Carpenter, en su obra antes citada, al referirse al Mensaje presidencial de 21 de diciembre de 1836, cuyos párrafos más esenciales antes transcribimos, y al aludir a la neutralidad que según dicho Mensaje debían guardar los Estados Unidos a fin de no provocar el enojo de Méjico, hace este comentario:
Aparentemente, según dicho Mensaje, el Gobierno tenía el propósito de proceder con verdadera cautela en el asunto de la independencia de Tejas. No se le quería causar ofensa alguna al Gobierno de Méjico, pero en el Norte se pensaba por todo el mundo, especialmente por los antiesclavistas, que las palabras del Presidente no eran sinceras. En primer lugar, una gran parte de la población de Tejas estaba formada por emigrantes del Sur de los Estados Unidos, y con este elemento se había formado casi todo el ejército tejano. En Nueva Orleans se reclutaban hombres públicamente para dicho Ejército, sin que las autoridades realizaran el menor esfuerzo para impedirlo; y, sobre todo, se sabía hasta la saciedad que la verdadera causa de la revolución tejana reconocía su origen en el hecho de que el Gobierno mejicano había decretado la abolición de la esclavitud.
Hechas estas breves indicaciones acerca de la verdadera actuación de Jackson en los asuntos tejanos, sigamos nuestra relación en el punto en que la dejamos: en el momento en que dicho Presidente reconocía la independencia de Tejas, la víspera de cesar en su cargo, en el que había de sustituirlo quien era de esperar que, por haber sido un colaborador de su Gobierno, habría de seguir su misma conducta política: Martin Van Buren.
Apenas reconocida la independencia de Tejas, su legislatura facultó al Presidente de la República para gestionar su admisión en la Unión; y habiendo recibido instrucciones en tal sentido Menucan Hunt, Ministro Plenipotenciario en Washington, este funcionario depositó una nota en la Secretaría de Estado, en 4 de agosto de 1837, formulando aquella pretensión. Transcurrió todo el mes de agosto sin que por la Secretaría de Estado se hiciera público el asunto, ni se tomara decisión alguna. En 4 de septiembre el Presidente convoca al Congreso a una sesión especial para tratar de diversos asuntos, y nada dice acerca de éste; pero, ya reunidas las Cámaras, John Quincy Adams, representante por Massachusetts, en 13 de ese mes interesó que por el Presidente de la República se informara acerca de si el Gobierno de Tejas había propuesto la anexión, y, en caso afirmativo, lo que se hubiere contestado.
Apoyó Adams su petición con un discurso en el que sostuvo que sólo el pueblo de los Estados Unidos directamente, de una parte, y el de Tejas, de la otra, podían resolver lo de la anexión, y que ésta constituía un problema tan grave, que una gran parte de la opinión prefería que se disolviera la Unión antes de que se consumara ese hecho. Por estos mismos días se reunieron las legislaturas de ocho Estados, declarándose también contrarias a la anexión; y en vista, sin duda, de todo esto, antes de que transcurriera el citado mes, el Secretario de Estado, John Forsyth, le contestaba al diplomático tejano que ni la proposición en cuestión, ni ninguna otra por su estilo, sería tomada en consideración mientras no cesara el estado de guerra existente entre Méjico y Tejas.
Este incidente, al poner sobre el tapete la cuestión de Tejas, produjo el efecto de despertar las iniciativas de los esclavistas. Si hubo Estados que se significaron contra la anexión, en cambio otros, como los de Tennessee, Alabama, Mississippi y Carolina del Sur, abogaron por dicha solución. John C. Calhoun figuraba como leader de los anexionistas. Desde mayo del año anterior, es decir, a raíz de la batalla de San Jacinto, había declarado que los Estados del Sur necesitaban a Tejas indispensablemente, como único medio de no ser aniquilados por los del Norte. Ahora se mostraba más radical aun: hay que escoger, decía, entre la anexión o la secesión.
Los esclavistas echaron sobre Adams la responsabilidad de que el territorio de Tejas no perteneciera a los Estados Unidos. Dicho territorio, decían, por haber formado parte siempre de la provincia española de la Louisiana, fué adquirido en 1803, cuando Jefferson compró dicha provincia; pero había sido devuelto a España en 1819, en el tratado de la Florida, efectuado bajo la dirección de Adams, al fijar a los Estados Unidos como límite por el Oeste el río Sabina. Suponían que Adams, al proceder de esa manera, se había inspirado en el propósito de impedir, por ese medio, que se formaran nuevos estados esclavistas; e invocaban el testimonio de Erving, Ministro que había sido en Madrid cuando se negociaba el tratado de la Florida, y que había declarado que si esas negociaciones se hubieran concluído en aquella Capital, o, por mejor decir, donde se iniciaron, y no hubiesen sido llevadas después a Washington, donde fueron concluídas, España hubiera convenido en el dominio de los Estados Unidos sobre Tejas, desde el momento en que él hubo conseguido que se reconociera el río Grande como lindero.
Es por esto por lo que los anexionistas adoptaron como lema la palabra "reanexión"; pero lema, dice Roosevelt, que no era más que el barniz de derecho con que querían cubrir sus pretensiones. Tenemos que reanexarnos, decían, el territorio que es nuestro y de que nos ha privado la maldad de un estadista del Norte. Se olvidaban los acusadores de Adams de que, según dijimos antes, siendo éste Presidente de la República había iniciado gestiones para obtener de Méjico la cesión de Tejas, y que anteriormente, como Secretario de Estado, en la época de la presidencia de Monroe, quiso demandarle a España el reconocimiento del dominio de los Estados Unidos, oponiéndose sus compañeros de Gabinete, y el propio Monroe, a que se formulara semejante pretensión.
No se arredró el insigne ex Presidente ante las imputaciones de sus adversarios. En junio de 1838 presentó en la Cámara de Representantes la siguiente moción:
Se resuelve que la facultad de anexar a esta Unión un estado independiente, no está delegada por la Constitución en el Congreso, ni en ningún otro Departamento del Gobierno, sino que es privativa del pueblo; y que cualquier tentativa del Congreso para realizar la anexión de la República de Tejas, ya se intente efectuarla por medio de una ley o por medio de un Tratado, ha de constituir una usurpación de poder, un acto ilegal y nulo, que el pueblo libre de la Unión tendrá el derecho de resistirla y el deber de anularla.