Porque no todas las regiones ultramarinas habían seguido la conducta de Puerto Rico. En las capitanías generales de Venezuela y Nueva Granada se había respondido al llamamiento fraternal de la metrópoli proclamando en 1811 la independencia territorial, al grito de ¡Viva la República! El Ecuador las sigue; Buenos Aires, Chile, México, Perú las imitan sucesivamente; todo el vastísimo imperio continental concluye por apartarse de la Soberanía española, como se apartaran en el siglo XVII las islas del mar caribe; y Puerto Rico presencia esa catástrofe nacional, manteniendo imperturbables sus tradiciones.

No es que las sugestiones revolucionarias no le asedien; no es que la situación creada por las circunstancias cohiba parricidas intentos; no es que hasta sus costas no lleguen las ráfagas de la tempestad arrasadora. Es que en la idiosincrasia de nuestro pueblo el amor ciego al terruño y el culto perseverante á la nacionalidad aparecen históricamente confundidas en un solo y único sentimiento, que no han logrado separar las más dolorosas decepciones.

La prolongada y costosa guerra continental no permite mantener en Puerto Rico un ejército de ocupación; la guarnición de la Capital es exigua; no hay en el territorio guardia civil ni guardia rural ni cuerpos de orden público. La Nación confía en el país. Todo vecino de condición libre, insular, peninsular ó extranjero nacionalizado, es soldado urbano forzoso, desde la edad de dieciséis años hasta la de sesenta, y está dispuesto á acudir con un arma blanca á la voz de sus sargentos mayores—propietarios rurales respetables—cada vez que se reclamen sus personales servicios. Esa milicia irregular nutre siete batallones de milicianos de infantería disciplinada, un regimiento de caballería y varias secciones de artillería instaladas en los puertos. El Tesoro subvenciona solamente á la oficialidad; los pueblos proveen al sustento de los retenes; el Estado da el arma, los soldados se pagan el uniforme, las caballerías y el forraje. Ese es el ejército que custodia el territorio de Puerto Rico durante la guerra del continente; ésas las fuerzas opuestas á los corsarios colombianos que invaden las costas, que llegan en Aguadilla á clavar los cañones del fuerte, y que son rechazados de todas partes, como los franceses, ingleses y holandeses en épocas anteriores.

Los puertorriqueños demuestran de ese modo que son dignos de ejercitar el derecho de ciudadanía española absoluta que les reconocieran las Cortes soberanas de 1812. Al decreto sanguinoso de Trujillo, en que Bolívar condena á muerte á todos los españoles, responde nuestra isla abriendo un puerto de refugio á los amenazados emigrantes. Familias enteras corren á guarecerse en el peñón salvador; al amor de su paz legendaria restablecen el hogar destruído, y cuando la convulsión termina, cuando al torbellino de la guerra se impone el deber de aceptar sus consecuencias, el Tesoro insular, esa Hacienda creada por las inteligentes y activas gestiones del puertorriqueño don Ramón Power, paga, en nombre de la nación, las pensiones vitalicias asignadas á las viudas y huérfanos de los que murieron en Costa firme defendiendo los derechos de España, y á los funcionarios procedentes de aquellas regiones se conceden cargos análogos en la administración de la isla, postergando para ello los méritos y servicios contraídos por los naturales de la comarca.

¡Y á los que ilustran su historia con tal derroche de civismo, ofrece vuecencia, como por misericordia, el título de españoles de tercera clase!

Bien es verdad que esa consecuencia de ahora tiene un antecedente: las Cortes de 1837. Su recuerdo impone una tercera epístola, que de antemano recomienda á la benévola atención de vuecencia su humildísimo servidor.


[III]

Excelentísimo señor: