48.

(Año 1514.—Enero 3, Sevilla.)—Probanza hecha, á petición del almirante D. Diego Colón, acerca de los descubrimientos de su padre D. Cristóbal en tierra firme.—(A. de I., 1-1-5/12. Pza. 1, fol. 47.)

En la muy noble e muy leal cibdad de Sevilla, martes á la nona, tres dias del mes de henero año del nacimiento de nuestro salvador Jesucristo de mill e quinientos e catorze años, antel noble e muy virtuoso señor bachiller Pero Martinez de Peñalver, teniente de asistente en esta dicha cibdad e su tierra por el muy magnifico señor don Juan de Silva de Ribera, señor de las villas de Montemayor e Villa Luenga, del Consejo de la Reyna nuestra señora, e su asystente en esta dicha cibdad e su tierra, parescio Luys de Soria, canonigo en la santa iglesia de Sevilla en nombre del magnifico señor don Diego Colon, almirante de las Indias, e presento al dicho señor teniente una carta de la Reyna nuestra señora librada de los señores de su muy alto Consejo, segund que por ella presenta, e un poder que del dicho señor almirante tiene, todo lo qual dize en esta guisa.=(Siguen el poder dado por don Diego Colon fecho en Sevilla en 21 de Abril de 1509, y la Real Cedula Receptoria dada por la Reyna doña Juana en 30 de Junio de 1513.)

E asy presentada la dicha cedula de su Alteza en la manera que dicha es, el dicho señor teniente la tomo en sus manos e la beso e puso sobre su cabeza e dixo que la obedecia e obedecio como cedula e mandado de su Reyna e señora natural a quien Dios nuestro señor dexe bivir e Reynar por luengos tienpos a su servicio e en quanto al conplimiento dixo que trayga e presente los testigos que quisiere la parte del dicho almirante, e que está presto de los rescebir e que se aperciba al procurador del fiscal de su Alteza sy quisiere verlos jurar e conoscer o poner recebtor ó escrivano en tercero dia primero siguiente, que lo faze con apercebimiento.

E luego el dicho canonigo Luis de Soria en el dicho nombre dixo, que daba e dio todo su poder conplido segund que lo el tiene del dicho almirante e de derecho deve valer, a Diego Matute e á Juan Albitez, vecinos desta dicha cibdad, ausentes, para que ellos e cada uno dellos por sy, ynsolidum, puedan presentar qualesquier testigo e provançcas que á su derecho convenga en este caso e los fazer tomar e rescebir e lo pedir por testimonio e sobre ello hazer qualesquier rescebimientos que él haria, presente seyendo, e los relebo segund que es relebado e para pagar lo juzgado obligo los bienes del dicho almirante segund que los el obligo.

E despues de lo suso dicho en la dicha cibdad de Sevilla, syete dias del mes de henero del dicho año de mill e quinientos e catorze años, por Cristobal de Matute, escrivano de su Alteza, fue notificado el dicho abto e mandado del dicho señor teniente e el dicho percebimiento al comendador Ochoa de Ysasaga, e al contador Jhoan Lopez de Recalde, oficiales de la casa de la Contratacion en esta cibdad de Sevilla, en nonbre del fiscal de su Alteza, en persona, sy querian poner recebtor o aconpañado aver jurar e conoscer los testigos que se presentaren por parte del dicho almirante, los quales dixeron que daran su respuesta, testigo Fernando de Caçalla, procurador vecino de Sevilla.

E despues de lo suso dicho, en la dicha cibdad de Sevilla, veynte e quatro dias del dicho mes de henero del dicho año, parescio el dicho canonigo Luis de Soria, e dixo que dava e dio todo su poder á Alonso de Mora, vecino de Sevilla, para que en nonbre del dicho almirante don Diego Colon pueda presentar qualquier testigos, quel presentaria presente seyendo.

E despues de lo suso dicho, en la dicha cibdad de Sevilla paresció el dicho Alonso de Mora e presentó por testigos (se omite la fórmula repetida en cada uno): á Gonzalo Camacho; Baltasar Calvo, sastre; Juan de Noya, tonelero; Martin de Ribera, tonelero; Diego Martin Barranco; Juan Quintero, piloto; Diego Fernandez Cabezudo; a los cuales fue recibido juramento en forma de derecho por Dios e por Santa Maria, sobre la señal de la Cruz e por las palabras de los Santos Evangelios, so virtud del cual prometieron de decir verdad en lo que supieren e fueren preguntados, e lo que dijeron e depusieron, conforme al interrogatorio es de esta guisa.

(El interrogatorio es el mismo del documento número 32.)

Gonzalo Camacho, XXXVI testigo.

