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Cédula advirtiendo al Obispo de Badaxoz, que los indios que venian en las carabelas, se vendan en Andalucía; e que apresure Bernal de Pisa la salida de las otras carabelas para las Indias[694].

12 de abril de 1495.

El Rey e la Reyna.

Reverendo in Cristo Padre Obispo: Dempues de aberos escripto e ymbiado el despacho que os ymbiamos sobre lo que toca a las quatro carabelas que Mandamos agora ymbiar a las Indias, rrescebimos vuestra letra con un correo, por lo qual Nos faceis saber la venida de las otras quatro carabelas de allá, de lo qual obimos muncho plascer; e porque esperamos la venida de Torres con las cartas que de allá trae, non podemos agora escrebiros acá en ello. Cerca de lo que Nos escrebisteis de los indios que vienen en las carabelas, paréscenos que se podran vender mexor en Andalucía quen otra parte; debeislos facer vender como mexor os paresciere; y en la venida de Bernal de Pisa, debeis facer que se venga luego acá, e ymbiad algunas cosas que vengan con él para las traer a Nos.

Cuanto a las quatro carabelas que vos escrebimos que ymbiáredes agora, paréscenos que por la nescesidad de manthenimientos que los questan en las Indias thienen, debeis dar muncha priesa en la partida dellas; e porque con el mensaxero que ayer partió vos escrebimos largo, non ay agora más que descir. De Madrid a doce dias de abril de noventa e cinco. E vos encargamos que con estas quatro carabelas vaya Joan Aguado.

(Está rrubricado e sellado)

Provisión de 30 de octubre de 1503[695].

Por una provisión dada en Segovia a 30 de octubre de 1503, la magnánima Isabel dió licencia para cautivar a los caribes y venderlos, así en Indias como en España y demás lugares que por bien tuviesen los traficantes. «Porque trayéndose a estas partes—decía la Provisión—é sirviéndose de ellos los cristianos, podrán ser más ligeramente convertidos é atraídos a nuestra santa fé católica.»

Orden de los Reyes mandando se entregaren a Juan de Lezcano cincuenta indios para distribuirlos en las galeras de su mando[696].