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(Año de 1535.—Mayo 27, Madrid.)—Cedula antigua que manda que para hazer las abaluaciones esten juntos los oficiales y solos, y auiendolo platicado y conferido entre si, hagan las abaluaciones.

La Reyna: Nuestros oficiales dela isla Fernandina, llamada Cuba. Yo he sido informada que en el abaluar delas mercaderias de que se ha de cobrar almoxarifazgo en essa isla, no poneis la diligencia que conviene, antes las abaluais menos delo que valen, y desto es la principal causa que al tiempo que hazeis las dichas abaluaciones no las hazeis con acuerdo, sino en pie y a priessa, y porque como veis desto podria venir fraude y daño a nuestra hazienda, yo vos mando que cada y quando ovieredes de abaluar alguna cosa esteis todos juntos y solos, y entreis en acuerdo para ello y alli platiqueis entre vosotros sobre la abaluacion que ansi ovieredes de hazer, y platicado lo abalueis por su justo valor, por manera que nuestras rentas no reciban diminucion ni los dueños delas mercaderias agrauio, y quando huviere diversidad de parecer en la tal abaluacion formeis el parecer de cada uno en el libro de vuestro acuerdo y no fagades ende al. Fecha en Madrid a veinte y siete dias del mes de Mayo de mil y quinientos y treinta y cinco años. Yo la Reyna. Por mandado de su Magestad, Juan de Samano. Señalada del Consejo.