| Habitantes | |
| Península, islas adyacentes y posesiones de la costa septentrional de África. | 16.625.860 |
| Filipinas. | 5.561.232 |
| Cuba. | 1.449.182 |
| Puerto Rico. | 754.313 |
| Posesiones del Golfo de Guinea. | 35.000 |
| Total habitantes. | 24.425.587 |
»Hay que dividir, pues, las 10.824.539.993 pesetas que obtienen de beneficio los habitantes de España y de sus Indias, por 24.425.587 a que ascienden estos, lo cual nos da un cociente de 443 pesetas 163 milésimas.
»Esto es lo que correspondería a cada español al año si no tuviésemos deudas sagradas, contraídas con extranjeros, las cuales nuestra honradez y nuestra hidalguía nos obligan a satisfacer.
»Dichas deudas representan los siguientes intereses anuales:
| Pesetas | |
| Intereses de la renta al 3 por 100, reconocida al Gobierno de Dinamarca. | 97.500 |
| Idem de la deuda perpetua al 4 por 100 exterior. | 78.846.040 |
| Idem del 2 por 100 exterior. | 6.529.135 |
| Anualidad del empréstito Rothschild. | 3.750.000 |
| Idem del anticipo Fould. | 2.575.000 |
| 3 por 100 exterior no convertido. | 900.000 |
| Total. | 92.697.675 |
»Si dividimos estas 92.697.675 pesetas por los 24.425.587 habitantes de España y de sus provincias ultramarinas, resulta que cada uno debería contribuir para el pago de las deudas exteriores con 4 pesetas 122 milésimas.
»Deduciendo esta cantidad de las 443 pesetas y 163 milésimas, quedan 439 pesetas y 40 milésimas.
»Tal es la asignación anual, dentro del criterio más optimista, a que tendríais derecho, en la suposición quimérica de que no variasen las condiciones del trabajo desde el momento en que el producto de este fuese propiedad del Estado.
»A lo sumo, pues, corresponderían a cada español 439 pesetas y 40 milésimas al año, o sea UNA PESETA Y VEINTE CÉNTIMOS próximamente al día.