Adevinar las cosas que son por venir cobdician los homes naturalmente et porque algunos dellos prueban esto en manera que yerran ellos et meten á otros muchos en yerro, por ende pues que en el título ante deste fablamos de los alcahuetes que facen errar á los homes et á las mugeres en muchas maneras, queremos aqui decir otrosi destos que son muy dañosos á la tierra: et mostraremos qué quiere decir adevinanza: et quántas maneras son della: et quién puede acusar a los facedores della: et ante quién: et qué pena merescen los que se trabajan a obrar della como non deben.

LEY I

Qué quiere decir Adevinanza, et quántas maneres son della.

Adevinanza tanto quiere decir como querer tomar poder de Dios para saber las cosas que son por venir. Et son dos maneras de adevinanza: la primera es la que se face por arte de astronomía, que es una de las siete artes liberales: et esta segunt el fuero de las leyes non es defendida de usar á los que son ende maestros et la entienden verdaderamente, porque los juicios et los asmamientos que se dan por esta arte, son catados por el curso natural de los planetas et de las otras estrellas, et tomados de los libros de Tolomeo et de los otros sabidores que se trabajaron desta esciencia: mas los otros [sic] que non son ende sabidores, non deben obrar por ella, como quier que se puedan trabajar de aprenderla estudiando en los libros de los sabios. La segunda manera de adevinanza es de los agoreros, et de los sorteros et de los fechiceros que catan en aguero de aves, ó de estornudos ó de palabras, a que llaman proverbio, ó echan suertes, ó catan en agua, ó en cristal, ó en espejo, ó en espada ó en otra cosa luciente, ó facen fechizos de metal ó de otra cosa qualquier, o adevinan en cabeza de home muerto, ó de bestia, ó de perro, ó en palma de niño ó de muger vírgen. Et estos truhanes atales et todos los otros semejantes dellos porque son homes dañosos et engañadores, et nacen de sus fechos muy grandes daños et malos á la tierra, defendemos que ninguno dellos non more en nuestro señorio nin use hi destas cosas: et otrosi que ninguno non sea osado de acogerlos en sus casas nin de encobrirlos.

LEY II

De los que escantan (encantan?) los Espíritus Malos ó facen imágines ó otros fechizos, ó dan yerbas para enamoramiento de los homes et de las mugeres.

Nigromancia dicen en Latin á un saber estraño que es para escantar los espíritus malos. Et porque de los homes que se trabajan á facer esto viene muy grant daño á la tierra et señaladamente á los que los creen et les demandan alguna cosa en esa razón, acaesciéndoles muchas ocasiones por el espanto que reciben andando de noche buscando estas cosas atales en los lugares extraños, de manera que algunos dellos mueren, ó fincan locos o demuniados; por ende defendemos que ninguno non sea osado de trabajarse de usar tal nemiga como esta, porque es cosa que pesa á Dios et viene ende muy grant daño a los homes. Otrosi defendemos que ninguno non sea osado de facer imágines de cera, nin de metal nin de otros fechizos malos para enamorar los homes con las mugeres, nin para partir el amor que algunos hobiesen entre sí. Et aun defendemos que ninguno non sea osado de dar yerbas nin brebage á home ó á muger por razon de enamoramiento, porque acaesce a las vegadas que destos brebages atales vienen a muerte los que los toman, ó han muy grandes enfermedades de que fincan ocacionados para siempre.

LEY III

Quién puede acusar á los Truhanes, et á los Baratadores sobredichos et qué pena merescen.

Acusar pueda cada uno del pueblo delante del judgador á los agoreros, et á los sorteros et á los otros baratadores de que fablamos en las leyes deste título. Et si les fuere probado por testigos o por conoscencia dellos mesmos que facen ó obran contra nuestro defendimiento algunos de los yerros sobredichos, deben morir por ende: et los que los encubieren en sus casas á sabiendas, deben seer echados de la tierra para siempre. Pero los que ficiensen encantamientos ó otras cosas con buena entención, asi como para sacas demonios de los cuerpos de los homes o para deslegar a los que fuesen marido et muger que non pudiesen convenir en uno, o para desatar nube que echase granizo ó niebla porque non corrompiese los frutos de la tierra, ó para langosta ó pulgon que daña el pan ó las viñas, ó por alguna otra cosa provechosa semejante destas non debe haber pena, ante decimos que deben rescebir gualardon por ello.