CAPÍTULO IV.
Dejemos agora, llegado no más á esta isla Española, el Comendador de Lares, y despues Mayor, y tornemos á tractar del principio de otros nuevos trabajos que ocurrieron al Almirante. En este tiempo y año de 501, despues que los Reyes le mandaron soltar, y vino á la corte, y lo recibieron benignísimamente, y le consolaron, y certificaron su prision no haber procedido de su voluntad real, en especial, la serenísima reina Doña Isabel, que era, como ya se ha dicho, la que más lo favorecia y estimaba, porque mejor sentia, por ventura, que el Rey, el servicio inextimable que les habia hecho en haber descubierto este mundo de acá indiano; el Almirante, siempre les suplicaba que le tornasen á restituir en su estado, guardándole sus privilegios de las mercedes que le habian prometido, pues él habia cumplido lo que prometió, y mucho más, sin comparacion, como era notorio, y no les habia deservido por obra ni por voluntad, para que desmereciese y hobiese de perder las mercedes prometidas, ántes, por su servicio, habia sufrido en esta isla grandes angustias, tolerando y haciendo comedimientos grandes con Francisco Roldan y los alzados, á los cuales no dió causa ni ocasion para que le fuesen rebeldes, pues estando él en su servicio en Castilla, y en el descubrimiento de la tierra firme, se rebelaron á su hermano; y que no diesen lugar á los émulos que ante Sus Altezas le calumniaban, y otras muchas razones que en favor de la justicia que creia tener, alegaba. Item, que aunque ya era viejo, y muy cansado de tan inmensos trabajos, todavía tenia propósito de gastar la vida que le quedaba en descubrir, por su servicio, muchas otras tierras más de las que habia descubierto, y que creia hallar estrecho de mar en el paraje del puerto del Retrete, que agora es el Nombre de Dios, por las cuales, sobre todos los reinos del mundo, fuesen los más esclarecidos y ricos los de España. Los Reyes lo sustentaban con benignas y dulces palabras, certificándole que tuviese por cierto que sus previlegios y las mercedes en ellos contenidas, le serian cumplidas, guardadas, y conservadas, y no sólo las prometidas, pero de nuevo le serian aquellas confirmadas, y otras hechas y aumentadas. Y porque mostraba querer ir á descubrir de nuevo, los Reyes se lo agradecieron, y comenzaron á tratar dello y exhortalle que lo pusiese por obra, entre tanto que el Comendador mayor la declaracion de las cosas pasadas en esta isla enviaba, y que le mandarian dar todo recaudo. Dió sus memoriales, pidió cuatro navíos y bastimentos para dos años; fuéle todo concedido cuanto dijo serle necesario, prometiéndole Sus Altezas, que si Dios dél algo en aquel viaje dispusiese, á que no tornase, de restituir á su hijo el mayor, llamado D. Diego Colon, en toda su honra y estado. Mandaron al Comendador de Lares que restituyese al Almirante y á sus hermanos, todo el oro y joyas, y las haciendas de ganados y bastimentos de pan y vino, y libros, y los vestidos y atavíos de sus personas, que el comendador Bobadilla les habia tomado, y que le acudiesen sus oficiales con el diezmo y ochavo del oro, y de todas las otras ganancias y provechos, segun que sus privilegios rezaban. Diéronle licencia para que en esta isla Española, tuviese una persona que entendiese y tuviese cargo de su hacienda, y recibiese las rentas y lo que hobiese de haber, conforme á sus privilegios, y que estuviese presente, con el Veedor del Rey, en las fundiciones, para que viese fundir y marcar el oro que della y de las otras islas y tierra firme se fundiese y marcase, de todo lo cual rescibiese la décima parte, y tambien asistiese, con el Factor del Rey, en las cosas de las mercaderías, y negociacion y ganancias dellas, de las cuales habia de llevar el Almirante la ochava parte. La persona que señaló el Almirante para esto, y los Reyes admitieron, fué un caballero nombrado Alonso Sanchez de Carvajal, creo que natural de Úbeda ó de Baeza. Sobre todas estas cosas, hicieron los Reyes declaracion, por muchos capítulos, la cual yo vide, mandando al Comendador de Lares, Gobernador, y Contador, y Oficiales, y Justicias, y personas destas islas y tierra firme, que la guardasen y cumpliesen como en ella se contenia, que es lo que arriba, en suma, queda dicho. Allende la cual dicha declaracion y mando, que fué hecha en la ciudad de Granada, á 27 dias de Setiembre de 501, mandaron despachar la siguiente Cédula:
