El primer tomo, presente, es de documentos relativos á la isla de Cuba ó Fernandina, y comprende ciento ocho, abarcando el período de la población por Diego Velázquez hasta empezar el año 1528. Algunos son muy notables, interesantes otros, como los juicios de residencia del mencionado Diego Velázquez y del licenciado Juan Altamirano ó la relación del bachiller Alonso de Parada del estado incipiente de las ciudades y villas, y las de producción y fundición de oro; todos de utilidad para la historia. Por comodidad de los lectores se han arreglado los textos á la ortografía usual, conservando únicamente las letras de sonido propio.
En el índice se han intercalado, con designación de tomo y página, los de la misma isla de Cuba publicados por Torres de Mendoza; de manera que, sin repetirlos, se da noticia general que facilite el trabajo del investigador.
El tomo segundo contendrá papeles de las islas Filipinas.
C. F. D.
NÚMERO 1.
(1511.—Junio 6.)—Real cédula al virrey D. Diego Colón, recomendándole consulte los asuntos de importancia antes de proveer por sí, como lo ha hecho en el repartimiento de indios y otras cosas. Encarga mucho el culto divino, las buenas costumbres, gobierno y hacienda real y la armonía con los oficiales reales. Trata de los asientos é instrucciones dadas á Juan Ponce de León para fomentar las islas de San Juan y de la Mona, á Diego Velázquez para la de Cuba, y á Juan de Esquivel para la de Jamaica. Contesta á ciertas quejas infundadas del Almirante y le hace mercedes.—A. de I., 139, 1, 4.
«El Rey.—Don Diego Colón, nuestro Almirante, Visorrey e Gobernador de la isla Española e de las otras islas e tierra firme que D. Cristóbal Colón, vuestro padre, descubrió: ví vuestras letras de veintidós de agosto, y no vos he mandado responder á ellas hasta agora, esperando que los del Consejo determinasen lo que yo e la Serenísima Reina Princesa, mi muy cara e muy amada hija, somos obligados de complir con vos por virtud de vuestros previllegios, y esto hice por vos facer mucha merced, visto que muchas veces vos e otros por vuestra parte me lo suplicastes acá, y después de ido ninguna me habéis escripto en que no me lo suplicáis, y también porque yo os deseo facer bien e merced, e para esto ninguna cosa puede más ayudar que acatar vos allá en las cosas de nuestro servicio, e para acatallas debéislas consultar conmigo antes que allá se hayan de proveer, que sean de importancia, como era ésta del pregón que hecistes dar para que todos se casasen, y otras semejantes cosas que se pueden consultar conmigo sin que haya mucho enconviniente en el tiempo que se podría perder en las consultas, e después de las haber consultado, esperar mi repuesta, para que sepáis mi voluntad e no fagais como hicistes en el repartimiento de los indios, que, habiéndome vos escripto los inconvinientes que había para facer este dicho repartimiento como lo mandábamos, lo hicistes sin esperar mi respuesta, que fué cual vista, y por esto e por lo que me escribís de hacer navorias los caciques de cincuenta indios abajo, e para satisfacer algunas quejas que acá hay del dicho repartimiento, será necesario tornarlo á hacer de nuevo, como por la cédula general se vos escribe. Debéisme luégo enviar la relación y treslado del repartimiento como lo escribo en la carta general.
En lo que toca á los trescientos indios que mandé dar al Comendador Mayor, visto lo que me escribís quél no tenía ya haciendas allá, mandé quel cacique Zafarraya quedase por D.ª María; en lo demás yo vos enviaré á mandar lo que hobierdes de facer. Entre tanto, por servicio mío, que tratéis bien sus cosas, pues sabéis ques nuestro servidor, sin dar lugar á quél ni los que bien lo quieren puedan tener quejas de vos, e asimismo vos escrebiré lo que habéis de hacer en los dichos indios que mandé que diésedes al comendador Segarra, para granjear esto que allá tiene la Orden de Calatrava.