CAPÍTULO XXXVIII.
Despachado su hermano el Adelantado para ir á besar las manos á los Reyes nuevos, agravóse cada hora más al Almirante su enfermedad de la gota, por el aspereza del invierno, y más por las angustias de verse así desconsolado, despojado, y en tanto olvido sus servicios y peligro su justicia, no embargante que las nuevas sonaban y crecian de las riquezas destas Indias, yendo á Castilla mucho oro desta isla, y prometiendo muchas más de cada dia. El cual, viéndose muy debilitado, como cristiano, cierto, que era, rescibió con mucha devocion todos los Sanctos Sacramentos, y llegada la hora de su tránsito desta vida para la otra, dicen que la postrera palabra que dijo: in manus tuas, Domine, comendo spiritum meum. Murió en Valladolid, dia de la Ascension, que cayó aquel año á 20 de Mayo, de 1506 años; llevaron su cuerpo ó sus huesos á las Cuevas de Sevilla, monasterio de los Cartujos, de allí los pasaron y trujeron á esta ciudad de Sancto Domingo, y están en la capilla mayor de la Iglesia catedral enterrados. Tenia hecho su testamento, en el cual instituyó por su universal heredero á D. Diego, su hijo, y, si no tuviese hijos, á D. Hernando, su hijo natural, y si aquel no los tuviese, á D. Bartolomé Colon, Adelantado, su hermano, y sino tuviese su hermano hijos, á otro su hermano; y en defecto de aquél, al pariente más cercano y más llegado á su línea, y así, para siempre, mandó que habiendo varon, nunca le heredase mujer, pero no lo habiendo, instituyó que heredase su estado mujer, siempre la más cercana á su línea. Mandó, á cualquiera que heredase su estado, que no pensase ni presumiese de menguar el mayorazgo, sino que ántes trabajase de lo acrecentar, mandando á sus herederos, que con sus personas y estado y rentas dél sirviesen al Rey y á la Reina, y al acrecentamiento de la religion cristiana. Dejóles tambien obligacion de que todas las rentas que de su mayorazgo procedieren, den y repartan la décima parte á los pobres en limosna. Entre otras cláusulas de su testamento, se contiene esta: «Al Rey y á la Reina, nuestros señores, cuando yo les serví con las Indias, digo serví, que parece que yo por la voluntad de Dios, nuestro Señor, se las dí como cosa que era mia, puédolo decir, porque importuné á Sus Altezas por ellas, las cuales eran ignotas y escondido el camino, é cuanto se falló dellas; é para las ir á descubrir, allende de poner el aviso y mi persona, Sus Altezas no gastaron ni quisieron gastar para ello, salvo un cuento de maravedís, é á mí fué necesario de gastar el resto. Despues plugo á Sus Altezas, que yo hobiese en mi parte de las dichas Indias, islas y tierra firme, que son al Poniente de una raya que mandaron marcar sobre las islas de los Azores, y aquellas del Cabo Verde, 100 leguas, la cual pasa de Polo á Polo, que yo hobiese en mi parte, tercio y el ochavo de todo, y más el diezmo de lo que resta en ellos, como más largo se amuestra por los dichos mis privilegios é Cartas de merced, etc.» Estas son sus palabras, en el dicho su testamento. Y así pasó desta vida, en estado de harta angustia y amargura y pobreza, é sin tener, como él dijo, una teja debajo de qué se metiese para no se mojar ó reposar en el mundo, el que habia descubierto por su industria otro nuevo y mayor que el que de ántes sabíamos felicísimo mundo. Murió desposeido y despojado del estado y honra que con tan inmensos é increibles peligros, sudores y trabajos habia ganado, desposeido ignominiosamente, sin órden de justicia, echado en grillos, encarcelado, sin oirlo ni convencerlo, ni hacerle cargos ni recibir sus descargos, sino como si los que lo juzgaban fuera gente sin razon, desordenada, estulta, estólida y absurda, y más que bestiales bárbaros. Esto no fué sin juicio y beneplácito divino, el cual juzga y pondera las obras y fines de los hombres, y así los méritos y deméritos de cada uno, por reglas muy delgadas, de donde nace que lo que nosotros loamos él desloa, y lo que vituperamos alaba; quien bien quisiere advertir é considerar lo que la historia, con verdad, hasta aquí ha contado de los agravios, guerras é injusticias, captiverios y opresiones, despojos de señoríos y estados y tierras, y privacion de propia y natural libertad, y de infinitas vidas que á Reyes y á señores naturales, y á chicos y á grandes, en esta isla, y tambien en Veragua, hizo y consintió hacer absurda y desordenadamente el Almirante, no teniendo jurisdiccion alguna sobre ellos, ni alguna justa causa, ántes siendo él súbdito dellos por estar en sus tierras, reinos