NOTAS Y CITAS BIBLIOGRÁFICAS

[1] Madrid, por los Sucesores de Rivadeneyra, 20 de Agosto de 1892.

[2] Pág. 17 del mencionado libro.

[3] Parece entenderse que era esta ganancia de las presas tomadas á los moros.

[4] ¿Los del Consejo?

[5] Pág. 69.

[6] Pág. 71.

[7] Docum. núm. 89, pág. 100.

[8] Pág. 102.

[9] Pág. 186.

[10] Véase Boletín de la Academia de la Historia, t. XXI, pág. 33.—Madrid, 1892.

[11] Pág. 83.

[12] Pág. 84.

[13] Pág. 227.

[14] Pág. 39.

[15] Pág. 348.

[16] Pág. 168.

[17] Págs. 349 y 376.

[18] Pág. 317.

[19] Pág. 318.

[20] Pág. 330.

[21] Pág. 422.

[22] Pág. 425.

[23] Sigue aquí el poder dado en Santo Domingo á 21 de Noviembre de 1514; la carta real de receptoría, fecha 3 de Mayo del mismo año; las diligencias de nombramiento de escribanos; la de presentación del interrogatorio, igual al de la probanza anterior, y las de presentación y juramento de los testigos.

[24] A las preguntas 4, 6, 8 y 10 dijo que las no sabe.

[25] Aquí el poder dado por D. Diego Colón al venerable Luis Fernández de Soria, en Sevilla á 21 de Abril de 1509, confirmado en 5 de Febrero de 1515; Real cédula de receptoría, fechada en Madrid á 3 de Mayo 1514; interrogatorio igual al de las probanzas anteriores, y diligencias de presentación y juramento de testigos.

[26] A las preguntas 5, 6, 9, 10, 12 y 13, dijo que las no sabe.

[27] A la 9 pregunta dijo que no la sabe.

[28] A las preguntas 9, 10, 11, 12 y 13 dijo que no las sabe.

[29] A las preguntas 9, 11 y 12 dijo que no las sabe.

[30] A las preguntas 10, 11 y 12 contestó se confirmaba en lo que dicho tiene y no sabia más.

[31] Aparecen la carta poder de Don Diego Colon á Don Luis de Soria canónigo de la Catedral de Sevilla para que lo represente en todo lo que se le ofreciere, fecho en dicha Ciudad en 21 de Abril de 1509, y la sustitucion por el dicho Canónigo Hernan Gutierrez en 5 de Febrero de 1515.

Iden de la Real Cédula receptoria dada por la Reyna Doña Juana en Madrid de 3 de Mayo 1514 para el pleito seguido con Don Diego (Colon).

[32] Sigue el poder dado por D. Diego Colón á Andrea Colón, vecino de la isla de Cuba, para que lo represente en todo lo que se le ofresciere, fecho en Santo Domingo, isla Española 27 de Octubre de 1514.

[33] Aquí el traslado de la Real cédula receptoria dada por la Reyna doña Juana para el pleito seguido con D. Diego Colón, fecha en Madrid 3 de Mayo de 1514.

[34] Aquí el interrogatorio inserto en la probanza anterior.

[35] Sigue la presentación y juramento de testigos.

[36] Sigue un poder dado por Don Diego Colon almirante á Juan de la Peña para que lo represente en juicio, fecho en Sevilla á 9 de Diciembre de 1508, otro del dicho Juan de la Peña nombrando por sustituto á Pedro Vizcaino, otorgado en Valladolid á 6 de Febrero de 1515; y una Real cédula Receptoria fecha en Valladolid á 6 de Febrero de 1515.

[37] Roto.

[38] Idem.

[39] Sigue el poder dado por don Diego Colon visorrey e Gobernador perpetuo, dado á favor de Andrea Colon, fecho en la Ysla de Santo Domingo 27 dias de Octubre de 1514.—Iden una Real Cédula receptoría dada por la Reyna Doña Juana en Madrid 3 dias del mes de Mayo de 1514.

