LETRA V.
Para el Obispo de Osma.[29]
Muy reverendo Señor: Una letra de vuestra reverenda Paternidad, enviada á vuestro hermano, é tomada por las guardas, se vido aqui en Burgos, la qual inter cætera contenia, que por todos, grandes é pequeños, en esa Corte Romana se da cargo grande á la Reyna nuestra Señora, porque al principio destas cosas no se ovo segun se debia aver: é paresceme, muy reverendo Señor, que los que tal sentencia dan sin preceder otro conoscimiento, se debrian bien informar antes que juzgar, ó callar sinó se pueden informar. O si lo uno ni lo otro ficieren, debrian aver consideracion, ó siquiera alguna compasion de veinte y tres años de edad tantierna qué gobernacion tan dura tomaron en administracion, oyendo cada hora tantos consejos é tantas informaciones, é unas contrarias de otras: tantas palabras afeytadas, é muchas dellas engañosas, que turban é fatigan las simplicisimas orejas de los Príncipes. Asimismo debrian pensar que son humanos, aunque Reyes, é cargados de muchas mayores curas é trabajos que todos los otros: é si qualquier persona, por perfecta que sea, rescibe alteracion si tres negocios arduos juntamente le ocurren, loarémos pues, é aun adorarémos estos veinte y tres años, á quien todos los negocios deste Reyno, é los suyos proprios, en tan poco de espacio, á manera de tormenta arrebatada concurrieron, é los sufrió con igual cara, é gobernó con firme esperanza de dar en estos sus Reynos la paz que con tanto trabajo procuran, é con tan gran deseo esperan. E si por ventura vuestra reverenda Paternidad lo escribió porque no quiso confirmar á Arevalo al señor Duque: en verdad, muy reverendo Señor, mirándolo sin pasion, aun no se fallará que pecó mucho su Alteza si como Reyna supo adminstrar justicia, ó como fija quiso ayudar á su madre, ó como persona virtuosa quiso favorescer á una viuda despojada de lo que dice pertenescerle: á la qual obligacion, no solo ella, mas de razon todo bueno, mediante justicia, es obligado. Vistes, muy reverendo Señor, acá, é oistes allá como esta tierra estaba en total perdicion por la falta de justicia. Agora pues razon es que sepais, por que el Rey é la Reyna la executaron en algunos malfechores luego que reynaron, é por que tentaron desagraviar algunos agraviados, é quisieron facer otros actos de justicia debidos á su oficio Real, la mala naturaleza nuestra, junto con la dañada posesion en que el Rey Don Enrique (que Dios haya) nos dexó, despreció el beneficio tan saludable que Dios nos enviaba, é porque no repartieron lo que queda por dar del Reyno, é no confirmaron lo que está dado, y en conclusion porque no se despojaron de todo el patrimonio Real, sinó de solo el nombre de Rey que querriamos que les quedase para lo poder dar, se ha fecho esto que allá avreis oído. Lo qual si dura, certifico á vuestra reverenda Paternidad que hayais tarde la posesion del Obispado de Osma; é quando ya lo oviesedes, cobreis dél mas enojos que renta. Así que, Señor, si á estos que lo oyen allá paresce eso que dicen, á estos que están acá paresce esto que ven.
LETRA VI.
