307.

(Año de 1524.—Febrero 20, Vitoria.)—Cédula real, por cuanto á petición de los procuradores de la isla se ordenó que no pudiese haber en ella procuradores ni abogados, se dispensa ahora que pueda haber dos procuradores para fenecer ciertos pleitos y nada más.—(Acad. de la Hist., colec. Muñoz, t. LXXVII, fol. 28. Extracto.)