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(1518.—Noviembre 7.)—Real cédula concediendo licencia á los vecinos de la isla Fernandina para armar bajeles á su costa, y descubrir y conquistar islas ó tierras nuevas, con las condiciones establecidas para estos casos.—A. de I., 139, 1, 5.
El Rey.—Por cuanto por parte de vos los vecinos y pobladores de la isla Fernandina, que antes se llamaba de Cuba, me fué hecha relación que con la mucha voluntad que tenéis al servicio de la católica Reina mi señora, al mío y al acrecentamiento de nuestra Corona Real, muchos de vosotros queríades armar á vuestra costa, para descobrir algunas islas comarcanas desa dicha isla, y me suplicastes e pedistes por merced vos diese licencia e facultad para ello ó como la mi merced fuese, e yo acatando que dello Nuestro Señor sería servido, tóvelo por bien, e por la presente vos doy licencia e facultad para que vosotros ó cualesquier de vos podáis armar á vuestra costa, e ir á descobrir cualesquier islas e tierras que quisierdes, e por bien tovierdes, que no estén descubiertas, en comarca desa dicha isla, con tanto que del provecho que dello se os siguiere nos hayáis de dar e déis el quinto que nos pertenece, y que no toquéis en los límites de la demarcación del Serenísimo Rey de Portogal, mi muy caro e muy amado hermano e tío, por cuanto mi voluntad es que lo capitulado e avenido e asentado entre nuestra Corona Real y la de Portogal se guarde y cumpla, y que las tierras e islas que así descubriéredes, las podáis conquistar y poner debajo de nuestro señorío e servidumbre, con tanto que seáis obligados de guardar en todo la instrucción e instrucciones que para el buen tratamiento de los indios naturales de las tales tierras están fechas, e mandáremos facer, so las penas en ellas contenidas, las cuales mandaré ejecutar en las personas ó bienes de cada uno de vosotros, que lo contrario ficiere, de más de quedar las dichas vuestras personas á la nuestra merced, e mando que se tome razón desta mi cédula en la Casa de la Contratación de Sevilla por los nuestros oficiales della. Fecha en Zaragoza á VII de noviembre de DXVIII años.—Yo el Rey.—Refrendada del secretario Cobos.—Señalada del gran Chanciller, del Obispo de Burgos y de D. García de Padilla.