Para un Caballero criado del Arzobispo de Toledo, en respuesta de otra suya.[30]
Señor: Vuestra carta recebí, por la qual quereis relevar de culpa al Señor Arzobispo vuestro amo por este escándalo nuevo que se sigue en el Reyno de la gente que agora tiene junta en Alcalá, é quereis darme á entender que lo face por seguridad de su persona, é por paz en el Reyno: é tambien decís que ha miedo de yervas. Para este temor de las yervas entiendo yo que sería mejor atriaca que gente, aunque costaria menos. E quanto á la seguridad de su persona é paz del Reyno, faced vos con el señor Arzobispo que sosiegue su espíritu, é luego holgarán él y el Reyno. E por tanto, Señor, escusada es la ida vuestra á Córdova á tratar paz con la Reyna; porque si paz quereis, ahí la aveis de tratar en Alcalá con el Arzobispo, é aun dentro del Arzobispo. Acabad vos con su Señoría que tenga paz consigo, é que esté acompañado de gente de letras como su orden lo requiere, é no rodeado de armas como su oficio lo defiende, é luego avreis tratado la paz que él quiere procurar, é vos quereis tratar. Con todo eso aqui me han dicho que el Doctor Calderon es vuelto á Corte: plega á Dios que este Calderon saque paz. Justo es Dios, é justo es su juicio. En verdad, Señor, yo fuí uno de los Calderones con que el Rey Don Enrique muchas veces envió á sacar paz del Arzobispo, é nunca pudo sacarla. Agora veo que el Arzobispo envia su Calderon á sacarla de la Reyna: plega á Dios que la concluya con su Alteza mejor que yo la acabé con el Arzobispo. Pero dexando agora esto á parte: ciertamente, Señor, gran cargo aveis tomado si pensais quitar de cargo á ese Señor por este nuevo escándalo que agora face; salvo si alegais que el Beato é Alarcón le mandaron de parte de Dios que lo ficiese: é no lo dubdo que gelo dixesen. Porque cierto es que el Arzobispo sirvió tanto al Rey é á la Reyna en los principios, é tan bien, que si en el servicio perseverára, todo el mundo dixera que el comienzo, medio é fin de su reynar avía seido el Arzobispo, é toda la gloria se imputára al Arzobispo. Dixo Dios: Gloriam meam, al Arzobispo, non dabo; é para guardar para mi esta gloria que no me la tome ningun Arzobispo, permitiré que aquellos Alarcones le digan que sea contrario al Rey é á la Reyna, é que ayude al Rey de Portugal para les quitar este Reyno; é contra toda su voluntad é fuerzas lo daré á esta Reyna que lo debe aver derecho, porque vean las gentes que quantos Arzobispos hay de mar á mundo no son bastantes para quitar ni poner Reyes en la tierra, sinó solo yo que tengo reservada la semejante provision á mi Tribunal. Así que, Señor, esta via me paresce para escusar á su Señoría, pues que lo podeis autorizar con tal Moysén é Aaron como el Beato é Alarcón. Con todo eso vi esta semana una carta que enviaba á su Cabildo, en que reprehende mucho al Rey é á la Reyna porque tomaron la plata de las Iglesias; la qual sin dubda estuviera queda en su sagrario, si él estuviera quedo en su casa. Tambien dice, que fatigan mucho el Reyno con Hermandades: é no ve que la fatiga que dá él á ellos causa la que dan ellos al Reyno. Quéxase asimismo porque favorescen la toma de Talavera, que es de su Iglesia de Toledo, é no se miembra que favoresció la toma de Cantalapiedra, que es de la Iglesia de Salamanca. Siente mucho el embargo de sus rentas, é no se miembra quántas ha tomado é toma del Rey; é aun nunca ha presentado el privilegio que tiene para tomar lo del Rey, é que el Rey no pueda tomar lo suyo. Otras sas dice la carta, que yo no consejára á su Señoría escrebir si fuera su Escribano, porque la Sacra Escriptura manda, que no fable ninguno con su Rey papo á papo, ni ande con él á dime y dirtehe. Dexando agora esto aparte, mucho querria yo que tal Señor como ese considerase, que las cosas que Dios en su presencia tiene ordenadas para que ayan fines prósperos é durables muchas veces vemos que han principios é fundamentos trabajosos; porque quandó vinieren al culmen de la dignidad ayan pasado por el crisol de los trabajos, é por grandes misterios ignotos de presente á nos, é notos de futuro á él. La Sacra Escriptura é otras