y señoríos, donde tenian jurisdiccion natural, y la usaban y administraban, no con mucha dificultad, ni áun con demasiada temeridad, podrá sentir que todos estos infortunios y adversidades, angustias y penalidades fueron, de aquellas culpas, el pago y castigo. Porque, ¿quién puede pensar que cayese tan gran señal, y obra de ingratitud en tan reales y cristianísimos ánimos como eran los de los Reyes católicos, que á un tan nuevo y tan señalado, y singular y único servicio, no tal otro hecho á Rey alguno en el mundo, fuesen ingratos, y de las palabras y promesas reales, hechas y afirmadas muchas veces por dicho y por escripto, faltos? No es, cierto, creible, que no cumplirle sus privilegios y mercedes por ellos debidamente prometidas y concedidas por sus tan señalados servicios, por falta de los Reyes quedase, sino solamente por la divina voluntad, que determinó, que de cosa dello en esta vida no gozase, y así, no movia á los Reyes que lo galardonasen, ántes los impidió, sin los Reyes incurrir en mácula de ingratitud, y sin otro defecto que fuese pecado; de la manera que, sin culpa de los mismos Reyes, y sin su voluntad y mandado, el comendador Bobadilla, ó por ignorancia ó por malicia, violando la órden del derecho y justicia, permitió que lo prendiese, aprisionase, despojase de la dignidad y estado, y hacienda que poseia y al cabo desterrase á él y á sus hermanos. Y lo que más se debe notar es, que no paró en él ni en ellos la penalidad, sino que ha comprendido hasta la tercera generacion en sus sucesores, en que está hoy, como, si place á Dios, por la historia será declarado. Estos son los juicios altísimos y secretísimos de Dios, de los nuestros muy distantes; y por esto será cordura, para el dia postrimero, donde todo en breve se discutirá y será claro á todo el orbe, reservallo. A la bondad y misericordia de Dios plega de contentarse, rescibiendo por satisfaccion de las culpas que en estas tierras que descubrió contrajo, las tribulaciones, angustias y amarguras, con los peligros, trabajos y sudores, que toda su vida padeció, porque en la otra vida le haya concedido perpétuo descanso. Ninguno, cierto, de los que sus cosas supimos y supieron, pudo negar que no tuviese buena y simple intencion, y á los Reyes fidelidad, y esta fué tan demasiada, que, por servirlos, él mismo confesó con juramento en una carta que les escribió de Cáliz, cuando estaba para se partir para el postrer viaje, que habia puesto más diligencia para los servir, que para ganar el Paraíso, y así parece que, por permision de Dios, que le dieron el pago; y tengo yo por cierto, que aqueste demasiado cuidado de querer servir los Reyes, y con oro y riquezas querer agradallos, y tambien la mucha ignorancia que tuvo, fué la potísima causa de haber en todo lo que hizo contra estas gentes errado; aunque en los que aconsejaron por aquellos tiempos á los Reyes, como ya queda dicho, fué mucho más culpable. Es aquí de saber, que el Almirante murió tambien con otra ignorancia, y esta fué, que tuvo por cierto que esta isla Española era la tierra de donde á Salomon se traia el oro para el templo que la Sagrada Escriptura llama Ofir ó Társis; pero en esto es manifiesto haberse engañado, porque en esta isla nunca hobo tan gran copia de oro como de allí se llevaba, y tambien, porque con el oro llevaban pavones y marfil, que son dientes de elefantes, lo que nunca por este orbe indiano nuestro se vido ni halló, mas se cree haber sido la gran isla Taprobana, de donde aquellas cosas preciosas se llevaron á Jerusalen. Tambien dijo, que estas islas y tierra firme estaban al fin de Oriente y comienzo de Asia; bien creo yo que, sino hallara atravesada esta nuestra tierra firme, que llegara ó pretendiera navegar y llegar al fin de Oriente, y principio de Asia, que es la China, ó Malucos ó otras tierras por allí, á donde agora navegan los portugueses, y para esto, bien le quedaban por navegar más de otras 2.000 leguas para llegar á donde es el fin de Oriente y principio de Asia, como él decia ser estas islas y tierra firme. Murió tambien ántes que supiese que la isla de Cuba fuese isla, porque como anduvo mucho por ella, y áun no llegó á pasar de la mitad, por las grandes tormentas que padesció por la costa della, y de allí se tornó á esta isla, y de camino descubrió á la de Jamáica, como en el libro primero dijimos, siempre creyó que Cuba era punta ó cabo de tierra firme; y para en aquellos tiempos, que parecia que de la obscuridad del Océano pasada el mundo se abria, no fué maravilla.
