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(Año de 1540.—Marzo 17, Santiago de Cuba.)—Los procuradores de la ciudad y villas informan á S. M. de las necesidades: entre ellas refrenar á los indios alzados, para lo cual y continuar la obra del baluarte, conviene prorrogar la sisa, y que se declaren esclavos los que se cogieren en los montes; llevar á la isla otros libres de derechos y esclavas negras, pues la isla disminuye en todo cada día por la riqueza de las comarcas vecinas; bajar al décimo el quinto que pagan del oro de minas; consentir la construcción de casas de tabla y teja.—(A. de I., 54-1-12.)

Sacra Cesarea Catolica Magestad.=Los procuradores de la cibdad de Santiago y otras villas de la ysla Fernandina, umilldes vasallos de vuestra Magestad, sus muy Reales y sacras manos besamos, y le hazemos saber como nos abemos juntado para le avisar de las cosas de que esta ysla tiene mayor necesidad y para le suplicar mande proveer en ellas como le pareciere que mas convenga a su servicio.

En esta ysla nunca faltan yndios malhechores, como vuestra Magestad sabe, y esto es por el poco aparejo y posibilidad que ay para conquistallos, y en los términos de la villa de la Asuncion y confines a esta cibdad andan mas yndios alçados que en otras partes, los quales se hazen fuertes en la punta que dizen del Hermayei, y por ser alli la tierra muy fragosa no tienen temor de ser sojuzgados y especialmente viendo como veen y conocen que ya son pocos los onbres en esta ysla de quien pueden temer, y esto se platica y canta en los areytos, asy dellos como de los otros que estan de paz, diciendo que ya no podemos durar mucho en esta tierra por que no quedan en ella syno los enfermos y los que poco pueden.

Para platicar en el remedio desto avemos venido a esta cibdad en este tienpo de fundicion señalado por vuestra Magestad para que los procuradores de la ysla vengan aqui y ynformen a vuestra Magestad del estado de la tierra, y a la sazon en que este navio está de partida, no son aun llegados todos los procuradores.=Bernardino de Quesada, procurador desta cibdad de Santiago y Juan de Cabañas y Manuel de Rojas, procuradores de las villas del Asuncion y San Salvador, por los dichos pueblos y en nombre de los otros procuradores de la ysla, prestando voz y capcion por ellos pedimos y requerimos al licenciado Bartolome Ortiz alcalde mayor que con brevedad proveyese en el remedio que convenia para la necesidad presente, la qual llega ya a tal estado, que los vecinos de aquella villa del Asuncion no osan salir a ver sus labranças a media legua o una del pueblo, syno van cinco o seys juntos.

Para dar asiento en lo susodicho se juntaron en casa del obispo don Diego Sarmiento el dicho alcalde mayor y los alcaldes y regidores y oficiales de vuestra Magestad, y visto por ellos el estado de la tierra, fue acordado a nuestro pedimiento que la sisa que estava puesta en los mantenimientos con licencia de vuestra Magestad no cesase, aunque la cantidad de quinientos pesos de oro señalada en la licencia estava ya gastada en las alteraciones pasadas de los dichos yndios, lo qual se hizo atenta la necesidad, y con protestacion que por nos los dichos procuradores se pida y suplique a vuestra Magestad sea servido dar licencia para que la sisa corra hasta que se pueda sacar della otros quinientos pesos que son muy necesarios para asegurar la dicha villa y terminos desta cibdad, y en caso que toda la cantidad de quinientos pesos no fuese menester para lo susodicho podrase gastar lo que sobrare en el bestion que se haze en el puerto desta cibdad por mandado de vuestra Magestad; muy umillmente le suplicamos sea servido de nos conceder esta merced y de mandar enbiar con brevedad el despacho dello.

Manuel de Rojas dize que teniendo cargo de la governacion desta ysla, hizo relaciona vuestra Magestad de la necesidad que avia de pronunciar por esclavos semejantes yndios alçados y que vuestra Magestad le mando responder que le enviava provision acordada para ello la qual dize que no vino. Agora ay della mayor necesidad por que los rancheadores, con solo el salario que se les suele dar de la sisa, van de mala gana, a cuya causa las menos veces aciertan, y llevando sobre puesto el ynterese que llevan de los tales yndios esclavos, van de buena gana y hazen mas fruto. Suplicamos a vuestra Magestad sea servido de nos mandar enbiar la dicha provision acordada o como le pareciere que mas conviene a su servicio.

