CAPÍTULO CLIX.
Creyendo el Almirante que el concierto hecho de las dos carabelas ó navíos que les envió se efectuara, acordó de escribir ciertas cartas á los Reyes de todo lo que habia pasado con Francisco Roldan y los demas, y avisando á Sus Altezas como lo que habia firmado habia sido contra su voluntad, y porque todas las personas principales que deseaban el servicio de Sus Altezas se lo habian aconsejado, segun vian en peligro esta isla de perderse, en indios y en cristianos, si aquellos no se iban de la tierra ó no se reducian, y aquel fuego desvergonzado, que cada dia se multiplicaba más, no se atajaba. Estas cartas habian de ir en los dos navíos escondidas por alguna persona fiel, que no lo sintiese Francisco Roldan ni alguno de su compañía: escribió que habia quitado á todos los indios el tributo, con título que los indios estaban para levantarse, para despues él haberlos por fuerza ó por grado, ó por rescate, y que habian hecho, y agora hacen, más grandes males en la tierra, porque roban y matan los indios, para los dejar todos alzados é indignados contra los cristianos, para que, despues de idos ellos, á los que quedasen matasen; y avisaba que era fama que llevaban mucho oro, porque habian andado por toda la isla rescatándolo, y no sólo ellos, pero que tenian ya indios amostrados que enviaban por otras partes á rescatarlo. Item, avisaba que llevaban muchas mujeres, hijas de señores Caciques, y que los que vinieron desterrados para acá por sus delitos, que él llama homicianos, eran los más crueles y desmandados, y decia que debian Sus Altezas de mandar estar sobre aviso, para que lo más presto que pudiere hacerse, les prendiesen y secuestrasen lo que llevaban, oro y esclavos, y lo demas que se les hallase, hasta que diesen cuenta de lo que acá habian cometido, y por qué causas; puesto que tenia, segun dicen, que no habian de osar ir al puerto de Cáliz, sino que forzarian los marineros para que los llevasen á otra parte, porque segun los crímenes que habian cometido, habian de rehusar que no los tomasen cuenta. Que ha padecido grandes angustias, enojos y trabajos despues que agora vino, por causa deste Roldan, y que áun agora era por el mes de Mayo de 1499, y no lo via comenzado. Llegado, pues, Carvajal á esta villa, donde estaba el Almirante, dióle cuenta de todo lo que en Xaraguá, con Roldan y los demas, habia pasado, y la última resolucion y secreta de Roldan. El Almirante, como no viese la hora de ver el negocio acabado, luego mandó hacer la patente real por D. Hernando y Doña Isabel, como se acostumbraba, para lo cual le habian concedido los Reyes poder y facultad, y sellada con el sello real, en que le daba el seguro muy cumplidamente, como Roldan la demandaba; y allende la provision real, que no se pone aquí por ser grande; ciertos caballeros de calidad, de los que estaban con el Almirante, por su mandado, le enviaron el presente seguro, que yo vide de sus propias firmas firmado: «Cognoscida cosa sea á todos los que la presente vieren, como, porque cumple al servicio del Rey y de la Reina, nuestros señores, que venga Francisco Roldan á Sancto Domingo á hablar é tomar asiento é concierto con el señor Almirante, el cual se teme del dicho señor Almirante y de su justicia, y del señor Adelantado, y los que aquí firmamos nuestros nombres, decimos que protestamos y damos nuestra fe, cada uno de nos como quien es, de no hacer mal ni daño al dicho Francisco Roldan ni á ninguno de los de su compañía, que con él vinieren, ni á sus bienes, ni consentiremos, á toda nuestra posibilidad, que le sea hecho ningun daño á las dichas sus personas y bienes, en todo el tiempo que él y ellos vinieren y estuvieren en el dicho Sancto Domingo, con condicion que él ni ninguno dellos no hagan cosa que sea deservicio de Sus Altezas ni del dicho señor Almirante. Fecha en la villa de Sancto Domingo á 3 de Agosto de 1499 años.