«El Rey é la Reina: Comendador de Lares, nuestro Gobernador de las Indias, Nos habemos mandado y declarado la órden que se ha de tener en lo que se ha de hacer con don Cristóbal Colon, nuestro Almirante del mar Océano y sus hermanos, cerca de las cosas que el comendador Bobadilla les tomó, y sobre la forma que se ha de tener en el acudir al dicho Almirante con la parte del diezmo y ochavo, que ha de haber de los bienes muebles de las islas y tierra firme del dicho mar Océano, y de las mercaderías que Nos de acá enviáremos, segun vereis por la dicha nuestra declaracion y mandamiento, firmado de nuestros nombres, que sobre ello les mandamos dar. Por ende vos mandamos que veais la dicha declaracion, y, conforme á ella, les fagais entregar los dichos sus bienes, y acudir al dicho Almirante con lo que le pertenece de lo susodicho; por manera, que el dicho Almirante y sus hermanos, ó quien su poder hobiere, sean de todo ello entregados, y si el oro y otras cosas que así el dicho comendador Bobadilla les tomó, lo hobiere gastado ó vendido, que se lo fagais luego pagar; lo que fuere gastado en nuestro servicio se les pague de nuestra facienda, y lo que el dicho comendador Bobadilla hobiere gastado en sus cosas propias, se les pague de los bienes y facienda del dicho Comendador, y no fagades ende al. Fecha en Granada, á 28 dias del mes de Setiembre de 1501 años.—Yo el Rey.—Yo la Reina.—Por mandado del Rey é de la Reina, Gaspar de Grisio.»
Despacharon finalmente los Reyes al Almirante, mandándole dar todas las provisiones que para Sevilla y Cáliz eran necesarias para la expedicion de su flota ó armada; salió con ellas de la ciudad de Granada, en el mes de Octubre, para Sevilla, donde luego, con mucha diligencia, entendió en su despacho. Compró cuatro navíos de gavia, cuales convenian, el mayor no pasaba de 70 toneles, ni el menor de 50 bajaba; juntó 140 hombres, entre chicos y grandes, con los marineros y hombres de tierra, entre los cuales fueron algunos de Sevilla; llevó consigo á D. Bartolomé Colon, el Adelantado, su hermano. Toda esta gente fué á sueldo de los Reyes, como habian venido, por la mayor parte, los españoles primeros á esta isla. Proveyóse de muchos bastimentos y de armas, y de toda manera de rescates. Desde Cáliz, donde tenia los navíos y se aparejaba, ó quizá desde Sevilla, escribió á los Reyes suplicándoles algunas cosas que le parecieron convenir para su viaje, algunas, y otras que á él tocaban y á sus hijos y hermanos. Una fué, que le diesen licencia para entrar en el puerto desta isla Española, la cual, ántes les habia suplicado, por proveerse allí de refresco y de cosas que suelen ocurrir, necesarias en todas las navegaciones, por cortas que sean, cuanto más en viaje tan largo; pero no se la quisieron dar, diciendo que porque no se detuviese, sino que lo más presto que pudiese navegase. Pidió tambien tuviesen por bien que llevase consigo á su hijo el menor, D. Hernando, el cual era de trece años; concediéronselo de buen grado. Pidió eso mismo que pudiese llevar dos ó tres hombres que supiesen arábigo, porque siempre tuvo opinion, que pasada esta nuestra tierra firme, si estrecho de mar hallase, que habia de topar gente del Gran Khan ó de otras que aquella lengua ó algo della hablasen, y no era muy remota parte de providencia; concediéronselo los Reyes, con que no se detuviese por buscallos ó esperallos. Envió ciertos memoriales suplicando á los Reyes sobre sus negocios y favor de sus hijos y de sus hermanos, porque si él muriese los tuviesen por encomendados; á todas estas suplicaciones respondieron los reyes Católicos con la siguiente Cédula, que fué la final cerca deste viaje, y áun la postrera que de Sus Altezas rescibió:
«El Rey é la Reina: D. Cristóbal Colon, nuestro Almirante de las islas y tierra firme, que son en el mar Océano á la parte de las Indias. Vimos vuestra letra de 26 de Febrero, y las que con ella enviastes y los memoriales que nos distes, y á lo que decís que para este viaje á que vais querríades pasar por la Española, ya os dijimos, que, porque no es razon que para este viaje á que agora vais se pierda tiempo alguno, en todo caso vais por este otro camino, que, á la vuelta, si os pareciere que será necesario, podeis volver por allí de pasada, para deteneros poco; porque, como veis, convendrá que vuelto vos del viaje á que agora vais, seamos luego informados de vos en persona de todo lo que en él hobiéredes hallado y hecho, para que, con vuestro parecer y consejo, proveamos sobre ello lo que más cumpla á nuestro servicio, y las cosas necesarias para el rescate de acá se provean. Aquí vos enviamos la instruccion de lo que, placiendo á Nuestro Señor, habeis de facer en este viaje, y á lo que decís de Portugal, Nos escrebimos sobre ello al rey de Portugal, nuestro hijo, lo que conviene, y vos enviamos aquí la Carta nuestra que decís, para su Capitan, en que le facemos saber vuestra ida hácia el Poniente, y que habemos sabido su ida hácia el Levante, que si en camino vos topáredes, vos trateis los unos á los otros como amigos, y como es razon de se tractar Capitanes y gentes de Reyes, entre quien hay tanto deudo, amor y amistad, diciendo que lo mismo habemos mandado á vos; y procuraremos que el rey de Portugal, nuestro hijo, escriba otra tal carta al dicho su Capitan, etc. (y, pasados ciertos capítulos en respuestas de las cosas que arriba dijimos quel Almirante suplicaba, dicen los Reyes abajo): Cuanto á lo otro contenido en vuestros memoriales y letras, tocantes á vos y á vuestros hijos y hermanos, porque, como vedes, á causa que Nos estamos en camino y vos de partida, no se puede entender en ello hasta que paremos de asiento en alguna parte, y si esto hobiésedes de esperar se perdería el viaje á que agora vais, por esto es mejor, que, pues de todo lo necesario para vuestro viaje estais despachado, vos partais luego sin detenimiento alguno, y quede á vuestro hijo el cargo de solicitar lo contenido en los dichos memoriales; y tened por cierto, que de vuestra prision nos pesó mucho, y bien lo vistes vos y lo cognoscieron todos claramente, pues que luego que lo supimos lo mandamos remediar, y sabeis el favor con que vos habemos mandado tractar siempre, y agora estamos mucho más en vos honrar y tractar muy bien, y las mercedes que vos tenemos fechas vos serán guardadas enteramente, segun forma y tenor de nuestros privilegios, que dellas teneis, sin ir en cosa contra ellas, y vos y vuestros hijos gozareis dellas como es razon, y, si necesario fuese confirmarlas de nuevo, las confirmaremos, y á vuestro hijo mandaremos poner en la posesion de todo ello, y en más que esto tenemos voluntad de vos honrar y facer mercedes, y de vuestros hijos y hermanos Nos ternemos el cuidado que es razon, y todo esto se podrá facer, yéndovos en buena hora, y quedando el cargo á vuestro hijo, como está dicho; y así vos rogamos que en vuestra partida no haya dilacion. De Valencia de la Torre, á 14 de Marzo de 502 años.—Yo el Rey.—Yo la Reina.—Por mandado del Rey y de la Reina, Almazán.»
Ciertamente, para la alteza que tenian y acostumbrada gravedad y autoridad de que los reyes de Castilla solian y suelen, con sus súbditos, aunque sean los de mayores estados, usar, grande humanidad y favores usaban con el Almirante, y no sin razon, pues nunca algun otro tal servicio hizo, chico ni grande, á sus Reyes, jamás.