I

Desde luego advierto al lector que esta fecha no viene aquí con la pretensión de figurar entre las muy justamente célebres que guardan los fastos españoles, ni pertenece siquiera al catálogo de esas otras de flamante cuño que, no mereciendo, por ningún estilo, que la imparcial severa Historia las registre en sus páginas, andan indocumentadas pidiendo hospitalidad de puerta en puerta y rebotando de periódico en periódico, á manera de proyectil elástico. Hablo de los diez de abril, tres de octubre, siete de julio veintinueve de septiembre, y otras ejusdem farinoe, no menos zarandeadas, en estos tiempos que corremos, por los campeones de la política militante, ya como gloria, ya como afrentas.

Tampoco se halla impresa en ninguna parte con sangre de libres ni de esclavos, ni recuerda patíbulos, ni asonadas, ni siquiera un mal cintarazo. Por tanto, no aspira á que el país la recuerde sólo con que yo se la cite. Más humilde en su origen y en sus aspiraciones, se cree muy honrada con que unos cuantos pueblos de la Montaña y yo la evoquemos con inocente complacencia: ellos, por lo que afecta á sus caros intereses: yo, por el que me tomo siempre en cuanto sirve de satisfacción á los demás.

Es, pues, el caso de que los labradores ganaderos de la parte central de la provincia, cuando llega el mes de mayo, no solamente no tienen en el pajar un pelo de yerba de la recogida en el agosto anterior, sino que sus ganados han destrozado ya las mieses durante los meses de derrotas, y han recorrido las sierras bajas, y han comido escajo, picado á fuerza de ímprobos sudores, y han ido entresacando los herbalachos que crecen entre zarzas y matorrales, y hasta han roído el césped de las lindes de los camberones. ¡Calcúlese cómo viviría el ganado hasta el mes de agosto, época de la recolección y acopio de yerba para el invierno, si no tuviera más recursos que los ordinarios de casa, digámoslo así!

Por fortuna de los pobres animales, hay en esta provincia, sobre su parte más elevada, entre Campóo, Cabuérniga y Polaciones, unos pastos en los puertos de Lodar, Peñalabra, Palombera, Brañamayor y otros, que están diciendo «pacedme»; y á pacerlos van desde junio á octubre, los ganados, ó cabañas, de varios pueblos de la indicada región, que están en pleno goce de ese privilegio.

De qué procede éste, y por qué le tienen unos pueblos y otros no, lo ignoro absolutamente. De cuándo data, tampoco es fácil decirlo. No sé más sino que, en cierta ocasión, el Concejo de Vioño, uno de los privilegiados, tuvo necesidad de reivindicar su derecho, y siguió un pleito con los Concejos altos que se le negaban, ante la Real Chancillería de Valladolid, la cual le sentenció en el año de 1630. Yo he visto esos autos, y según ellos, alegaban los de Vioño «estar en quieta, pacífica posesión de lo hacer é gozar libremente con los dichos sus ganados á ciencia y paciencia de las partes contrarias, de uno, diez, veinte, treinta, cuarenta, cincuenta…, ciento y más años; y de tantos, que en memoria de hombre no era en contrario». ¡Figúrense ustedes si será antigua la costumbre!

La Real Chancillería mantuvo al Concejo querellante en su derecho «de llevar su cabaña con palos, pastores, perros y cencerros, á pacer las yerbas y beber las aguas, seleando y majadeando, á los sitios de Bus Cabrero, Bustamezán, Cueto de Espinas, etc., etc….»

Idéntico y tan antiguo privilegio es el que disfrutan los demás Concejos sobre éstos y otros puertos. Puedo ofrecer al lector la lista de todos los privilegiados. Se la debo á un anciano de uno de ellos, hombre que sabe de memoria las ordenanzas del caso (pues no las conserva escritas aquel archivo municipal) y es quien resuelve las dudas y conoce prácticamente hasta los linderos de los puertos. Allá va, pues, la lista aunque no me la agradezca nadie: Barcenaciones, Bustablado, Cerrazo, Cohicillos, Cóo, Helguera, La Busta, La Montaña, Los Corrales, Llano, Mercadal, Novales, Oreña, Polanco, Quijas, Reocín, Rudagüera, Ruiloba, San Mateo, Somahoz, Tanos, Tarriba, Toporias, Treceño, Udías, Valle, Valle de Cabezón, Viérnoles, Vioño y Zurita.

En cambio del disfrute de los puertos altos por las cabañas de estos Concejos, durante determinados meses del verano, pesa sobre ellos un casi imaginario y levísimo gravamen. De uno de los Concejos me consta que solo está obligado, en el caso en que las nieves fuesen tan copiosas y duraderas en los altos que, consumida la ceba[13] de los invernales[14], tuvieran aquellas cabañas que emigrar á los bajos (caso que aún está por ver) á dar dos haces de puntas secas de maíz por cada res, y á sacar su carro cada vecino, durante la noche, al corral, á fin, sin duda, de que el ganado inmigrante pueda guarecerse en los soportales, ó en los cobertizos desalojados.

En el mismo caso de emigración forzosa, las cabañas de Campóo y Polaciones tienen á su disposición, durante la primavera, seles en los montes comunes de abajo, mientras dure la nieve arriba; pero á condición de que no han de pasar las cabañas de los términos más próximos á la nieve.