—Alonso Sanchez de Carvajal.—Pero Fernandez Coronel.—Pedro de Terreros.—Alonso Malaver.—Diego de Alvarado.—Rafael Cataño.» Estos seguros, despachados á Francisco Roldan, porque más presto Roldan al concierto viniese, y el negocio tan deseado y necesario para la paz y sosiego desta isla se concluyese, acordó el Almirante de que lo hallasen más cercano, como lo era en el cuidado de verlo todo apaciguado, y así, metióse en un navío á 22 dias de Agosto; llevó tambien otro navío con él, en los cuales llevó consigo algunas personas principales, como fué, Pero Hernandez Coronel, Miguel Ballester, Alcaide, García de Barrantes, Alcaide, Juan Malaver, Diego de Salamanca, Juan Dominguez, clérigo, Alonso Medel, piloto, y Cristóbal Rodriguez, la lengua, y otros muchos, y vase la costa abajo, hácia el Poniente, 20 ó 25 leguas desta villa, al puerto que se llama Azua, todas las cuales fué acercárseles. Donde vino Roldan y entró con algunos de los suyos en la carabela donde estaba el Almirante, y allí platicaron en su reduccion y sosiego; y el Almirante, induciéndoles y rogándoles á ellos que viniesen á servir á los Reyes como de ántes, y que él les haria toda honra y ayudaria en todo lo que pudiese que fuese servicio de los Reyes, como si ninguna cosa de las pasadas y presentes hobiera pasado, respondieron que les placia, dando buena respuesta, con que su señoría le concediese cuatro cosas, allende las otras que primero le habian enviado á demandar, que sumariamente se pusieron en el precedente capítulo. La primera, que en aquellos navíos queria enviar y fuesen á Castilla algunas personas, que no pasarian de 15; la segunda, que á todos los que quedasen, el Almirante les diese sus vecindades y tierras para labrar, y á cada uno su labranza, para que se les pagase el sueldo del Rey que se averiguase debérseles, como si todo el tiempo que habian sido rebeldes y anduvieron robando hobieran servido; la tercera, que el Almirante mandase apregonar públicamente, que si el dicho Francisco Roldan y su compañía habian hecho lo que hicieron, fué por falsos testimonios que les levantaron, personas que mal los querian y que no amaban el servicio de Sus Altezas; la cuarta, que el Almirante constituyese de nuevo, al dicho Francisco Roldan, Alcalde mayor por provision real. Esto, así concertado en la carabela, y el Almirante concedidas estas cosas por la necesidad en que se via, y asentadas por escrito, salió Roldan de la carabela á tierra, donde estaban aposentados él y su gente en el pueblo de los indios, donde dió parte á sus secuaces de lo que traia concedido del Almirante. A cabo de dos dias, usando de las industrias y reveses acostumbrados, que dél, ó quizá de los que con él andaban, salian, los cuales no querian paz, sino andar como andaban, por desbaratar lo concertado y nunca venir de conformidad, enviaron un tenor de una provision real que ellos ordenaron, llena de muchas cláusulas que añidieron, deshonestas y absurdas, creyendo que en ninguna manera las otorgara el Almirante, segun él siempre creyó y afirmó. Contenia todos los capítulos, arriba en el capítulo precedente y estas otras susodichas cuatro, y las que demas añidieron, intolerables; la postrera de las cuales, fué, que si el Almirante no cumpliese lo concertado cumplidamente á su voluntad, que les fuese lícito á él y á ellos juntarse y poner todas sus fuerzas por cualquiera forma é guisa que mejor pudiesen, para constreñir al Almirante para se las hacer por fuerza cumplir é guardar. De donde parecia colegirse argumento claro, que no tenian gana de se reducir á la obediencia del Almirante, por no tener superior que á la vida que traian les estorbase, y así, el Almirante, con razon parece que lo podia juzgar, pues tantas veces los asientos que se hacian, con nuevos motivos ó colores, desbarataban.