Gonzalo Camacho, escudero, vecino de Sevilla en la collacion de Sant Nicolas, testigo presentado en la dicha razon aviendo jurado en forma de derecho e seyendo preguntado dixo lo syguiente:

A la primera pregunta dixo, que conosce a don Diego Colon almirante de las Indias de diez e ocho años o veinte a esta parte, e que no conosce al fiscal de su Alteza ni es pariente de ninguna de las partes ni los quiere mal ni es rogado ni dadivado e que vença el pleyto quien tuviere justicia e que a veynte e siete ó veynte e ocho años.

A la segunda pregunta dixo, que sabe e a visto la provincia que dizen de Veragua, que es en las yndias, e que a esta pregunta tiene dicho su dicho en las Indias á pedimiento del almirante, que a lo que tiene dicho se remite e que en ello se retifica.

A la tercera e quarta e quinta e sexta e setima e otava e novena e decima e honze preguntas dixo, que sobre razon de lo contenido en estas preguntas a dicho su dicho que a ello se remite e retifica, e que esta es la verdad por el juramento que fizo e lo firmo, e dixo que sy le fuere mostrado su dicho e algo mas se acordare, lo dira.—Christobal de Matute.

Baltasar Calvo, XXXVII testigo.

Baltasar Calvo, sastre, vecino de Sevilla en la collacion de Sant Miguel, testigo presentado dixo lo syguiente:

A la primera pregunta dixo, que conosce á don Diego Colon almirante que oy es en las Indias e que conoscio a don Cristobal Colon, su padre, de honze años a esta parte, e dixo que no conosce al fiscal, e que a quarenta años.

A la segunda pregunta dixo, que sabe la provincia de Veragua e la provincia nombrada Paria, e que a visto la provincia que dicen del Darien, e que lo sabe de honze años a esta parte que hace fue este testigo con el dicho don Cristobal Colon á descubrir las Yndias, e que lo demas contenido en esta pregunta que lo no save.

A la tercera pregunta dixo, que estas provincias que este testigo a dicho en la pregunta antes que sabe e a vysto este testigo que estan en una costa a la larga fazia la una vanda de la mar despues de pasada la ysla Española e la ysla que dizen de Haheti.

A la quarta pregunta dixo, que al tienpo que este testigo fue con el dicho don Cristobal Colon a descobrir las Yndias, vido este testigo que el dicho don Cristobal Colon e la gente que con el yva yvan a descubrir provincias de yndios, e llegó el dicho almirante a una tierra que se dize Maya, que es en la tierra firme, e luego adelante en la misma costa llegaron a otra provincia de yndios que se dize Cariay, e de allí fueron a otra provincia que se dize Cerabaro, e de allí fueron costa a costa por la mar adelante dexando provincias que no sabe este testigo nonbrarlas, e llegaron a la provincia de Paria, e alguna gente salto en tierra, e luego dixo este testigo que no sabe donde es la que dizen Paria ni estuvo en esta provincia, porque este testigo a oydo dezir que esta provincia que se dize Paria, es donde están las perlas.

A la quinta pregunta dixo, que fué con el dicho Almirante al tiempo que fue el viaje contenido en esta pregunta e vido que el dicho don Cristoval Colon al tienpo que fue a descubrir fue desde la ysla de Santo Domingo a unas que dizen de Maya, que es la provincia de yndios que esta en tierra firme e de alli fue a la ysla de Guana e de allí fue bolviendo costa a costa por la mar hasta que llegaron á Veragua, e de allí se bolvio el dicho Almirante a la dicha ysla Española, no por donde fue, salvo que vinieron a dar a la ysla que dizen Cuba.

A la sesta pregunta dixo, que quando el dicho don Cristoval Colon llego á Veragua, paso adelante costa a costa cierta parte de tierra, pero que no sabe este testigo que tanto, e que quando el dicho Almirante se bolvia, a esta sazon pensava la gente que tornaba a Cerabaro, que es camino despaña á rescatar, e que se venian á Castilla, segund pensavan que estaba alli al Oriente.

A la novena pregunta dixo, que dize lo que dicho a, e que lo demas que lo no sabe e que cree este testigo que por lo que el dicho don Cristoval Colon descubrio por esta cabsa se a descubierto lo demas.

A la diez pregunta dixo, que en el viaje que fue este testigo con el dicho don Cristoval Colon fue por su piloto Ledesma, piloto, e otras personas que no a memoria este testigo.

A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho a, e en ello se afirma e dixo que no sabia escrebir.—Cristoval de Matute, escrivano de su Alteza.

Juan de Noya, XXXVIII testigo.

