La privacion de movimiento de qualquier animal plantado en tierra nace de la igualdad que entonces tienen los pesos opuestos, mantenidos sobre ellos mismos. [Lámina I].

§ CCIV.

De los dobleces del cuerpo humano.

Al doblarse el hombre por un lado, tanto disminuye por él, como crece por el opuesto: de modo que llega á ser la diminucion súbdupla de la extension de la otra parte. Pero de esto se tratará particularmente.

§ CCV.

Sobre lo mismo.

Quanto mas se extienda el un lado de un miembro de los que pueden doblarse, tanto mas se disminuirá el opuesto. La linea central extrínseca de los lados que no se doblan en los miembros capaces de doblez, nunca disminuye ni crece en su longitud.

§ CCVI.

De la equiponderacion.

Siempre que una figura sostenga algun peso, saliéndose de la linea central de su quantidad, es preciso que ponga á la parte opuesta tanto peso accidental ó natural, que baste á contrapesarlo, ó haga balanza al lado de la linea central que sale del centro del pie en que estriva, y pasa por medio del peso que insiste en dicho pie. Se ve muy freqüentemente á un hombre tomar un peso en un brazo, y levantar el otro ó apartarlo del cuerpo; y si esto no basta para contrabalancear, añade á la misma parte mas peso natural doblándose, hasta que es suficiente para resistir al que ha tomado. Tambien se advierte, quando va á caerse un hombre de un lado, que echa fuera el brazo opuesto inmediatamente.