387.

(Año de 1541.—Julio 6.)—Cédula ordenando que de los diezmos del Obispo de Cuba se saquen los excusados de cada pueblo, según la creación y sacados, se hagan los demás diezmos en montón, del cual se saque la cuarta del Obispo y sobre ella se le den hasta 500.000 maravedís.—(Colec. Muñoz, t. XCII, fol. 116.)