Historias están llenas destos exemplos. Persecuciones grandes ovo David en su principio; pero Jesu fili David decimos. Grandes trabajos pasó Enéas, dó vinieron los Emperadores que señorearon el mundo. Jupiter, Hercules, Rómulo, Ceres Reyna de Cecilia, é otros é otras muchas, á unos criaron ciervos, é á otros lobos, echados por los campos; pero leemos que al fin fueron adorados, é se asentaron en sillas Reales, cuya memoria dura hasta hoy. E no sin causa la ordenacion Divina quiere que aquello que luengamente ha de durar tenga los fundamentos fuertes é tales sobre que se pueda facer obra que dure. Veniendo agora pues al propósito, casó el Rey de Aragon con la Reyna madre del Rey nuestro Señor, é luego fue desheredo é desterrado de Castilla. Ovo este su fijo, que desde su niñez fué guerreado é corrido, cercado, combatido de sus súbditos é de los estraños, é su madre con él en los brazos huyendo de peligro en peligro. La Reyna nuestra Señora desde niña se le murió el padre, é aun podemos decir la madre, que á los niños no es pequeño infortunio. Vínole el entender, é junto con él los trabajosos cuidados; é lo que mas grave se siente en los Reales es mengua extrema de las cosas necesarias. Sufria amenazas, estaba con temor, vivia en peligro. Murieron los Príncipes Don Alfonso é Don Carlos sus hermanos: cesaron estas. Ellos á la puerta de su Reynar, y el adversario á la puerta de su Reyno. Padescian guerra de los estraños, rebelion de los suyos, ninguna renta, mucha costa, grandes necesidades, ningun dinero, muchas demandas, poca obediencia. Todo esto así pasado con estos principios que vimos, é otros que no sabemos, si ese Señor vuestro amo les piensa tomar este Reyno como un bonete, é darlo á quien se pagare, digoos, Señor, que no lo quiero creer, aunque me lo digan Alarcón y el Beato: mas quiero creer á estos misterios divinos, que á esos pensamientos humanos. ¿E cómo? ¿para esto murió el Rey Don Enrique sin generacion, é para esto murieron el Príncipe Don Carlos é Don Alfonso, é para esto murieron otros grandes estorvadores, é para esto fizo Dios todos estos fundamentos é misterios que avemos visto, para que disponga el Arzobispo vuestro amo de tan grandes Reynos á la medida de su enojo? De espacio se estaba Dios en buena fé si avía de consentir que el Arzobispo de Toledo venga sus manos lavadas, é disponga así ligeramente de todo lo que él ha ordenado é cimentado de tanto tiempo acá con tantos é tan divinos misterios. Facedme agora tanto placer, si deseais servir á ese Señor, que le consejeis que no lo piense así, é que no mire tan somero cosa tan honda: en especial le consejad que huyga quanto pudiere de ser causa de divisiones en los Reynos como de fuego infernal, é tome exemplo en los fines que han avido los que divisiones han causado. Vimos que el Rey Don Juan de Aragon, padre del Rey nuestro Señor, favoresció algunas parcialidades é alteraciones en Castilla; é vimos que permitió Dios á su fijo el Príncipe Don Carlos que le pusiese escándalos é divisiones en su Reyno: é tambien vimos que el fijo que las puso, é los que le succedieron en aquellas divisiones, murieron en el medio de sus dias sin conseguir el fruto de sus deseos. Vimos que el Rey Don Enrique crió é favoresció aquella division en Aragon; é vimos que el Principe Don Alfonso su hermano le puso division en Castilla: é vimos que plugo á Dios de le llevar desta vida en su mocedad como á instrumento de aquella division. Vimos que el Rey de Francia procuró asimismo division en Inglaterra; y vimos que el Duque de Guiana su hermano procuró division en Francia: é vimos que el hermano perdió la vida sin conseguir lo que deseaba. Vimos que el Duque de Borgoña, y el Conde de Barvique, y otros muchos procuraron en los Reynos de Inglaterra é de Francia divisiones y escándalos; é vimos que murieron en batallas despedazados é no enterrados. E si quereis exemplo de la Sacra Escriptura, Architofel é Absalon procuraron division en el Reyno de David, é murieron ahorcados. Así que, visto, todo esto que vimos, no sé quién puede estár bien y estár quedo, é quiere estar mal y estar bullendo.
LETRA VII.
