe buscarse en toda reunion internacional americana.
Las dificultades de la respectiva organizacion en unos casos, los intereses privados de una seccion en este último, he ahí las causas que se han opuesto á la prosecucion de los elevados fines de la confraternidad americana; mas á través de los desastres referidos, se descubre en algunos gobiernos y en todos los pueblos un sentimiento perenne de simpatia hácia la liga.
Ella se efectuará, pues, tarde ó temprano por que, como dijo el Abate de Pradt, la reclaman altos intereses que están en la naturaleza de las cosas y que no tienen otro antagonismo que preocupaciones ó ideas localistas.
Existen en América, hay que confesarlo, hombres públicos que guiados por el interés individual ó sujetos á miras estrechas, representan la subdivision y desean el desmembramiento de los grandes Estados; pero ellos tendrán que luchar con los propagandistas del gran pensamiento, quienes llevan la ventaja de interpretar cumplidamente los intereses sociales del nuevo mundo y el sentir de sus habitantes.
Estos hombres, los que combatieron en Colombia y en Centro-América por la reconstruccion de la antigua pátria, los que en la República Argentina contrariaron la separacion del Estado de Buenos Aires y dándole su capital definitiva en 1880 consolidaron su gran nacionalidad, son los que están llamados á representar la union en América, donde mas que en ninguna otra parte es indispensable hacer práctica esa inclinacion filosófica de la humanidad.