CAPÍTULO XXXIX.
Concluida la historia del primer Almirante, que aquestas Indias mostró primero que otro al mundo, conviene tornar al camino que la historia llevaba, y despues á proseguir la gobernacion del Comendador Mayor en esta isla Española, de donde la dejamos, y contar lo que en ella por estos tiempos sucedió, y ver de allí adelante lo que por estas partes, dentro de los diez años, fuere de memoria digno; y aunque sea tornar un poco atras, pues perdió su lugar con la frecuencia de las cosas referidas, todavía no perderá sazon aquí decillo. Esto es, que en el año de 1501, los Reyes católicos suplicaron al Papa Alejandro VI, que les habia concedido estas Indias, que les concediese los diezmos de las islas de las Indias, no señalando cuáles, puesto que la intencion de los Reyes fué pedir los desta isla Española, donde habia entónces españoles, y de las otras partes donde creian que habian españoles de poblar. Finalmente, les hizo gracia y donacion de los diezmos con tal carga y condicion, que primero asignasen dote suficiente realmente, y con efecto, segun la ordenacion de los diocesanos (sobre lo cual encargó la consciencia á los diocesanos mismos), de los bienes de los Reyes á todas las iglesias que se erigesen en las dichas islas, con que se pudiesen mantener los Presidentes y Rectores dellas, y llevar la carga que en ellas y para ejercer el culto divino, fuese necesario, etc., donde dice así: Hujusmodi supplicationibus inclinati, vobis et successoribus vestris pro tempore existentibus ut insulis prædictis ab illarum incolis et habitatoribus, etiam pro tempore existentibus, postquam ille acquisitæ et recuperatæ fuerint ut præfertur, assignata prius realiter et cum effectu juxta ordinationem tunc diocesanorum locorum (quorum conscientias super hoc oneramus), ecclesiis in dictis insulis erigendis, per vos et successores vestros præfatos, de vestris et eorum bonis dote sufficienti, ex qua illis Presidentes earumque Rectores se commode sustentare, et onera dictis ecclesiis pro tempore incumbentia perferre ac cultum divinum ad laudem omnipotentis Dei debite exercere, juraque episcopalia persolvere possint, decima hujusmodi percipere et levare libere ac licite valeatis, auctoritate apostolica tenore presentium de specialis dono gratiæ indulgemus, etc. Por esta gracia del Papa y auctoridad, llevaron los Reyes los diezmos de esta isla por algunos años, sin que hobiese Obispos ni erigidas iglesias catedrales; y proveian las iglesias, que era una choza de paja, de ornamentos y de lo necesario, de su real hacienda, y, en cada pueblo ó villa de españoles, ponian un clérigo por cura, al cual mandaban dar de su hacienda 100 pesos de oro cada año, de á 450 maravedís cada peso, de valor. Hasta agora no he podido saber qué auctoridad y jurisdiccion hobiesen tenido aquellos clérigos para ser curas, y absolver de los pecados y administrar los Sacramentos á los españoles, como fuesen puestos por el Rey, ó por su mando, siendo persona seglar. Valieron los diezmos, cuando más valieron en esta isla, por aquellos tiempos, hasta 20.000 castellanos, ó pesos de oro que era lo mismo. Despues, muerta la reina doña Isabel (que haya gloria), hízosele al Rey pesada y costosa carga proveer las iglesias y clérigos de la manera dicha; y, por otras causas que le debieron de mover, abrió mano de los diezmos y de la dicha obligacion, y suplicó al Papa que criase Obispos, y así los crió, como en el principio del libro III, si pluguiere á Dios, se dirá, porque aquel es su lugar. Tornando, pues, á lo demas, despues que el Almirante salió del aislamiento y trabajos que padeció en Jamáica, y fué á Castilla, sabido lo que habia descubierto, acordaron luégo, un Juan Diaz de Solís y Vicente Yañez Pinzon, el hermano de Martin Alonso Pinzon, de quien dijimos que ayudó al despacho del Almirante en la villa de Palos, y fué con él y llevó consigo al Vicente Yañez y á otro hermano, cuando vino el primer viaje á descubrir estas Indias, segun que en el primer libro queda explicado, de ir á descubrir é proseguir el camino que en el cuarto viaje, y descubrimiento postrero, dejaba hecho el Almirante, los cuales fueron á tomar el hilo desde la isla ó islas de los Guanajes, que dijimos haber descubierto el Almirante en su postrer viaje, y dellas tornarse hácia el Oriente. Estos dos descubridores navegaron, segun se puede colegir de los dichos de los testigos, que el Fiscal presentó en el pleito que trató con el Almirante segundo, de que habemos muchas veces hecho mencion, hácia el Poniente, desde los Guanajes, y debieron llegar en