Para el Rey de Portugal.[31]
Muy poderoso Rey é Señor: Sabido he la inclinacion que Vuestra Alteza tiene de aceptar esta empresa de Castilla, que algunos Caballeros della os ofrescen: é despues de aver bien pensado en esta materia, acordé de escrebir á Vuestra Alteza mi parescer. Bien es, muy excelente Rey é Señor, que sobre cosa tan alta é tan ardua haya en vuestro Consejo alguna plática de contradicion disputable, porque en ella se aclare lo que á servicio de Dios, honor de vuestra Corona Real, bien é acrescentamiento de vuestros Reynos mas conviene seguir. E para esto, muy poderoso Señor, segun en las otras guerras santas dó aveis seído victorioso aveis fecho, porque en esta con ánimo limpio de pasion lo cierto mejor se pueda discernir, mi parescer es que ante todas cosas aquel Redentor se consuele[32] que vuestras cosas conseja, aquel se mire que siempre os guia, aquel se adore é suplique que vuestras cosas é estado segura é prospéra; porque como quier que vuestro fin es ganar honra en esta vida, vuestro principio sea ganar vida en la otra. E quanto toca á la justicia que la Señora vuestra Sobrina dice tener á los Reynos del Rey Don Enrique, que es el fundamento que estos Caballeros de Castilla facen, é aun lo primero que Vuestra Alteza debe mirar, yo por cierto, Señor, no determino agora su justicia; pero veo que estos que os llaman por executor della son el Arzobispo de Toledo, y el Duque de Arevalo, é los fijos del Maestre de Santiago é del Maestre de Calatrava su hermano, que fueron aquellos que afirmaron por toda España, é aun fuera della publicaron, esta Señora ni tener derecho á los Reynos de Don Enrique, ni poder ser su fija por la impotencia experimentada que dél en todo el mundo por sus cartas é mensageros divulgaron: é allende desto le quitaron el título Real, é ficieron division en su Reyno. Deberiamos pues saber ¿cómo fallaron estonces, esta Señora no ser heredera de Castilla, é pusieron sobre ello sus estados en condicion, é como fallaron agora ser su legítima succesora, é quieren poner á ello el vuestro? Estas variedades, muy poderoso Señor, dan causa justa de sospecha que estos Caballeros no vienen á vuestra Señoria con zelo de vuestro servicio, ni menos con deseo desta justicia que publícan; mas con deseo de sus propios intereses que el Rey é la Reyna no quisieron, ó por ventura no pudieron complir segun la medida de su cobdicia: la qual tiene tan ocupada la razon en algunos hombres, que tentando sus propios intereses acá é allá, dan el derecho ageno dó hallan su utilidad propria. Y debeis creer, muy excelente Señor, que pocas veces vos sean fieles aquellos que con dádivas ovieredes de sostener; antes es cierto aquellas cesantes os sean deservidores, porque ninguno de los semejantes viene á vos como debe venir, mas como piensa alcanzar. E quando vencido ya de la instancia dellos vuestra Real Señoría acordase todavia aceptar esta empresa, yo por cierto dubdaria mucho entrar en aquel Reyno, teniendo en él por ayudadores, y menos por servidores, los que el pecado de la division pasada ficieron, é quieren agora de nuevo facer otra, reputándolo á pecado venial, como sea uno de los mayores crimines que en la tierra se puede cometer, é señal cierta de espíritu disoluto é inobediente: por el qual pecado los de Samaria, que fueron causa de la division del Reyno de David, fueron tan excomulgados, que Nuestro Redentor mandó á sus Discipulos: En la provincia de Samaria no entreis; numerándolos en el gremio de las idolatrías. E aunpor tales mandó el Hombre de Dios al Rey Amasías que no juntase su gente con ellos para la guerra que entró á facer en la tierra de Seir; y en caso que este Rey avía traído cient mil dellos, é pagadoles el sueldo, los dexó por ser varones de division y escándalo, é no osó envolverse con ellos, ni gozar de su ayuda en aquella guerra, por no tener irada la divinidad: la qual en todas las cosas, y en la guerra mayormente, debemos tener aplacada, porque sin ella ninguna cosa está, ningun saber vale, ningun trabajo aprovecha. E por tanto mirad por Dios, Señor, que vuestras cosas hasta hoy florescientes no las envolvais con aquellos que el derecho de los Reynos, que es divino, miran, no segun su realidad, mas segun sus pasiones é proprios intereses. E quanto á la promesa tan grande é dulce como estos Caballeros os facen de los Reynos de Castilla con poco trabajo é mucha gloria, ocúrreme un dicho de Sant Anselmo, que dice: Compuesta