Johan de Noya, tonelero, vecino de Sevilla, a la carreteria, testigo presentado en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e seyendo preguntado por las preguntas del dicho ynterrogatorio, dixo lo siguiente:

A la primera pregunta dixo, que conosce a don Diego Colon de vista, e que conoscio a don Cristoval Colon de catorze años a esta parte, e que no conosce al fiscal de su Alteza, e que a mas de quarenta años.

A la segunda pregunta dixo, que sabe a Veragua e a Paria e Urabá, contenidas en esta pregunta, de doze o treze años a esta parte.

A la tercera e quarta e quinta e sesta e setima e otava e novena e decima e honze preguntas dixo, que sobre este caso tiene dicho su dicho por parte de su Alteza, e dixo que a lo que dicho tiene en su dicho se afirma e ratifica e es verdad para el juramento que hizo e lo firmó.—Juan de Noya.—Cristoval de Matute, escrivano de su Alteza.

Martín de Arriera, XXXIX testigo.

Martin de Arriera[19], tonelero, vecino de Sevilla, en la colacion de Santa Maria, testigo presentado en la dicha razon aviendo jurado en forma de derecho e seyendo preguntado, dixo lo siguiente:

A la primera pregunta dixo, que conosce á don Diego Colon, Almirante de las Yndias, e que conoscio a don Cristoval su padre, de quinze años a esta parte, e que no conosce al fiscal de su Alteza e que a cinquenta años.

A la segunda pregunta dixo, que porque este testigo a estado enfermo e no se acuerda al presente desto, que se remite a lo que tiene dicho en su dicho sobre este caso por parte del fiscal de su Alteza.

A la tercera e quarta e quinta e sexta e setima e otava e novena e decima e honze preguntas dixo, que en razon de lo contenido en estas preguntas este testigo a dicho su dicho por parte del fiscal de su Alteza e que aquello que dixo que es verdad e en ello se afirma e ratifica, e que no sabe otra cosa, e que esta es la verdad por el juramento que hizo, e dixo que no sabia escrevir.—Christoval de Matute, escrivano de su Alteza.

Juan Quintero, XL testigo.

Jhoan Quintero, piloto, vecino de la villa de Palos, testigo presentado en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e seyendo preguntado, dixo lo siguiente.

A la primera pregunta dixo, que conoscio á don Cristoval Colon e a don Diego Colon su hijo, Almirante de las Yndias, e que no conosce al fiscal de su Alteza, e que los conosce de veynte e dos años a esta parte, que fue criado del dicho Almirante don Cristoval Colon e que ha quarenta e ocho años.

A la segunda pregunta dixo, que sabe las provincias de Veragua e Paria e Urabá e el Darien, porque a estado este testigo en Veragua e a visto esta e otras provincias.

A la tercera pregunta dixo, que sabe e a visto que todas las provincias de Paria e Urabá e el Darien e Veragua, que son todas en una costa a la orilla de la mar, lo qual sabe porque lo a visto como dicho ha.

A la quarta e quinta e sesta e setima e otava preguntas dixo, que sobre lo contenido en estas preguntas este testigo a dicho su dicho por parte de su Alteza e del dicho Almirante, que a lo que tiene dicho e a esto que aqui dize se remite y es verdad para el juramento que hizo.

A la nobena pregunta dixo, que al parescer deste testigo, que podrá aver sido el dicho don Cristoval Colon el primero que descubrio e supo aquella tierra de las Yndias le paresce a este testigo que el dicho don Cristoval a seydo e es cabsa de se ganar todas las Yndias e tierra firme que esta descubierta, porque este testigo fue con el dicho don Cristoval Colon quando descubrio a Paria e a todas las tierras que descubrio, e porque la dicha Paria es la entrada de la tierra firme, e que esto sabe demas de lo que dicho tiene en su dicho.

A la diez pregunta dixo, que sobre lo contenido en esta pregunta este testigo a dicho su dicho segund tiene dicho de suso e que en lo que tiene dicho se afirma e ratifica.

A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho a, e en ello se afirma e questa es la verdad para el juramento que hizo e dixo que no sabia escribir.—Cristoval de Matute, escrivano de su Alteza.

Diego Martín Barranco, XLI testigo.

Diego Martin Barranco, marinero, vecino de la villa de Palos, testigo presentado en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e seyendo preguntado, dixo lo syguiente:

A la primera pregunta dixo, que conoscio á don Cristoval Colon, Almirante de las Yndias, e que conosce a don Diego Colon su hijo, Almirante que agora es, e que los conosce de treze años a esta parte, e dixo que no conosce al fiscal de su Alteza e que a treynta e siete años.

