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(Año de 1532).—Carta de Fr. Francisco de Avila, guardián, noticiando al Emperador que llegó en compañía del Ldo. Vadillo; el Cabildo de la ciudad con mucho gusto señaló sitio para el monasterio según S. M. tenia mandado, y se empezó la obra; mas luego llegó el Obispo, y sintiendo lo hecho, intentó hacerles salir de la ciudad. Suplica á S. M. les dé favor y limosna.—(A. de I., 54, 3, 4.)

S. C. C. Magestad.=Fray Francisco de Avila, guardian del monesterio de San Francisco, que es en la cibdad de Santiago de la ysla Fernandina, beso los reales pies e manos de V. Magestad e le hago saver como yo llegué á esta ysla en conpañia del licenciado Juan de Vadillo, oydor de V. Magestad, en seys dias del mes de novienbre del año pasado de mill e quinientos e treynta e vn años con otros religiosos por mandado del probincial de la probincia de Santo Domingo de la ysla Española, y al tiempo que llegué a esta cibdad de Santiago e pedí en el cavildo que conforme a la voluntad de V. Magestad e a lo que tenia mandado por sus provisiones reales, señalasen sitio donde se hiciese el dicho monesterio, el qual por el dicho cavildo me fué señalado con mucha voluntad, asi por conplir lo que V. Magestad les tenia mandado como por el deseo que tenian que oviese en esta ysla casa de señor San Francisco, e sabido por el provisor e clerigos, porque a la sazon el obispo no estava en esta ysla, pusieron mucha contradicion en el edificar la dicha casa y por via de concierto se començó a hazer antes de la venida del obispo, el qual venido, recibió tanta pena por nuestra venida y edificio del dicho monasterio, que quisiera impedirlo del todo, asi mostrando por palabra como por todas las vias que él pudo de nos hazer yr de la ysla, y si no se hallara en esta cibdad el dicho licenciado Vadillo, creemos que vbiera dificultad en poder hazerse, e agora todavia tenemos temor que el dicho obispo procurará de nos hazer tal tratamiento que no podamos estar en la dicha ysla; por que al tiempo que se partió para la ysla de Jamayca, que fué a nueve de Junio deste año, nos movió ciertos partidos sobre nuestra estada, queriendo que no estoviésemos en la cibdad y que nos saliésemos al canpo vna legua fuera della, lo qual los vezinos desta cibdad tobieron por muy aspero y nuestra estada podiera tener poco provecho a los vezinos desta cibdad e ysla.

La casa que hasta agora tenemos fecha es de paja, y ay en ella para poder estar quatro religiosos con harto travajo, y ay una yglesia asimesmo de paja de anchura de treynta pies y largo sesenta pies donde continuamente se dizen las oras y se celebran los divinos oficios que no ha sido poca consolacion para los vezinos desta cibdad.

Suplicamos a Vuestra Magestad pues ha tanto tienpo que ha mandado que se haga este monesterio, porque nosotros tenemos temor que si V. Magestad no nos enbia su favor, el obispo nos hará tal tratamiento, que no podamos estar en la dicha ysla, y esto dezimos a V. Magestad porque asy nos lo ha dicho, e otras cosas que no conbiene dezirlas, y porque la posivilidad de los vezinos desta cibdad no es tanta, que por sí puedan hazer esta casa, por manera que sea perpetua, suplico a V. Magestad que como ha sido servido de hazer limosna para ayuda a los edificios de los otros monesterios que se han fecho en las yslas Españolas e sant Juan, V. Magestad tenga por bien de nos hazer merced de alguna ayuda para la obra del dicho monesterio, pues dello se seguirá mucho serbicio a Dios e a V. Magestad e consolacion a toda esta ysla.

El obispo se ha puesto en que no se entierre ningun cuerpo en esta casa que V. Magestad mandó hazer, y si asi fuese, los vecinos que tienen debocion a ella recibirian mucha desconsolacion, porque una de las cabsas principales por que desean que esta casa esté en esta cibdad es por se enterrar en ella por la debocion que tienen a nuestro padre San Francisco; suplicamos a V. Magestad, pues en todas las casas de nuestra horden libremente se pueden enterrar, V. Magestad mande al dicho obispo que no ynpida a los que della se mandasen enterrar, la sepoltura, y si se pusiere el obispo a lo contradecir, V. Magestad mande al governador que en esta ysla es o fuere, que no le consienta ynpedirlo, e por ello V. Magestad hará señalada merced a esta casa; mande dar su real probision dirigida al dicho gobernador para que asi se haga. Dios nuestro señor la inperial persona de V. Magestad guarde con acrecentamiento de mas reynos e señorios: desta cibdad de Santiago de la ysla Fernandina a ocho de jullio de IUDXXXII años=

De vuestra sacra catholica Magestad humilldisimo capellan de Vuestra Magestad que sus inperiales pies besa=frai Francisco de Avila, guardian.