1. Primeramente se le Cargan al dicho Receptor quinientas libras por el propio de veinte y vna libras y Cinco Sueldos de Censo al fuero de quatro libras, y Cinco Sueldos por Ciento que en 26 de Mayo hase dicha Vniverzidad C.ta de las q.tas passadas n.o 2. . . . . . . . . . . 500
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2. Mas se le Cargan quarenta y dos libras y diez Sueldos por los Corridos de dho. Censo de los años de 1692 y 1693, havida Consideracion de que este Censo fue Cedido al dho. Receptor por Raphael y Miguel Aguilons hijos de dicha relaxada en 22. de Diziembre del año de 1691. dia en que se firmo el auto de transaccion por ante Nicolas Rubert nott.o. . . . . . . . . . . 42
10
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3. Mas se le Cargan Cien libras por el propio de quatro libras y diez Sueldos d. Censo que en 20. de Septiembre haze dicha Vniverz.d C.ta n.o 3. . . . . . . . . . . 100