Viéndose, pues, el Almirante, cercado de tantas angustias y de todas partes, porque por una parte via perderse la isla con los daños que aquellos hacian á los indios, por otra, cesar los provechos y tributos de los Reyes, que él tenia en el ánima por hacer los gastos que acá hacian con tanta dificultad y tan pesadamente; por otra, los disfavores y émulos grandes que tenia; por otra, que la gente comun que estaba con él, ó que no seguia actualmente á Roldan, andaba inquieta y en corrillos, y fué avisado que estaban dos cuadrillas dellos para se alzar é ir robando por la tierra, diciendo con despecho, que habiéndose alzado Francisco Roldan y los demas, cometiendo tan grandes crímenes y habiendo destruido esta isla, estaban ricos y se salian con todo ello, tambien ellos querian hacer lo mismo, y no andar en la obediencia del Almirante, perdidos, y via que no tenia gente de quien se fiase, sino era de muy pocos para les ir á la mano, prenderlos ó resistirlos, y queríanse ir á la provincia de Higuey, que está esta costa del Sur, al Levante, al Cabo que llamó el Almirante, de Sant Rafael, hácia la Saona, porque habian imaginado que allí serian ricos de oro. Item, porque debia haber venido algun navío de Castilla en el cual debia escribir el Obispo de Badajoz, don Juan Fonseca, al Almirante que estuviese la cosa suspensa, porque los Reyes presto lo remediarian, y esto debia ser por las nuevas que llevaron los cinco navíos, y esta suspension via el Almirante que no podia sufrirse, pues tanto los daños y escándalos crescian. Así que, considerando el Almirante todos estos inconvenientes, en medio de los cuales se hallaba, como entre las ondas de la mar, que algunas veces habia experimentado, cuasi zambullido, acordó de escoger, como menor mal, conceder todas las cosas, que contra toda razon y honestidad y justicia le pedian, con esperanza que tenia que los Reyes ternian informaciones de todo y cognoscerian las culpas dellos y la fuerza que á él se hacia, y á la justicia real desacato, pidiéndole cosas, estando en tan extrema necesidad, que toda razon aborrecian, y al fin, por concedérselas no le culparian. Todavía puso una cláusula el Almirante, que todo aquello que otorgaba, fuese con condicion que cumpliesen los mandamientos de Sus Altezas, y suyos, y de sus justicias, y á este propósito, dice el Almirante estas palabras: «Así que, por evitar este mal, con esperanza que Sus Altezas remediarian todo, y que será bien visto y manifiesto á quien leyere la dicha provision, que el tenor della ni lo que en ella está no lleva razon, y es contra toda órden de justicia y fuera della, y que forzosamente se les firmó y otorgó, así como la otra del oficio de Alcaldia, sobre lo cual, despues de asentado todo y firmado esta primera provision, porque él no queria que en ella fablase que habia de tener el dicho Roldan superior, se alzó con toda la gente dando voces, y que ahorcaria á mi gente que estaba en tierra, si luego no se embarcasen, por lo cual, hobe de firmar la dicha provision, como quiso, por el tiempo y causas susodichas.» Estas son sus palabras. Ciertamente, manifiesta parece la ambicion y malos respetos que aquel pobre Roldan pretendia, y la necesidad extrema en que el Almirante se via, y, cuan contra su voluntad, lo que firmaba concedia.
CAPÍTULO CLX.
Firmadas á su voluntad las provisiones en que se contenian los susodichos capítulos, y el Roldan Alcalde mayor constituido, aunque ninguna jurisdiccion tenia, y siempre fué persona privada y no pública, y tirano en todo cuanto hacia, porque determinacion es universal de todos los juristas, que para dar ó transferir ó prorogar jurisdiccion, ha de haber en el que la confiera, da ó proroga, consentimiento puro y totalmente libre, porque de otra manera, mezclándose cualquiera fuerza ó miedo, por chica que sea, es ninguna, y de ningun valor cosa que con ella se haga y nihil; pero no curó Roldan destos escrúpulos de juristas, ni de mirar ó tener dello escrúpulo fué digno, todo lo cual le trajo al fin que despues hizo. Así que, alcanzado del Almirante todo lo que Roldan y los demas que se alzaron querian, luego comenzó Francisco Roldan á usar el oficio de Alcalde mayor, y venido aquí á Sancto Domingo, y con las gentes que trujo consigo, allegó mucha otra de la que aquí estaba de su compañía, cuasi mostrando no estar descuidado, sino sobre aviso cada y cuando se le ofreciese, y con esta presuncion y soberbia, por que el Almirante tenia aquí un Teniente que se llamaba Rodrigo Perez, no lo consintió Roldan, diciendo al Almirante que no habia de haber Teniente ni tener vara ninguno en toda la isla sino los que el pusiese. El Almirante calló y sufrió, y y mandó al dicho su Teniente, Rodrigo Perez, que no trujese más la vara; por aquí se podrá ver la protervia y maldad de aquel, y la paciencia ó sufrimiento y angustias del Almirante. Miéntras estuvieron aquí, nunca se juntaban ni conversaban sino con los de su compañía, para con los otros siempre se mostraban zahareños, no se fiando de nadie, y velándose de noche, y no dejaban de hacer fieros y decir palabras temerarias y de alboroto, por lo cual mostraban bien claro no estar arrepentidos de sus maldades; y habiendo de enviar el Almirante cierta gente fuera á ver ciertas labranzas y traer pan, ninguno dellos quiso ir ni hacer lo que el Almirante enviaba á mandar; bien parece la vida quel Almirante podia entónces tener, y lo que sufria, y por esto aunque mataban y hacian fuerzas y robos á los indios, no osaba á ninguno castigar ni áun reprender. En 28 dias de Setiembre de aquel año de 1499, se pregonó la provision del asiento que el Almirante habia tomado con Roldan y con ellos; díjose que Francisco Roldan habia repartido mucha cantidad de oro entre los que habian sido de su compañía. Despachó el Almirante navíos á Castilla, no supe cuantos, para cumplir con lo capitulado, y á los que Francisco Roldan envió, y se quisieron ir de su voluntad, repartió el Almirante, á tres esclavos á algunos, y á otros á uno, segun le pareció. En estos estuvo determinado el Almirante de se ir á Castilla y llevar consigo el Adelantado, segun entendí, para informar á los Reyes de todo lo que habia pasado con este Roldan, temiendo lo que no sabia que le estaba aparejado, y en gran manera lo acertara, como abajo se verá; pero porque sintió que una provincia desta isla, que era la de los Ciguayos, de que arriba se ha hecho mencion, á la cual el Adelantado habia hecho cruel guerra é injusta, y prendido al Rey della como se vido en el cap. 121, vino sobre los cristianos que estaban esparcidos por la Vega, dice el Almirante, que se quedó, y por su quedada, deliberó de enviar á Miguel Ballester, Alcaide de la Concepcion, y á García de Barrantes, Alcaide de Santiago, por procuradores é informadores de las cosas pasadas y presentes, como personas que habian sido testigos oculares de todo; con estos envió los procesos y testimonios que se habian hecho contra Roldan y los secuaces suyos, y escribió largo á los Reyes con ellos. Suplicaba á los Reyes que viesen aquellos procesos y mandasen inquirir y examinar de todo la verdad, y cognosciesen sus penas y trabajos, y hiciesen en ello lo que fuese su servicio; escribióles las razones por las cuales no debian de ser guardadas á Francisco Roldan, y demas que le siguieron en aquella tan escandalosa y dañosa rebelion, las condiciones y asiento que con ellos hizo el Almirante, y para esto daba nueve razones. La primera, porque si las concedió, no las hizo ni concedió de su propio motu y voluntad, sino, hechas y dictadas por él y por ellos, se las envió hechas, y le constriñó la necesidad en que se vido extrema, como ha parecido, á las