es é muy afeytada la puerta que convida al peligro: é por cierto, Señor, no puede ser mayor afeytamiento ni compostura de la que estos vos presentan; pero yo fago mas cierto el peligro de esta empresa, que cierto el efecto de esta promesa. Lo primero, porque no vemos aquí otros Caballeros sino estos solos, y estos no dan seguridad ninguna de su lealtad; é caso que aya otros secretos que afirman aclararse, los tales no piensan tener firme como deben, mas temporizar como suelen, para declinar á la parte que la fortuna se mostrare mas favorable. Lo segundo, porque dado que todos los mas de los Grandes, é de las Cibdades é Villas de Castilla, como estos prometen, vengan luego á vuestra obediencia, no es dubda, segun la parentela que el Rey tiene, que muchos Caballeros é Grandes Señores é Cibdades é Villas se tengan por él é por la Reyna, á los quales asimismo los pueblos son muy aficionados, porque saben ella ser fija cierta del Rey Don Juan, é su marido fijo natural de la Casa Real de Castilla; é la Señora vuestra sobrina fija incierta del Rey Don Enrique, y que vos la tomais por muger: de lo qual no pequeña estima se debe facer, porque la voz del pueblo es voz divina, é repugnar lo divino es querer con flaca vista vencer los fuertes rayos del sol. Eso mismo porque vuestros súbditos nunca bien se compadescieron con los Castellanos, y entrando Vuestra Alteza en Castilla con título de Rey, podria ser que las enemistades é discordias que entre ellos tienen, é de que estos facen fundamento á vuestro reynar, todas se saneasen, é convertiesen contra vuestra gente por el odio que antiguamente entre ellos es. Lo otro, porque en tiempo de division, así á vos de vuestra parte, como al Rey é á la Reyna de la suya converná dár é prometer, rogar é sufrir á todos, porque no muden el partido que tovieren para se juntar con la parte que mas largamente con ellos se oviere. Así que, Señor, pasariades vuestra vida sufriendo é dando é rogando, que es oficio de subjecto é no reynando é mandando, que es el fin que vos deseais, y estos Caballeros prometen. Tornando agora pues á fablar en la justicia de la Señora vuestra sobrina, yo, muy alto Rey é Señor, desta justicia dos partes fago: una es esta que vosotros los Reyes é Príncipes é vuestros Oficiales por cosas probadas mandais executar en vuestras tierras, é á esta conviene preceder prueba é declaracion ante que la execucion. Otra justicia es la que por juicio divino, por pecados á nosotros ocultos, vemos executar veces en las personas proprias de los delinquentes, y en sus bienes, veces en los bienes de sus fijos é sucesores: así como fizo al Rey Roboam, fijo del Rey Salomón, quando de doce partes de su Reyno luego en reynando perdió las diez. No se lee pues Roboam aver cometido público pecado fasta estonces por dó los debiese perder: é como juntase gente de su Reyno para recobrar lo que perdia, Semey, Profeta de Dios, le dixo de su parte: Está quedó, no pelees, no es la voluntad divina que cobres esto que pierdes. E como quiera que Dios ni face ni permite facer cosa sin causa, pero el Profeta no gelo declaró; porque tan honesto es y comedido Nuestro Señor, que aun despues de muerto el Rey Salomón no le quiso deshonrar, ni á su fijo envergonzar, declarando los pecados ocultos del padre porque le plugo que el sucesor perdiese estos bienes temporales que perdia. En la Sacra Escriptura, é aun en otras Historias auténticas hay desto asaz exemplos: mas porque no vamos á cosas muy antiguas é peregrinas, este vuestro Reyno de Portugal á la Reyna Doña Beatriz fija heredera del Rey Don Fernando, é muger del Rey Don Juan de Castilla, pertenescia de derecho público; pero plugo al otro juicio de Dios oculto darlo al Rey vuestro aguelo, aunque bastardo é profeso de la Orden de Cistel. E porque á este oculto juicio este Rey Don Juan quiso repugnar, cayeron aquella multitud de Castellanos, que en la de Aljubarrota sabemos y es notorio ser muertos. De derecho claro pertenescian los Reynos de Castilla á los fijos del Rey Don Pedro; pero vemos que por virtud del juicio del Dios oculto lo poseen hoy los descendientes del Rey Don Enrique su hermano, aunque bastardo. E si quiere Vuestra Alteza exemplos modernos, ayer vimos el Reyno de Inglaterra que pertenescia al Príncipe fijo del Rey Don Enrique, é vemoslo hoy poseer pacífico el Rey Eduarte, que mató al padre é al fijo. E como quier que vemos claros de cada dia estos é semejantes efectos, ni