CAPÍTULO IV.
LA IGUALDAD ANTE LA LEY, ¿ES LA IGUALDAD ANTE LA JUSTICIA?
Hay en nuestra época una deplorable tendencia á convertir la aritmética en ciencia social, á tomar á los hombres como cantidades, y hacer con ellos operaciones de adición y de resta, lo cual no sólo conduce al error, sino que le consagra dándole un aire de verdad matemáticamente demostrada. Los partidarios más acérrimos de la igualdad sancionan á veces las más injustas desigualdades, porque, arrastrados del espíritu de siglo, sustituyen la aritmética á la lógica.
Igualdad ante la ley.—¿Qué significa esta frase? Que no hay ningún privilegiado; es decir, que legalmente no se puede evitar ningún castigo, alcanzar ninguna recompensa, ni obtener ventaja alguna en virtud del nacimiento ni de la posición social. Esta es la teoría.
Notaremos primero que no hay, como algunos dicen, cosas muy buenas en teoría y muy malas en la práctica, porque es un contrasentido sostener como bueno lo que es impracticable, ó lo que practicado hace mal. La ignorancia tiene maligna propensión á rebajar el valor de las fórmulas científicas y hacer á la verdad responsable de las consecuencias del error que se disfrazó con su nombre: así, pues, un mal en la práctica, supone un error en la teoría.
Sería necesario escribir un tratado completo de legislación para ver en qué se convierte prácticamente el principio de igualdad ante la ley. Esto no es posible, ni es preciso tampoco, porque, siendo nuestro objeto sentar principios generales, nos bastará tomar una ley, y demostrada en ella la causa del error, fácil nos será por analogía juzgar las leyes todas. Examinaremos la ley de reemplazo para el servicio militar.
No hace muchos años se eximían de este servicio los nobles; vienen los partidarios de la igualdad, y gritan: «¡Injusticia! ¡Cómo! ¡Porque esa mujer ha nacido duquesa podrá tener sus hijos á su lado, y porque la otra nació pobre se los arrancarán, á ella que le hacen más falta! ¡Se conviene en que las contribuciones deben pagarlas todas las clases, y esa que apenas el hábito puede hacer que se nombre sin horror, esa que se llama contribución de sangre, la pagará una clase sola! ¡Siendo principio de equidad reconocida que cada uno contribuya al sostenimiento de las cargas del Estado según los bienes que tiene que conservar en él, el que posee poco, el que tal vez no posee nada, ofrece su vida para conservar el orden y defender la patria, y lo que poseen los que están eximidos de defenderla! ¡Injusticia! ¡Iniquidad! ¡Abajo el privilegio! ¡Igualdad ante la ley!»
La igualdad se establece; todos nacen soldados, el duque y el proletario; la suerte decide luego el que debe tomar las armas. Mirad las listas: el Excmo. Sr. Duque de N., al lado de Pedro Fernández; esto ya es otra cosa; al fin las leyes empiezan á ser justas; ante ellas todos somos iguales. Del servicio militar puede uno eximirse por dinero; todos tienen derecho á comprar su licencia absoluta por 8.000 reales[2], lo mismo el Duque de N., que Pedro Fernández. ¿Lo mismo? ¡Pero si Pedro Fernández no tiene 8.000 reales, si no puede tenerlos! ¡Si la ley lo sabe, y parte de este conocimiento, porque si todos pudieran eximirse no habría ejército! Entonces, ¿qué se ha hecho de la igualdad ante la ley? ¿Qué se ha hecho? Ha quedado reducida á un cambio de nombre. La desigualdad de antes estaba escrita en un pergamino y se llamaba ejecutoria, y la de ahora está escrita en un papel y se llama billete de banco. Pues ¡valía la pena de verter tanta sangre y hacer tanto ruido para llegar á este resultado!
Pero son muchos más los que logran eximirse por el nuevo método, y es ya una ventaja, y grande, porque los bienes se miden por el número de personas que pueden participar de ellos. Es verdad; el número de los que se eximen es mayor que era; pero la ley cuenta con esto, y llama á las armas 27.000 hombres, por ejemplo, en lugar de 25.000, contando con que 2.000 se redimirán; es decir, que el número de los privilegiados aumenta, y disminuye el de los que deben pagar la contribución de sangre; y no siendo menor el cupo, claro está que les ha de tocar á más. Es decir, que en nombre de la igualdad se hace que la más terrible de las desigualdades pese sobre el pueblo más que pesaba.
Supongamos que para establecer la igualdad verdaderamente decimos:—«No se admite más exención que la incapacidad física; el Duque de N. y Pedro Fernández serán soldados, sin poder presentar en su lugar billetes de banco, ni hombres comprados: ahora sí que se establece la igualdad verdadera, la verdadera justicia.»
Pedro Fernández se pone su uniforme de paño no más ordinario del que acostumbra á gastar; toma el fusil, cuyo peso no le agobia, porque está acostumbrado á trabajos materiales; duerme en una cama que no es peor que la suya; marcha sin esfuerzo á paso redoblado. El Duque no puede sufrir el roce de aquel paño tan basto; el peso del fusil le abruma, y es imposible que él duerma en aquella cama, ni que ande á pie tan aprisa, él que no tiene costumbre de andar sino en coche ó á caballo. Lo que Pedro hace sin esfuerzo, á él le causa una fatiga abrumadora; le costará la vida, porque en una marcha, un día de mucho frío ó de mucho calor, sucumbirá. Hé aquí otro caso en que en nombre de la igualdad se echan sobre dos clases pesos desiguales. ¿Cuál es el origen del mal? El mal está en el error de que al establecer la igualdad ante la ley se parte del principio de que los hombres son iguales y se hallan en las mismas circunstancias, y como esto no es verdad, la igualdad ante la ley es mentira.
¿Qué hacer? No es éste el lugar de indicarlo. Nuestro asunto tiene una especie de fuerza centrífuga que tiende á lanzarnos fuera; pero combatiremos esta tendencia encerrándonos en él. Creemos haber dicho bastante para probar que la igualdad ante la ley, como generalmente se entiende, y la igualdad ante la justicia, no son una misma cosa.