firmar. La segunda, porque se firmaron en la carabela, y así en la mar, donde no se usa el oficio de Visorey, sino de Almirante. La tercera, porque sobre este alzamiento y rebelion estaban hecho dos procesos y dada una sentencia contra Roldan y los de su compañía, condenándoles por traidores, en lo cual no pudo el Almirante dispensar ni quitarles la infamia. Cuarta, porque en la provision trata sobre cosas de la hacienda de Sus Altezas, lo cual no se pudo hacer sin los oficiales de los Contadores mayores, como estaba por los Reyes ordenado y mandado. La quinta, porque pidieron que se diese pasaje á todos para Castilla y no se exceptuaron ni sacaron los delincuentes que habia enviado de Castilla y homicianos. La sexta, porque querian ser pagados del sueldo del Rey todos, y de todo el tiempo que anduvieron alzados y en deservicio de Sus Altezas, siendo como son obligados á pagar todos los daños y menoscabos que han hecho á los indios y á los cristianos, y á toda la isla, y á la hacienda real, y el cesar de los tributos que habian de pagar los indios, y la pérdida de las dos carabelas que fueron por ellos, por el primer asiento que ellos quebrantaron, á Xaraguá, y el sueldo y bastimento de los marineros, lo cual todo por su causa se perdió, y en ello ni en parte dello el Almirante no pudo dispensar. La sétima, porque son obligados á pagar, mayormente Roldan, los gastos que se hicieron en Castilla con pagar el sueldo de seis meses á los 40 hombres que tomó en los tres navíos, y los que despues se pasaron á él, venido el Almirante, los cuales venian cogidos y á sueldo de los Reyes para servir ó trabajar en las minas, y en otras cosas que se les mandasen para servicio de los Reyes, y más los bastimentos que comieron y los fletes de los navíos, trayéndolos acá, y fué causa que se engrosase con ellos y que no viniesen á obedecer muchos de los de su compañía, como habian escrito sobre ello cartas, y el mismo Roldan, y los primeros por quien negocia y pide partido é impunidad son aquellos, y con ellos los homicianos. La octava, por que el Roldan no mostró, ni señaló, ni nombró las personas de su compañía, porque, para que la provision que sobre este asiento el Almirante les dió, tuviese valor y alcanzase efecto, requeríase, segun dice el Almirante, que mostrase, por escritura firmada por ellos, como se ayuntaban y por qué fin hacian su ayuntamiento, y en qué tiempo, y las condiciones que todos pedian, los cuales se entenderian ser de la compañía de Roldan y no otros. La novena, porque el dicho Francisco Roldan, al tiempo que partió de Castilla él y los otros que entónces en el segundo viaje á estas Indias vinieron, hicieron juramento sobre un crucifijo y un misal, y dió la fe y hizo pleito homenaje de ser leal á Sus Altezas y guardar el bien y pró de su hacienda, por ante el Obispo de Badajoz, é yo y otros muchos (dice aquí el Almirante), que allí estaban, como más largo parecerá por el dicho juramento, el cual está escrito en el libro de los señores Contadores mayores; de lo cual, toda ha incurrido en el contrario, porque no han sido leal ni leales, y ha echado á perder la hacienda y sido causa que se haya perdido el tributo, y no solamente este, más el algodon de Sus Altezas, que estaba en Xaraguá, le han tomado, y quemado el brasil que estaba cogido y tomadas las velas y aparejos de los navíos y el ganado: estas son palabras del Almirante. Pone tambien á lo que Roldan y los que se alzaron eran obligados á guardar por virtud de la provision que del asiento dicho les dió: lo primero, á pagar todos los daños y menoscabos que se han recibido en la hacienda de Sus Altezas y las dos carabelas, por una cláusula que está, en ella, que dice que sean obligados á pagar todo lo que por derecho se hallare que deben; por otra cláusula son obligados á nunca jamás decir que fué bien hecho