2 Si el ladrón fuere hallado forzando una casa, y fuere herido y muriere, [el que lo hirió] no será culpado de su muerte.
3 Si el sol hubiere salido sobre él, el [matador] será reo de homicidio; [el ladrón] habrá de restituir cumplidamente; si no tuviere, será vendido por su hurto.
4 Si fuere hallado con el hurto en la mano, [sea] buey o asno u oveja vivos, pagará el doble.
5 Si alguno hiciere pastar tierra o viña, y metiere su bestia, y comiere la tierra de otro, [de] lo mejor de su tierra y [de] lo mejor de su viña pagará.
6 Cuando se prendiere fuego, y al quemar espinas quemare mieses amontonadas o en pie, o campo, el que encendió el fuego pagará lo quemado.
7 Cuando alguno diere a su prójimo plata o alhajas a guardar, y fuere hurtado de la casa de aquel hombre, si el ladrón se hallare, pagará el doble.
8 Si el ladrón no se hallare, entonces el dueño de la casa será presentado a los jueces, [para jurar] si ha metido su mano en la hacienda de su prójimo.
9 Sobre todo negocio de fraude, sobre buey, sobre asno, sobre oveja, sobre vestido, sobre toda cosa perdida, cuando [uno] dijere: Esto es [mío], la causa de ambos vendrá delante de los jueces; y el que los jueces condenaren, pagará el doble a su prójimo.
10 Si alguno hubiere dado a su prójimo asno, o buey, u oveja, o cualquier [otro] animal a guardar, y se muriere o se perniquebrare, o fuere llevado sin verlo nadie;
11 juramento del SEÑOR tendrá lugar entre ambos de que no metió su mano a la hacienda de su prójimo; y su dueño lo aceptará, y el [otro] no pagará.