Al mismo tiempo se daba cuenta el Gobierno de que los Estados Unidos no podían impedirle a las naciones de Europa ejercitar los medios que fueran conducentes a obtener la satisfacción de aquellas reclamaciones de sus súbditos, que fueran procedentes y justas. Al conjuro de esa necesidad surgió la llamada política de prevención, a que antes nos hemos referido, según la cual los Estados Unidos deben actuar en el sentido de evitar posibles conflictos entre las naciones de Europa y las de América, llegando, si fuere necesario, hasta a intervenir en los asuntos de éstas.
He aquí cómo la justifica Roosevelt en su Mensaje de 6 de diciembre de 1904:
Los Estados Unidos no están animados, con respecto a las otras naciones de este Continente, por otro deseo que no sea el de verlas desenvolverse con orden y prosperidad. Todo pueblo que se conduzca bien, puede contar con la seguridad de nuestra amistad. Los Estados Unidos no tienen porqué mezclarse ni intervenir en los asuntos de aquellas naciones que se conduzcan con decencia y corrección; pero cuando el desorden se entroniza en un país, hasta el punto de que éste se hace incompatible con los altos intereses de la civilización, parece cosa indicada la intervención de una nación civilizada. En el continente occidental, la doctrina de Monroe le impone al Gobierno de los Estados Unidos el deber de desempeñar esa misión, desarrollando una política de policía internacional. Si cada una de las naciones que baña el mar Caribe se dieran cuenta e imitaran los progresos realizados en Cuba, merced a la Enmienda Platt, desde que la abandonaron nuestras tropas, terminaría todo motivo, por parte nuestra, para intervenir en sus asuntos. En realidad son idénticos nuestros intereses y los de nuestros vecinos del Sur. Esos países poseen grandes riquezas, y si lograran mantener el imperio de la justicia y de la ley, su prosperidad sería enorme. Aquellos que sepan guardar las reglas que observan los países civilizados, encontrarán en todas partes un ambiente de cordialidad y simpatía. Nosotros nos mezclamos en los asuntos de esos países sólo en último caso, cuando se comprueba que en sus asuntos interiores no pueden proceder con justicia y que en los exteriores han violado los derechos de los Estados Unidos o han provocado una agresión extranjera en perjuicio de las naciones de la América. Es una verdad, fuera de dudas, que toda nación, sea o no americana, que quiera mantener su libertad e independencia, se debe dar cuenta de que no disfruta de esa libertad e independencia para hacer mal uso de las mismas.
(1905). El propio Presidente Roosevelt, en su Mensaje anual de 5 de diciembre de 1905, refirióse de nuevo a la necesidad de que los Estados adoptaran la política de prevención, en estos términos:
Debemos demostrar, además, que nos proponemos impedir que una nación, en este Continente, utilice la doctrina de Monroe como escudo para protegerse contra las consecuencias de sus propias malas acciones. Si alguna de las Repúblicas al Sur de la nuestra, hace algún daño a alguna nación extranjera, atropellando, por ejemplo, a algún ciudadano de esta nación, en semejante caso la Doctrina no nos obliga a intervenir para pedir que se castigue al autor del daño, excepto para cuidar de que el castigo no asuma, en modo alguno, la forma de una ocupación territorial. Más difícil es el caso cuando se relaciona con una obligación contractual, pues nuestro propio Gobierno siempre se ha resistido a imponer el cumplimiento de las obligaciones contractuales, en obsequio de sus ciudadanos, mediante el recurso de las armas. Muy de desear es que todos los Gobiernos extranjeros asuman la misma actitud; pero, desgraciadamente, no es así. Nos vemos, por consecuencia, expuestos en cualquier modo a arrastrar desagradables alternativas. Por una parte, este país se resistiría, seguramente, a ir a la guerra para impedir que un gobierno extranjero cobre una deuda justa. Por otra parte, no es nada prudente permitir que una potencia extranjera cualquiera tome posesión, siquiera sea temporalmente, de las aduanas de una república americana, a fin de compelerla al pago de sus obligaciones; puesto que dicha ocupación temporal podría convertirse en ocupación permanente. La única manera de sortear estas alternativas, en cualquiera ocasión determinada, puede consistir en que nosotros mismos acometamos la empresa de buscar un arreglo mediante el cual pueda satisfacerse, hasta donde sea posible, la deuda contraída. Mucho mejor es que este país lleve a la práctica un arreglo semejante, antes que permitir a ningún otro país que se adelante a acometer esa empresa. Este procedimiento, por parte nuestra, garantizará a la República deudora que no tendrá que satisfacer deudas de carácter indebido, bajo presión; y a la vez será también, para los acreedores honrados, una garantía de que no se prescindirá de sus derechos para favorecer las reclamaciones fraudulentas o codiciosas. Además, esta actitud de los Estados Unidos nos brinda la única manera posible de evitar un choque con alguna potencia europea. Esa actitud, pues, es la que más conduce a promover los intereses de la paz, lo mismo que los intereses de la justicia. Es un beneficio para nuestro pueblo; es un beneficio para los pueblos extranjeros; y, sobre todo, es un beneficio para el pueblo del país interesado.
En un capítulo posterior hemos de referirnos con más detenimiento a esta interesante materia: cuando estudiemos la ingerencia del Gobierno de Washington en los asuntos interiores de algunas de las Repúblicas de la América Central. Por el momento hemos querido señalar cómo los Estados Unidos tuvieron que apartarse de la línea de conducta que se trazaron, en casos que, después de todo, no fueron numerosos, de no intervenir en las demostraciones meramente punitivas que hicieran los Gobiernos europeos contra naciones americanas.
(G).—Los Estados Unidos no intervienen en caso de guerra entre naciones americanas.
(1828). Con ocasión de la guerra ocurrida entre la República Argentina y el Imperio del Brasil, declaró Henry Clay, Secretario de Estado, en nota enviada a Forbes, Encargado de Negocios en Buenos Aires, que la guerra de que se trataba era una guerra genuinamente americana, en la que para nada intervenían las naciones de Europa; y que en este sentido la doctrina contenida en el Mensaje de Monroe no rezaba con ese caso.