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(Año de 1515.—Marzo 17, Guanabo.)—Probanza hecha á petición del almirante D. Diego Colón con arreglo á interrogatorio de catorce preguntas.—(A. de I., Pto. 1-1-5/12, pieza 3.)
Enel pueblo de Guanabo, comarcano a la villa de Santix Spíritus desta ysla de Cuba, de dyes y syete dias del mes de marzo año del nacimiento de nuestro Señor Jesucristo de mill e quinientos e quince años antel onrrado Francisco de Salzedo, alcalde enla dicha villa por absencia de Francisco Hernandez alcalde ordinario enla dicha villa por el Rey e Reyna, nuestros señores, en presencia de mí Alonso del Castillo, escrivano público de la dicha villa, pareció presente Andrea Colon, procurador que se dixo ser de don Diego Colon, almirante e governador destas yslas, e mostró una carta de poder la qual es esta que sygue[39].
E luego yncontinente, en presencia de mí Alonso del Castyllo, escrivano público, el dicho Andrea Colon dyxo que pedya e requería al dicho Francisco Salcedo cumpla lo enla carta receptoria contenido, bien en sy e tan cumplidamente como enla dicha carta receptoría se contyene.
E luego el dicho Francisco de Salcedo, alcalde, dyxo quél estaba presto de conplir lo enla dicha carta contenido e que para su conplimiento dello allaba e alló por escribano para ante quien pasase la cabsa en nonbre del dicho fiscal de sus altezas a Juan de Angulo, del qual rescibyó juramento en forma devida de derecho, usase bien e fielmente el dicho ofycio de escrivano el qual respondyó al dicho juramento sy juro e amen.
E luego el dicho Andrea Colon dyxo que para en prueba de su yntincion en nonbre del dicho almirante presentaba por testigos a Juan de Castillo e a Cristoval Rodriguez, de los quales el dicho Francisco de Salcedo, alcalde, en presencia de nos los dichos escrivanos, recybió juramento en forma debida de derecho poniendo sus manos derechas en la cruz de la vara e respondiendo al dicho juramento sy juro e amen.
E luego el dicho Andrea Colon presentó un escrito de ynterrogatorio el tenor de qual es este que se sygue[40].
E luego el dicho Andrea Colon dyxo que por las preguntas y pusysiones deste dicho ynterrogatorio fuesen ynterrogados e desaminados los testigos que a presentado en el dicho nonbre de la dicha su parte e que pedya a nos los dichos escribanos selo dyésemos en forma e manera que aga fe.
Juan del Castillo, testigo.
Juan del Castillo, estante enesta ysla, testigo tomado en la dicha razon, aviendo jurado en forma devida de derecho, elo que depuso es lo siguiente:
Dixo que puede aver más de quarenta años.
A la primera pregunta dyxo que no conoce al fiscal de sus altezas sino le dizen quién es o sino lo viere e que conoce al almirante e que le vido ser page de la Reyna doña Ysabel de gloriosa memoria, e que le vido en Sevilla y enla ysla Española, mas que no lo conoce de su trato.
A la segunda pregunta dize que oyó dezir quel dicho almirante don Cristoval Colon vino en demanda de la ysla Guanhany y vydo un yndyo que se llama Diego Colon, y que dezían que era dela dicha ysla e que esto no lo sabe syno que lo oyó dezir a ciertas personas en Castylla y en la ysla Española.
A la tercera pregunta dyxo que sabe quel almirante traya cargo de descobrir las yslas por sus altezas e que oyó dezir que uno que llamavan Pynzon llegó primero quel almirante a la dicha ysla Española, e que los marineros dezían que era gran onbre del arte dela mar, e que oyó dezir que quando vino a descobrir el dicho almirante don Cristoval Colon vino a la ysla de Jamaica, e que vino a reconocer a esta ysla de Cuva e que esto quelo oyó dezir a los que andaban por la ysla Española.
A la quarta pregunta dyxo que lo sabe por que benya en el armada con el dicho almirante e saltó enla ysla de San Juan y en la ysla de Santa Cruz y vido la ysla de los Canybales e otras yslas comarcanas.
a la quinta pregunta dyxo que la non sabe.
A la sesta pregunta dyxo que sabe que el dicho almirante fué a descobrir, e que no sabe donde, más de quanto bolvió vido traer perlas e que oyó que dezían los que con él benían que las trayan de la ysla delas perlas que abían descubierto.
a la sétyma pregunta dixo que la non sabe.
a la otava pregunta dyze que sabe que Juan dela Cosa deprendió del almyrante por donde se determinase a yr a descobrir e que quanto a esta pregunta no sabe más.
a la novena, decena, oncena y docena e trecena que las non sabe.
a la catorsena pregunta dyxo que dize lo que dicho tiene y que enello se afyrma para el juramento que hizo y fyrmólo de su nonbre, Alonso de Castyllo.
Cristóval Rodríguez, testigo.
Cristoval Rodriguez, testigo presentado en la dicha razon, abiendo jurado en forma debida de derecho respondiendo al dicho juramento sy juro e amen, dixo que avía quarenta años.
A la primera pregunta dyxo que no conoce al fiscal de sus altezas e que al almirante sy.
a la segunda pregunta dyxo que la sabe por que un hermano suyo vino delas dichas yndias de descobrir con el dicho almirante e selo dyxo e que este que depone vido al almirante en Sevilla que venía de descobrir.
a la tercera pregunta dyxo que oyó decir que el dicho almirante tocó enla ysla de Cuba y enla ysla de Jamaica e travesó por el jardin de la Reyna, en la ysla española y enla Ysabela vieja a los que benían de descobrir con el dicho almirante.
a la quarta pregunta dize que la sabe, preguntado cómo la sabe dize que fué este testigo en descobrir con el dicho almirante.
a la quinta pregunta dize que la oyó dezir a las personas que venían de descobrir conel almirante e que lo oyó dezir enla ysla de Guanabo estando enla Guerra.
a la sesta pregunta dixo que la sabe, que viniendo el almyrante de Castylla estando éste[41] la ysla Española venir al dicho almirante e oyó dezir a los que con él benían que avían allado a Paria e muchas perlas enella.
A la sétyma pregunta dyxo que muchas vezes a oydo dezir que sy no fuera por el almirante que no fueran descubiertas estas yslas.
a la otava pregunta dyxo que a oydo dezir al almirante que confyo de Juan dela Cosa sus cartas de marear e que se las abía trasladado, por donde se avía determinado de yr a descobrir.
a la novena, decena, docena e trecena preguntas dyxo que las non sabe.
a la catorzena pregunta dyxo que sabe lo que dicho a e que es pública voz e fama para el juramento que haze e firmo de una raya.
Lo qual todo de suso contenido ase autuado como escrituras públicas e dichos de testigos; todo va escrito en cinco hojas depapel e son cada hoja medio pliego depapel e más esta plana do van nuestras firmas, que es fecha dia mes e año susodicho, e firmo el dicho Francisco de Salcedo, e yo el dicho Alonso de Castyllo escrivano público dela dicha villa, juntamente con el dicho Juan de Angulo, escrivano nonbrado para la dicha causa e en uno con el dicho mi aconpañado a todo lo que dicho es presente fuy.....[42] ase como de suso se contiene en fe delo qual enestas.....[43] va escrito e corrido en fin desta plana en testimonio deverdad fize este mío signo a tal.=Alonso de Castyllo, escribano público.=Juan de Angulo, escrivano.=Francisco de Salcedo, alcalde.