[40] El mismo de las probanzas anteriores.

[41] Roto.

[42] Roto.

[43] Idem.

[44] Sigue un poder dado por Don Diego Colon a Anton de Burguillos vezino dela Ysla de Jamaica, fecho en Santo Domingo a 27 de Octubre de 1514, la Carta receptoria de 3 de Mayo del mismo año, el interrogatorio y las diligencias de presentacion y juramento de los testigos.

[45] Es dudoso si dice García ó Grande.

[46] Sigue el poder dado por el licenciado Pedro Ruiz, procurador fiscal de S. A. á Pedro de Ysasaga, factor de la casa de contratación, para que lo represente en el pleyto seguido con don Diego Colon, fecho en Burgos en 19 de Junio de 1515.=Ydem la Real Cédula receptoria dada por la Reyna doña Juana en Burgos á 25 de Mayo de 1515 para el mismo asunto, presentación y juramento de testigos.

[47] Aquí el poder dado por el Licenciado Pero Ruiz, procurador y fiscal de S. A., á Pedro de Isasaga factor dela casa dela Contratacion de Sevilla, fecho en Burgos 19 de Junio de 1515.=Sigue después el poder sustitución dado por el dicho Pedro de Isasaga á favor de Bartolomé Arriola para que lo represente en el pleito seguido con D. Diego Colón, Sevilla 11 Setiembre de 1515; la Real cédula Receptoria dada por D.ª Juana para el mismo objeto fecha en Burgos, 25 Mayo de 1515, y las diligencias de presentación de testigos.

[48] Siguen los poderes dados por el Fiscal Don Pedro Ruiz a Don Pedro de Isasaga factor dela casa dela Contratacion para el pleito que trata con Don Diego Colon fecho en Burgos en 19 de Junio de 1515, y el de Isasaga nombrando sustituto a Bartolomé de Arriola, fecho en Sevilla 11 de Setiembre de 1515. Idem la Real Cédula receptoria dada por Doña Juana en Burgos, 25 de Marzo de 1515 sobre dicho pleito y las diligencias de presentacion de testigos.

[49] Siguen los documentos citados.

[50] ¿Le mataron?

[51] El original dice 1493, debiendo ser 1492.

[52] Así.

[53] Así.

[54] No se inserta aquí este voluminoso documento, porque de él se dió traslado al Fiscal en Madrid, á 16 de Mayo de 1516, y al refutarlo lo reprodujo.

[55] Está formado con los de las probanzas.

[56] Está sacada del documento anterior.

[57] Es resumen de las declaraciones para estudio de los Sres. del Consejo.

[58] Es el de 25 preguntas que acompaña á las probanzas, en síntesis de que D. Cristóbal Colón no tocó en Tierra firme sino en la Boca del Drago y una parte que llaman Veragua y lo demás lo descubrieron Bastidas, Niño, Lepe, Pinzón, Ojeda, La Cosa y otros.

[59] Está condensado en el documento anterior número 107.

[60] Volumen en folio de 176 páginas, escrito en latín, con inclusión de copias de varios documentos relativos á D. Cristóbal Colón, todos conocidos y que se especifican en la Bibliografía Colombina de la Academia de la Historia, pág. 127.

[61] La fecha del año está equivocada en el original, pues debe ser el de 1517.

[62] Escrito voluminoso en que se contienen los agravios en que pretendía ser desagraviado, que son los mismos, y con las mismas razones, que contiene el documento 107, pág. 236 de este tomo.

[63] Hay copia ológrafa de D. Fernando en el archivo de la casa de Veragua, con nota del autor, estimando ser éste el mejor escrito que hizo en la materia.

[64] Parece ser una de las copias que se sacaron de los autos. El P. Las Casas, en la Historia de las Indias, t. III, pág. 16, manifiesta que poseía otra.