En todas las cosas que se an ofrecido desta calidad en esta ysla despues quel obispo don Diego Sarmiento vino a ella, mucho a ayudado, animando los pueblos y gente y prestando dineros para prover las quadrillas de armas y salarios, a cuyo respeto el año pasado de treynta y nueve se remedio mucho del daño que padeciamos y se atajó lo que se esperaba, y agora para esta necesidad, presente le hallamos tan aparejado que tenemos en el mucha confiança.

Segun va creciendo la malicia de los yndios tenemos temor que podria participarse este daño entre los esclavos negros, lo qual seria muy dificultoso y para esto seria muy gran remedio que se truxesen a esta ysla esclavas negras con las quales ellos aseguraran mucho y sirven mejor. Suplicamos a vuestra Magestad mande prover de manera que algunas personas se animen a contratar las dichas esclavas en esta ysla, pues nuestra posibilidad ya no llega a poder enbiar persona ni dineros para que se entienda en ello, especialmente despues que no podimos o no supimos aprovecharnos de los siete mill pesos de oro que vuestra Magestad nos mando prestar para esta contratacion.

Lo suso dicho hasta aqui es la mayor necesidad que tenemos para remediar el peligro en que estamos; lo demas es hazer saber a vuestra Magestad como la ysla se desminuye cada dia en todas las cosas por que de las comarcas vienen tan buenas nuevas o novedades de tierras y riquezas que todos los pobres y aun los que mas pueden se desean hir y se van de la isla y tambien por que no gozamos aqui de las mercedes que vuestra Magestad a hecho en otras partes destas yndias, la prencipal destas es el oro que se coje en las minas, de que pagamos el quinto, que en otras partes por merced de vuestra Magestad no se paga sino el diezmo, cerca de lo qual muchas vezes se a suplicado a vuestra Magestad por esta ysla, por personas particulares della y no a venido el despacho que dello esperamos; muy umillmente suplicamos a vuestra Magestad lo mande brevemente despachar considerada la necesidad que tenemos de ser ayudados e socorridos por que la tierra no se despueble.

Asy mismo somos certificados que vuestra Magestad hace merced en la Española y tierra firme y otras partes del almoxarifazgo que suele llevar de los esclavos yndios que se traen de unas partes a otras y segun el poco servicio que ya tenemos de los yndios naturales desta ysla, ay mucha necesidad de nos socorrer y remediar como lo solíamos hazer, de esclavos yndios que suelen venir de las comarcas, lo que al de todo en todo tenemos ya perdido por que los mercaderes y personas que en esto tratan no quieren venir a esta ysla por los derechos que les llevan de los dichos yndios esclavos; suplicamos a vuestra magestad nos mande hazer merced de lo mandar prover.

Vuestra Magestad a mandado por su provision general en todas estas partes que los vecinos y moradores dellas que tovieren yndios de repartimiento hagan casas de piedra en cierto termino so cierta pena, lo qual por la mayor parte no cabe ni se sufre en esta ysla, por que ya las cosas della se apocan cada dia por las cavsas que hemos dicho. En esta cibdad de Santiago ay algunas casas de piedra que an hecho los que tovieron mas posiblidad e otros que tovieron menos viendo el peligro que muchas vezes emos padezido del fuego, hizieron sus casas de madera y texa a fuer de las montañas y Viscaya, y cerradas de tablazon de palma, que es arto mejor y mas seguras para el fuego que la tablazon con que se cierran las casas en las montañas, y desta manera de edificar creemos que en esta cibdad pocas personas dexaran de hazer sus casas aviendo para ello oficiales que basten, los quales al presente no ay, y dandole vuestra Magestad mas termino, por quel termino de dos años que vuestra Magestad da en su provision es muy breve. Suplicamos a vuestra Magestad umillmente sea servido de declarar y mandar que las casas que hasta agora estan edeficadas en esta cibdad de madera y teja cunplan y satisfagan al mandamiento de vuestra Magestad y asi mismo se entienda y declare esto a las que estan por hacer, por que con ello se animaran todos a hacer sus casas, y creemos que en otros dos o tres años de mas termino, no quedará en esta cibdad ninguna casa de paja, y asy lo suplicamos á vuestra Magestad lo mande proveer.