paraje del golfo Dulce, aunque no lo vieron porque está escondido, sino que vieron la entrada que hace la mar entre la tierra que contiene el golfo Dulce y la de Yucatán, que es como una gran ensenada ó bahía grande. Llaman bahía los marineros, á la mar que está entre dos tierras á manera de puerto, no muy guardado, la cual seria puerto, si no fuese muy grande, y por ser muy capaz y no cerrado, llaman bahía, las letras i é a postrera leidas, divisas. Así que, como vieron aquel rincon grande que hace la mar entre las dos tierras, la una que está á la mano izquierda, teniendo las espaldas al Oriente, y esta es la costa que contiene el puerto de Caballos, y adelante dél el golfo Dulce, y la otra de la mano derecha que es la costa del reino de Yucatán, parecióles grande bahía, y por eso el Vicente Yañez en la deposicion que con juramento hizo en el dicho proceso, presentado por testigo por el Fiscal, dijo: que navegando desde la isla de los Guanajes, yendo la costa de luengo, descubrieron una gran bahía, á la cual pusieron nombre la gran bahía de la Navidad, y que de allí descubrieron las sierras de Caria, y otras tierras mas adelante, y segun los otros testigos dicen, volvieron al Norte. Y por todo esto parece que sin duda descubrieron entónces mucha parte del reino de Yucatán, sino que como despues no hobo alguno que prosiguiese aquel descubrimiento, no se supo más de los edificios de aquel reino, de donde fácilmente fuera descubierta la tierra y grandezas de los reinos de la Nueva España, hasta que, acaso, se descubrió desde la isla de Cuba, como parecerá, si pluguiere á Dios, en el libro III desta historia. Y es aquí de notar, que estos descubridores principalmente pretendian descubrir tierra, por emulacion del Almirante, y pasar de lo que él habia descubierto adelante, para echar cargo á los Reyes, como si no hobiera sido el Almirante el primero que abrió las puertas del Océano, de tantos millares de siglos atras cerradas, y el que para descubrir dió á todos lumbre; y el Fiscal del Rey todo su estudio ponia en probar que las partes de tierra firme, que los otros descubridores descubrian, eran distintas tierras de las que el Almirante habia descubierto, y diera mucho porque no fuera tan luenga la tierra firme, á fin de disminuille sus privilegios, para hacer á los Reyes ménos obligados á le agradecer los servicios inestimables que les habia hecho, y á cumplir las mercedes que le habian prometido, á él tan justamente y con tanta razon debidas; y esto era grande injusticia. Á aquel propósito puso una pregunta, ¿si sabian que lo que aquellos descubridores habian descubierto, era apartado de lo que el Almirante descubriera? y allí tiraban los dichos de los marineros, por la mayor parte, diciendo que era otra tierra; pero no les preguntaban si era toda una tierra firme, ni ellos lo decian. Pero otros, en especial dos honrados hombres que yo bien cognoscí, el uno Rodrigo de Bastidas, de quien ya arriba hemos tratado, y un piloto, Andrés de Morales, entendiendo el agravio que hacer al Almirante el Fiscal pretendia, depusieron muchas veces, en diversos artículos del dicho proceso, que la tierra que aquellos habian descubierto estaba más al Occidente de lo que el Almirante habia descubierto, pero que toda era una tierra. Item, que Vicente Yañez y Juan de Solís fueron á descubrir abajo de Veragua, por aquella costa, pero que todo lo que los unos y los otros, y todos cuantos habian descubierto de la tierra que dicen firme, era todo una costa con lo que el dicho Almirante primero descubrió. Otro, sin los dos, dice que era toda una costa desde Paria, sino que son diversos nombres de las provincias, así como son diversas lenguas. Esto declaraban los testigos entónces, porque lo vian y sabian muy claro por sus mismos ojos, y agora no será menester buscar testigos, sino á los especieros de Sevilla. Por manera, que no se le puede negar al Almirante, si no es con gran injusticia, que así como fué el primero descubridor destas Indias, lo fué de toda esta nuestra tierra firme, y á él se le deben las gracias, descubriendo la provincia de Paria, que es una parte de toda ella, porque él puso en las manos á todos los demas el hilo, por el cual, puesto que durara mucho más y estuviera en muy mayor distancia, hallaran el ovillo; y así, justísimamente se le debian de cumplir las mercedes y guardar sus privilegios en toda la tierra firme, aunque fuera mayor, como en esta Española y en las otras islas, porque no era obligado á pasealla toda, como ni el que toma posesion de una heredad, segun tratan los juristas.