somos ni podemos ser acá jueces de sus causas, en especial de los Reyes, cuyo juez solo es Dios que los castiga, veces en sus personas é bienes, veces en la succesion de sus fijos: segun la medida de sus yerros. Sant Augustin en el libro de la Ciudad de Dios dice: ¿El juicio de Dios oculto puede ser iniquo? no. ¿Qué sabemos pues, muy excelente Rey é Señor, si el Rey Don Enrique cometió en su vida algunos graves pecados por dó tenga Dios deliberado en su juicio secreto disponer de sus Reynos en otra manera de lo que la Señora vuestra sobrina y estos Caballeros procuran, segun fizo á Roboam, é á los otros que declarado he á vuestra Señoría? De los pecados públicos se dice dél, que en la administracion de la justicia (que es aquella por dó los Reyes reynan) fue tan negligente, que sus Reynos vinieron en total corrupcion é tiranía, de manera que antes muchos dias que fallesciese todo quasi el poderío é autoridad Real le era evanescido. Todo esto considerado, querria saber ¿quién es aquel de sano entendimiento que no vea quan dificile sea esto que á Vuestra Alteza facen facile, y esta guerra que dicen pequeña quanto sea grande, é la materia della peligrosa. En la qual si algun juicio de Dios oculto hay, por dó Vuestra Alteza repugnándolo oviese algun siniestro, considerad bien, Señor, quan grande es el aventura en que poneis vuestro Estado Real, y en quanta obscuridad vuestra fama, que por la gracia de Dios por todo el mundo relumbra. Allende desto, de necesario ha de haber quemas, robos, muertes, adulterios, rapiñas, destruiciones de Pueblos é de Casas de oracion, sacrilegios, el culto Divino profanado, la Religion apostatada, é otros muchos estragos é roturas que de la guerra surten. Tambien vos converná sofrir é sostener robos é robadores é hombres criminosos, sin castigo ninguno, é agraviar los ciudadanos é hombres pacíficos, que es oficio de tirano, é no de Rey, é vuestro Reyno entretanto no será libre destos infortunios; porque en caso que los enemigos no le guerreasen, vos era forzado con tributos continuos, y servidumbres premiosas para la guerra necesarias, los fatigasedes: de manera que procurando una justicia, cometeriades muchas injusticias. Allende desto vuestra Real Persona, que por la gracia de Dios está agora quieta, es necesario que se altere; vuestra consciencia sana, es por fuerza que se corrompa: el temor que tienen vuestros súbditos á vuestro mandado, es necesario que se afloje. Estais quito de molestias; es cierto que avreis muchas. Estais libre de necesidades; meteis vuestra persona en tantas é tales que por fuerza os farán subjecto de aquellos que la libertad que agora teneis os face Rey é Señor. E porque conozco quanto zela vuestra alta Señoría la limpieza de vuestra excelente fama, quiero traer á vuestra memoria, como ovistes enviado vuestra embaxada á demandar por muger á la Reyna. Tambien es notorio quantas veces en vida del Rey Don Enrique vos fue ofrescida por muger la Señora vuestra sobrina, é no vos plugo de lo aceptar, porque se decia vuestra consciencia Real no se sanear bien del derecho de su succesion. Pues considerada agora esta mudanza sin preceder causa pública porque la debais facer ¿quien no avrá razon de pensar que hallais agora derecha succesora á vuestra sobrina, no porque lo sea de derecho, mas porque la Reyna que demandastes por muger contraxo antes el matrimonio con el Rey su marido que con vos que la demandastes? E avria lugar la sospecha de cosas indebidas, contrarias mucho á las virtudes insignes que de vuestra Persona Real por todo el mundo están divulgadas. E soy maravillado de los que facen fundamento deste Reyno que vos dan en la discordia de los Caballeros é gentes dél, como si fuese imposible la reconciliacion entre ellos, é conformarse contra vuestras gentes. Podemos decir por cierto, muy alto Señor, que el que esto no vé es ciego del entendimiento, y el que lo vé é no lo dice es desleal. Guardad Señor, no sean estos consejeros los que consejan no segun la recta razon, mas segun la voluntad del Príncipe ven inclinada. E por tanto, muy alto é muy poderoso Rey é Señor, antes que esta guerra se comience se debe mucho mirar la entrada; porque principiar guerra quien quiera lo puede facer; salir de ella no, sinó como los casos de la fortuna se ofrescieren, los quales son tanto varios é peligrosos que estados Reales é grandes no se les deben cometer sin grande é madura deliberacion é á cosas muy justas é ciertas.