A la segunda pregunta dixo, que sabe la provincia que se dize Veragua de treze años a esta parte porque este testigo a estado en ella, e que las otras provincias contenidas en esta pregunta no las sabe, salvo que las a oydo dezir.

A la tercera pregunta dixo, que a oydo dezir a muchas personas e pilotos que todas las provincias contenidas en las preguntas antes desta son todas en una misma costa, e que la dicha provincia de Veragua es mas adelante que todas las provincias contenidas en la dicha segunda pregunta antes desta, e que asy lo tiene este testigo por cierto porque asy se platica.

A la quarta e quinta e sesta preguntas dixo, que sobre lo contenido en estas preguntas este testigo a dicho su dicho por parte del dicho Almirante, que a lo que tiene dicho se afirma e ratifica, e sy menester es lo dize de nuevo.

A la setima pregunta dixo, que a lo que este testigo alcança e a oydo e visto, que sabe que la dicha provincia de Veragua, donde a estado, es la mas occidental del Darien e Paria e Urabá, e es publico que las provincias de Urabá e el Darien e Paria son mas orientales, e Urabá e el Darien estan en medio dellas en la misma costa e en la misma tierra.

A la otava pregunta dixo, que ha oydo dezir a algunas personas que sus Altezas hizieron merced al dicho don Cristobal Colon de visorey e governador en las yndias e tierra firme, pero que no se acuerda aquien lo ha oydo dezir.

A la novena pregunta dixo, que sobre lo contenido en esta pregunta este testigo a dicho su dicho quando otra vez lo presentaron por testigo, e que en lo que tiene dicho y en esto que agora dize se afirma e rectifica.

A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho a e que en ello se afirma, y dixo no saber escribir.—Christobal de Matute, escrivano de su Alteza.

Diego Hernández Cabezudo, XLII testigo.

Diego Hernandez Cabezudo, contramaestre que solia ser de la nao de Gil Reniero, e agora es contramaestre de la nao de Miguel Diaz, vecino de la villa de Palos, testigo presentado en la dicha razon, aviendo jurado en forma de derecho e seyendo preguntado, dixo lo siguiente:

A la primera pregunta dixo, que conosce a Don Diego Colon almirante de las Indias, e que conoscio a D. Cristobal Colon mas ha de doze años e que no conoscia al fiscal de su Alteza e que a treynta años.

A la segunda pregunta dixo, que sabe la provincia nombrada Veragua e que las otras provincias no las sabe, porque no a estado en ellas.

A la tercera pregunta dixo, que en las cartas de marear a visto este testigo escrito que dize que las provincias de Paria y el Darien e Hurabá e Veragua estan en una costa, pero que lo demas contenido en esta pregunta que no lo sabe.

A la quarta pregunta dixo, que a oydo dezir a algunas personas que Don Cristobal Colon decubrio la provincia de Paria, e lo demas que no lo sabe.

A la quinta e sesta pregunta dixo, que sobre lo contenido en estas preguntas este testigo a dicho su dicho otra vez, que a lo que tiene dicho se remite e en ello se afirma.

A la setima pregunta dixo, que este testigo a visto escrito en cartas de marear que dizen que la provincia de Veragua e Urabá e el Darien son todas en una tierra donde esta Paria.

A la otava pregunta dixo, que la no sabe mas de quanto lo a oydo dezir a algunas personas que no sabe sus nombres.

A la novena pregunta dixo, que cree este testigo que por aver descubierto el dicho Almirante lo que descubrio, por esta cabsa se descubrio e an descubierto lo demas que esta descubierto.

A la honze pregunta dixo, que dize lo que dicho tiene y en ello se afirma, e dixo que no sabe escrebir.—Christobal Matute, escrivano de su Alteza.

E asy tomados e rescebidos los dichos testigos en la manera que dicha es, el dicho Alonso de Mora, en nombre del dicho Almirante dixo, que pedia e pidio por testimonio todo lo suso dicho para guarda e conservacion de su derecho e de el dicho su parte, y el dicho señor teniente se lo mando dar firmado de su nonbre e firmado e signado de mi el dicho escrivano que es fecho, e paso en los dichos dia e mes e año de mill e quinientos e catorze años.—El Bachiller Peñalver.

E yo Cristobal de Matute, escrivano de la Reyna nuestra señora e su escrivano e notario publico en la su corte e en todos los sus Reynos e señorios, e escrivano que soy en el oficio y juzgado del dicho señor teniente, lo fize escrevir e fui presente en todo lo que dicho es e por ende fize aqui este mio sygno a tal en testimonio de verdad.=Cristobal Matute.=En la cibdad de Segovia, á syete dias del mes de Junio de mill y quinientos e catorze años, la presento Juan de la Peña, en nombre del Almirante de las Indias.