Los indios tributarios por la matrícula de 803, son 111,335.

El tributo que pagan anualmente es de dos pesos. En algunas partes diez y doce reales. Los negros y mulatos libres, no son tributarios en este reino.

La renta de alcabalas se regula en ciento ochenta mil pesos al año común. Cedió el rey todos sus productos en el decenio de 775 á 784 para la traslación de la capital arruinada por los terremotos de 1773, é importaron un millón, setecientos cuarenta y siete mil cuatrocientos cuarenta y dos pesos y tres cuartillos reales. La cesión fué de la cuarta parte de estos productos para los edificios reales, y las otras tres cuartas partes para las comunidades, iglesias y auxilios de particulares.

Los derechos del comercio recíproco del Callao, Guayaquil y Acapulco, con los puertos menores de Realejo y Sonsonate, en el quinquenio de 795 á 99, importaron cincuenta y un mil seiscientos noventa y dos pesos, seis y medio reales.

La renta del tabaco en el quinquenio de 799 á 803 rindió de utilidad líquida novecientos cuarenta y nueve mil setecientos cincuenta y siete pesos, tres cuartillos reales, que corresponde por año común ciento ochenta y nueve mil novecientos cincuenta y un pesos.

El ramo de ventas y composiciones de tierras realengas en el decenio de 793 á 802, produjo la corta cantidad de veinte mil setecientos diez pesos, tres y medio reales.

El medio por ciento del derecho del Real Consulado desde Mayo de 1794 en que se estableció, hasta fin de 803, importó $91,820.5½
De Enero de 804 á Diciembre de 810"91,395. -5/8
Inversión$183,215.6
En puentes, caminos y puertos"51,009.6
Costas erogadas en las Oficinas de la Real Audiencia y Superior Gobierno por los negocios que ha promovido en beneficio público "11,629.2¾

El resto se ha invertido en sueldos de los empleados, incluso el agente de negocios en la corte, asignaciones y suscriptores á periódicos, de orden de S. M., arrendamientos, muebles y utensilios de la casa consular, y gastos de sus oficinas; portes y franqueo de cuentas, cartas, etc., iluminaciones en las solemnidades de tabla. Festividad anual de la santísima Patrona; y en las públicas demostraciones de júbilo en la Augusta Proclamación de nuestro amado Monarca don Fernando VII, que Dios guarde, etc., etc., etc.

En el quinqueneo de 798 á 802, se exportaron para Cádiz por el Golfo Dulce de Honduras en buques de registro.