se alzar; por otra cláusula son obligados á cumplir los mandamientos de Sus Altezas y del Almirante, y si no lo cumpliesen no era nada el asiento ni seguro, y podiase proceder contra ellos, y por todos los delitos y alzamiento pasados, é incurrian en las penas que contenia la provision, y estas eran, perdimiento de la vida, de los bienes, de los oficios. Por manera que, por el primer mandamiento que no obedeciesen, dice el Almirante, que incurrian en todas las dichas penas, en perder las vidas, y todo lo que en su favor les fué concedido por la provision no les vale nada, y el Roldan pierde el Alcaldia. Puesto que por aquello no la perdiese, dice el Almirante, no podia usar della, porque se le dió por fuerza, lo cual es contra derecho, y tambien porque no habia de mandar en casos de justicia á la gente que estaba y habia siempre seguido al Adelantado y al Almirante, y estado en su obediencia y en servicio de los Reyes contra Roldan y sus secuaces, de los cuales habian recibido muchos agravios. Suplicaba en estas cartas muy afectuosamente á los Reyes que le enviasen un letrado, persona experimentada para ejercer el oficio de la justicia, porque la gente que en esta isla estaba, dice el Almirante, era muy desmandada, y como cognoscian quél no osaba irles á la mano ni castigarlos, por los testimonios que en Castilla injustamente le habian levantado, y fueron creidos (dice él), por tanto les suplicaba que tuviesen por bien de se lo enviar, y que él queria pagarle el salario, y que tambien con él juntamente proveyesen de dos personas virtuosas para Consejo, y que pluguiese á Sus Altezas de no darles sus preeminencias. Tambien avisaba que convenia enviar con ellos un Teniente de Contadores mayores y otro del Tesorero, que fuesen personas cuales conviniese, con quien se negociasen las cosas de la Hacienda real; por manera, que en aquel tiempo no habia en esta isla oficiales del Rey principales ó propios, sino tenientes de los de Castilla. Torna otra vez á decir en estas cartas, que muy necesaria era la justicia en esta isla, y, para administrarla, la persona que habia dicho, y con ella, dice, que suplicaba á Sus Altezas que mandasen mirar por su honra y guardar sus preeminencias: «yo no sé (dice él), si yerro, mas mi parecer es que los Príncipes deben hacer mucho favor á sus gobernadores en cuanto los tienen en el cargo, porque con disfavor todo se pierde.» Por estas palabras parecen dos cosas: la una, que, cierto, el Almirante deseaba tener ayuda en la gobernacion, mayormente cuanto á la administracion de la justicia, porque no tuviesen los españoles que decir mal dél, y porque via que, como extranjero, era dellos en ménos de lo que debieran tenido; porque esta es, creo que, peculiar condicion ó soberbia de España. La otra era, que él temia que los Reyes no le limitasen su oficio y preeminencia que le habian concedido, que resultase en agravio suyo y violencia de sus privilegios, que con tantos sudores y aflicciones habia ganado, como al fin aquello que temia, y mucho más que aquello adverso, fué lo que le vino. Estando en esto, vinieron nuevas al Almirante como habia llegado Alonso de Hojeda con ciertos navíos al puerto de Yaquimo, que está, la costa abajo, 80 leguas deste puerto de Sancto Domingo, donde hay ó habia brasil, y que habia llegado allí á 5 de Setiembre, y así lo escribió el Almirante á los Reyes en estas cartas. Desta venida de Hojeda tratará la historia en el cap. 164 y en el siguiente. Suplicó asimismo á los Reyes, que porque él estaba ya muy quebrantado y pasaba la peor vida que hombre del mundo, por lo cual iba descreciendo, y su hijo D. Diego Colon, que está en la corte, crescia en fuerza, haciéndose hombre para poder acá servirles, que le hiciesen merced le mandar que viniese acá á ayudarle, para que él descansase algo y Sus Altezas fuesen mejor servidos.