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(Año de 1538.—Valladolid 16, Abril.)—Real Cedula al Virrey de Nueva-España para que junte los prelados, para que moderen los derechos de entierros y velaciones, y que no excedan de los que se llevan en Sevilla triplicados.—(A. de I., 87-6-1, lib. 3.º, fol. 58.)
La Reyna: Don antonyo de mendoça, nuestro visorrey, governador dela nueva españa, nuestro presidente enla nuestra abdiencia y chancilleria Real que en ella reside: Bartolome de çarate, en nombre desa cibdad de mexico, me ha hecho relacion ques muy excesivo lo que los clerigos e curas de las iglesias desa nueva españa llevan delos entierros y mysa y velaciones, matrimonios y de todas las otras cosas dedicadas al culto divino, y que convernya lo mandasemos llevar conforme alo que se lleva enel arçobispado de Sevilla triplicado, y los derechos que llevan en las abdiencias de los provisores sean ansi mismo triplicados conforme al dicho arçobispado o como la mi merced fuese: lo que visto por los del nuestro consejo delas Indias fue acordado que devia mandar dar esta mi cedula para vos, e yo tovelo por bien, por que vos mando que hagays juntar en esta dicha cibdad de mexico los prelados desa dicha nueva españa, y proveays como se de orden cerca dela limosna que han de llevar los dichos clerigos y curas para los enterramientos y misas y velaciones y trentenarios y de todas las otras cosas que han de hazer de tal manera, que no excedan en lo dicho delo que llevan en Sevilla triplicado. Fecha en Valladolid a diez y seis dias del mes de abrill de mill e quinientos y treynta y ocho años. Yo la Reyna. Refrendada y señalada delos dichos.