También deberían mantener inmediatos a los pueblos una buena porción de bueyes para alquilarlos a los que los necesitasen para sus labranzas, fuesen españoles o indios; bien es que a éstos se les arreglaría un precio moderado que sólo sufragase el menoscabo de los bueyes y salarios de pastores.

A ninguno debería dársele nada de balde, pudiendo trabajar, para que así cada uno procurara tener bueyes, caballos y todo lo necesario para ahorrarse de tener que pagar alquileres.

En poder del factor no debería extinguir ni por un solo día dinero, ni cosa alguna que perteneciese a la factoría, pues todo habría de almacenarse bajo de las tres llaves dichas; y entre tanto se verificaba al fin de cada semana, que permaneciese en poder del mayordomo y demás destinados al manejo, y que el factor cuidase de la conducta de éstos, y de tomar las cuentas semanalmente como queda dicho.

Tampoco se le debería permitir al factor, ni a ningún otro de los empleados, el tomar de la pulpería, carnicería ni almacenes cosa alguna con pretexto de suplemento, ni al fiado para el gasto diario, pues toda lo había de comprar al contado, y si tenía alguna necesidad, con la orden del gobierno y formalidades necesarias se les podía socorrer en dinero a cuenta de la parte de utilidad que en el ajuste de cuentas le correspondiese; ni tampoco habían de servirse de bueyes, caballos ni otros aperos de la factoría en sus fines particulares, si no es pagando de contado los alquileres de todo.

Deberían suprimirse y venderse, a beneficio de la factoría, todos los muebles y utensilios de cocina y refectorio, sin dejar otros muebles que los precisos para alhajar y adornar las casas capitulares, cuanto de hospedería del gobernador y algunos otros de esta clase; y estos muebles tenerlos y conservarlos como consejiles, destinados para ornatos de los mismos pueblos.

Los frutos comerciables sobrantes de los pueblos se deberían remitir por los factores a los parajes en que pudieran tener mayor beneficio en su venta, particularmente a la capital de Buenos Aires, para que los vendiesen a beneficio de la factoría y les remitiesen con su producto lo que pidiesen; y para que este giro fuese ventajoso y no estuviese expuesto a perjuicios e inconvenientes, me parece debía establecerse en esta forma.

Por la Junta superior de propios y arbitrios de Buenos Aires, o por quien la Superioridad tuviese por conveniente, pudieran nombrarse en aquella ciudad tres o cuatro sujetos de calidad, y con las fianzas convenientes, para apoderados de los pueblos, habilitándolos para que pudiesen recibir encomiendas de ellos; y que a éstos y no a otros dirigieran los factores las haciendas de sus respectivos manejos, pero dejándoles la libertad de elegir de estos apoderados aquel que quisieren, y la de remover las encomiendas cuando lo considerasen útil a sus intereses, sin necesitar de pruebas, como tampoco las necesitarían los mismos apoderados para excusarse a recibir las encomiendas cuando no les acomodase el recibirlas, así como se practica entre comerciantes. Y que estos apoderados estuviesen dependientes y sujetos a los respectivos pueblos de quien tuviesen encomiendas, para arreglarse a sus disposiciones, rendir las cuentas cuando se las pidieran y todo lo demás concerniente al manejo que administraba, entendiéndose sin perjuicio de las disposiciones y reglas que tuviese a bien darles la Superioridad, y demás que expresaré cuando trate del gobierno político de estos pueblos y modo con que los factores deberían rendir sus cuentas.

Con esta providencia se conseguiría el que los apoderados, por conservar las comisiones que ya tuviesen, y por adquirir otras más que pudieran agregárseles de otros pueblos, procurarían ser puntuales en el desempeño de sus cargos, dando el mejor valor a los efectos que se les remitiesen, y comprando con la posible equidad lo que se les pidiese; y asegurarían la confianza de los naturales y factores con el cotejo que harían de las ventas y compras de unos y otros apoderados, lo que jamás podrán hacer siendo uno solo como lo ha sido hasta ahora el que administre sus haciendas, evitándose también el perjuicio que se seguiría de que cada pueblo tuviese su apoderado particular, como algunos han opinado, en lo que concibo mayor perjuicio que en que haya uno solo.

Para que todas estas cosas se observasen con igualdad y puntualidad en todos los pueblos, era preciso formar una instrucción, en que menudamente con claridad y método se arreglase el gobierno económico de cada pueblo, y que sirviese de ordenanza a los factores y demás empleados en este manejo, la que, en caso necesario, me sería fácil de formar, mediante la práctica y conocimiento que tengo de cuanto se practica y puede practicarse.

Arreglado y puesto en práctica el método propuesto, serían en mi concepto infalibles las favorables resultas, así para la factoría como para los indios, pues tenían seguros los jornales, y dónde proveerse en todas sus necesidades, los que no tuviesen labranzas propias, y los que las tuviesen la seguridad de vender todos sus frutos a un precio fijo y determinado; y la factoría la seguridad de unos crecidos aumentos en todos los ramos que beneficiase, no quedándome duda que en un pueblo de medianos fondos y proporciones no bajarían de 8 a 10.000 pesos las utilidades anuales, aun considerados a los principios y con solas las faenas presentes, lo que evidenciaré a usted con el siguiente tanteo.