En las otras villas de esta ysla es ya tan poca la posibilidad de los vecinos que si son apremiados a hazer casas de piedra, como vuestra Magestad lo manda, creemos y aun sabemos que ternan por mejor dexar los yndios y la tierra que ponerse en hacer casas, por que ya por la mayor parte los repartimientos de los yndios son muy pocos los vecinos en toda la tierra que tengan de doze o quince yndios arriba, y si ay algunos que tengan razonable número de yndios, estos tales no podrán tener el aparejo que es menester de oficiales y teja como ya parece por la espiriencia, y por que en la villa de san Salvador, donde se pregonó la provision de vuestra Magestad, pocos dias despues que aqui vino, algunos vecinos ovo que quisieron hacer casas de madera y teja y no an hallado ni podido hallar oficiales para ello, como vuestra Magestad podra ver por la ynformacion que cerca dello se hizo antel alcalde mayor, por parte de la dicha villa de san Salvador. Suplicamos a vuestra Magestad sea servido de mandar sobreser y suspender el efeto de la dicha provisyon en lo tocante a las villas desta ysla, ó a lo menos prorrogar el termino hasta que pueda constar y conste antel governador o alcalde mayor desta ysla la poca posiblidad y aparejo que ay en las dichas villas para poderse hacer las dichas casas de piedra, y en caso que aya algunos que las puedan y quieran hacer, que estos tales cumplan con hacer sus casas de madera y teja como se a dicho, por que sy vuestra Magestad no le hace merced de proveer en la manera del edeficio y en la prorrogacion del termino, será tanta la alteracion y malicia entre nosotros mismos, por nos quitar y desposeer de los yndios los unos a los otros, que esta sola cavsa seria bastante para despoblarse la tierra aunque todas faltasen.

Otras vezes nos emos juntado los procuradores desta ysla para ynformar a vuestra Magestad de algunas necesidades della como lo hecimos, y vuestra Magestad por hacer bien y merced a sus vasallos mando prover muchas dellas y entre otras, considerada la necesydad de los pueblos desta ysla, vuestra Magestad proveyó por un capitulo de su carta mesiva, que quando se ofreciese necesydad de escrebir a vuestra Magestad sus vasallos por sus procuradores, coma agora lo hazemos, no se hiciese gasto en enbiar procurador por la ysla á vuestra Magestad ni en otra manera, syno que solamente enbiasemos nuestra suplicacion y despachos al su consejo de las Indias, por que alli se ternia cuydado de lo mandar prover, como cosas que tocan á su servicio, y como quiera que esta merced siempre fue muy grande, agora la ternemos por mayor, y asy suplicamos a vuestra Magestad muy umillmente que las cosas que fuere servido de nos mandar conceder y hacer merced, de las contenidas en esta nuestra carta y peticion, las mande prover y despachar con brevedad, pues ya a Dios gracias no tenemos posiblidad para enbiar procurador a vuestra Magestad ni dineros a persona de alla que lo solicite.

Otras algunas cosas avia que pedir e suplicar a vuestra Magestad cumplideras al bien y utilidad desta ysla cerca de las quales emos sido molestados por diversas personas, y nosotros por no dar tanta pesadumbre no emos querido hablar mas de en aquellas mas forçosas y neçesarias.

Sacra Cesarea Catolica Magestad, Dios nuestro señor guarde la ynperial y muy real persona de vuestra Magestad por muy largos y bien aventurados tienpos, con acrecentamiento de sus reinos y señorios. Desta cibdad de Santiago de la ysla fernandina a XVII de março de IUDXL años.

Sacra Cesarea Catolica Magestad=Muy umylldes vasallos de vuestra sacra Magestad que sus muy reales pies y manos besamos=Bernandino de Quesada=Entre dos rúbricas=Juan de Cavañas=Entre dos rúbricas=Manuel de Rojas=Entre dos rúbricas=

Yo Gonçalo Fernandez de Medina, escrivano de su Sacra Cesarea Magestad, presente fuy con los dichos procuradores, los quales doy fe que tienen poder cumplido de la dicha cibdad y villas. Al escrevir desta relacion e firmar de los dichos procuradores fuy presente e la escrevi=Gonçalo Fernandez de Medina escrivano de su Magestad=Entre dos rúbricas=