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(Año de 1530.—Septiembre 15, Santiago.)—Carta de los oficiales reales á S. M. dando cuenta de ocurrencias.—(Acad. de la Hist., colec. Muñoz, t. LXXVIII, fol. 284 vto. Extracto.)
El Gobernador ha cuatro años que sirve el oficio de veedor sin asistir por su persona, sino por la de un sobrino, lo cual no conviene. Del tesorero Nuñez de Guzman no puede cobrarse el alcance porque el Gobernador casó con su mujer. El cuño no quiso darle para meter en el arca de las tres llaves hasta cuarenta dias despues de notificarle la cedula. Envian 700 pesos de las rentas rezagadas que cobró el obispo D. Juan Ubite y el proceso para que se determine en el Consejo.
La merced de pagar el oro al décimo se acabó en 28 de Julio. Por cédula de Burgos de 15 de Febrero de 1528 se manda pagar al año primero siguiente el octavo. Por otra de Toledo de 15 de Enero de 1529, que cumplido el tiempo del décimo se pague al quinto, sin mentar la del octavo; conforme a este han pedido desde el 28 de Julio, pero Gonzalo de Guzman ha sentenciado sea valedera la merced del octavo.
Tres leguas de la ciudad está el cerro del Cardenillo y nunca se habia hecho experiencia de lo que tenia, hasta que en una nao de Nueva España llegó un maestro de hacer campanas, paisano del Gobernador; fue a verlo y trujo algunas piedras de que se sacó cobre; queria el Gobernador dar licencia general para sacarlo, y ellos lo impidieron, sabido que todos los veneros pertenecen a S. M., hasta que provea. En la experiencia resultó que de ocho quintales de piedra sale uno de cobre. Envian treinta libras de cobre fundido y dos quintales de piedra.
De las cédulas de S. M. estan por cumplir, la de tomar cuentas al Tesorero difunto; la de confiscar los negros que llegan sin licencia, la de que los casados se vayan, o traigan sus mujeres, la de que el Gobernador visite los pueblos de dos en dos años y la de que ningun vecino tenga mas indios de los que consienten las ordenanzas.
Aunque S. M. tiene prohibido que se saquen esclavos de Nueva España, se sacan, y a la isla han venido algunos: los han avaliado y cobrado 7½ por ciento, como de los negros que llegan de Castilla. Los dueños han movido pleito, el Gobernador dió sentencia que fuesen francos, y la Audiencia la ha confirmado.
Habrá cuatro años, un Carreño y Esteban Basiñana, ginovés trujeron de Cabo Verde cuarenta negros con licencia; luego 75 con licencia para solos 40, ofreciendo pagar derechos por los sobrantes. Recibiéronlos por la gran necesidad que habia, consintiendolo Gonzalo de Guzman, pero luego tuvo cierta diferencia con Basiñana, y por su causa sucedió lo del cabildo, cuando quebró la vara al alcalde y prendió a los regidores y los sacó de la iglesia. Deste enojo procedió la cédula de confiscar los negros traidos sin licencia.
El obispo aun no ha nombrado la persona que manda S. M. para recibir las limosnas destinadas a la iglesia; está enojado y amenaza por los informes que de él se han dado. Ello es que ha comprado y traido varias cosas, y a su sobrina; señal que le sobran dineros.
Despues de haber sacado de la isla preso á A. de Escalante por hereje, Pero Nuñez de Guzman hizo ejecucion en unas casas que tenia por ciertos pesos que debia a S. M., y habiéndole condenado despues de cuatro años, las han pedido los jueces.
Firman Lope Hurtado.—Pero Paz—Hernando de Castro.