¿Deben estimarse sinceras estas palabras? ¿ó fundadas las sospechas de Legazpi? La prueba documental condena á aquéllas, y reviste á éstas del carácter de certidumbre; la acusación del General confirma tal lección, y la historia la ha admitido como resultado de sana crítica; que si su fallo estuviera pendiente del de la Audiencia de Nueva España, hallaríase aún abierto el juicio sobre este importante episodio; porque la Audiencia no solamente eludió el proceso, sino que hizo lo posible por no oir.
Al ver el General que en ninguna de las islas á que arribaba con la flota encontraba las señales prevenidas para significar la huella del buque desrotado, ni los indígenas le daban la menor noticia del San Lucas, ni tampoco pudieron adquirirla los bateles y fragatas que con tal comisión recorrieron el archipiélago, mandó abrir una información sobre el suceso en orden dictada en Bohol el 13 de Abril de 1565.
Declaran en ella ante Fernando Requel, Escribano de Gobernación de la flota, Pierres Plin, piloto de la nao Capitana; Martín de Ibarra, maestre de la misma; Rodrigo de Espinosa, piloto del patache San Juan; el capitán Juan de la Isla; Jaymes Fortuno, piloto de la nao Almiranta, Juan María, maestre de la misma, y Francisco de Astigarribia, contramaestre de la nao Capitana. Las declaraciones de todos están contestes sobre los tres puntos principales: 1.º Que Arellano tenía instrucciones del General, entregadas por Juan de la Isla al piloto Lope Martín, para que el patache fuese delante de la flota en la descubierta, conservando la distancia próximamente de media legua. 2.º Que la tarde antevíspera de la desaparición, poniéndose la Capitana al habla de Arellano, reprendióle la excesiva delantera que tomaba al anochecer, respondiendo el piloto Lope Martín que no podia amainar porque el patache penejaba[3] mucho y se le encapillaba el agua por los bordos hasta convertirlo en una cuba. 3.º Que en la amanecida del subsiguiente día, amanecida nebulosa, desapareció aquella nave desrotándose de la flota, sin que se haya encontrado rastro de su paso ó estada por ninguna de aquellas islas, á pesar de las muchas diligencias practicadas para ello y de las instrucciones precisas que en previsión de este caso le habia dado por escrito el General.
Tal testimonio sirvió de base á la acusación de Legazpi contra Arellano, para lo cual fué remitido con poder en regla á Gabriel Díez, tesorero de la Casa de Moneda de Méjico, y presentada por éste á la Real Audiencia de Nueva España el 7 de Noviembre de 1565 en la siguiente forma:
«Muy poderoso Señor: Gabriel Diaz, tesorero de la casa real de la moneda desta ciudad, en nombre de Miguel Lopez de Legaspi, gobernador de las islas y armada del poniente por vuestra alteza por virtud del poder que del tengo, digo que yendo el dicho Miguel Lopez en vuestro real servicio á las dichas islas del poniente como por vuestra alteza le fué mandado conforme á la instruccion nombró por capitan del patax llamado San Lucas á Don Alonso de Arellano por le hacer bien y honra como á caballero el cual debiendo corresponderle como tal y estando obligado como caballero y leal vasallo á lo que en nombre de vuestra magestad le fué mandado por la instruccion que se le dió por el dicho general y conforme al juramento que le fué tomado como á los demás soldados y capitanes que fueron en la dicha armada el dicho capitan Don Alonso habiendo navegado diez dias en compañía y conserva de la dicha flota sin cansa ocasion ni color alguna con mar bonancible y tiempo sosegado una noche con la escuridad della se subtrajo y ausentó de la dicha flota apartandose della tomando rumbo diferente del que por la instruccion le estaba mandado llevar como á vuestra alteza consta por la informacion que sobre ello hizo el dicho gobernador é invió á vuestra alteza el cual dicho capitan Don Alonso en lo ansi hacer hizo lo que no debia á caballero y capitan y leal vasallo de vuestra alteza porque demas del daño que hizo que fué muy grande y inestimable á vuestra real flota por le haber quitado el navio mas principal y gente que en él iba para la navegacion y reconocimiento mas particular de aquellas islas por ser siendo como era el mas pequeño mas manual y mas comodo para ello por pedir como pide menos agua para entrar y descubrir los rios y esteros y baxios á donde no podian entrar los demas navios gruesos y que como cosa muy esencial y necesaria para este dicho efecto fué hecho es muy grande la falta que el dicho patax San Lucas y gente que en él iba han hecho y hacen para la conservacion y sustento del ejército que allá queda para les ir á traer bastimentos para su comida, municiones, madera, faxina y todos los demas pertrechos necesarios y ansi mismo para despender é tratar los resgates que su magestad allá tiene lo cual se ha dejado de hacer por la falta del dicho patax por tanto á vuestra alteza en nombre del dicho vuestro gobernador pido é suplico mande que el dicho capitan Don Alonso piloto y soldados de su compañia bayan á dar cuenta á su general conforme al juramento que tienen hecho y á servir el sueldo y paga real que tienen recibida pues de toda ella han servido solo los diez dias que fueron debajo de la bandera real de que fue por general el dicho Miguel Lopez y del demas tiempo hasta agora y de la causa de su apartamiento le vayan á dar cuenta como á su general y pido justicia y en lo necesario, etc.—Gabriel Diez.
»E presentada la dicha peticion en la manera que dicha es é por los dichos señores vista mandaron que el Secretario Bartolomé de Vilches guarde esta dicha peticion.—Sancho Lopez de Agurto.»
En 11 del mismo mes presentó una segunda formulando acusaciones más graves, entre ellas la de haber echado Arellano dos hombres vivos á la mar, uno español y otro indio, y cometido otros muy graves y atroces excesos, que no expresa, en compañía del piloto y de otros, como puede verse en esta segunda petición:
«Muy poderoso Señor: Gabriel Diaz tesorero de la casa de la moneda en nombre de Miguel Lopez de Legaspi general é gobernador por vuestra alteza en las islas de poniente é por virtud del poder que del susodicho tengo que es este de que hago presentacion digo que yo pedi el lunes pasado en vuestro real acuerdo en nombre del dicho vuestro gobernador por una peticion que el capitan Don Alonso de Arellano piloto y los demas soldados del navio San Lucas fuesen á dar cuenta al dicho general de la causa de su partida y fuga de la flota y debiéndose proveer segun y como tengo pedido hasta agora no se me ha respondido á la dicha peticion ni proveido cosa alguna y á mi noticia ha venido que el dicho capitan Don Alonso y algunos soldados de su compañia se aprestan para se ir á los reinos de Castilla en este navio con licencia de vuestro presidente é oidores como el dicho Don Alonso ha publicado lo cual hablando con el debido acatamiento no se les debiera conceder mas antes mandarles compeler y apremiarles vayan ante su general á dar cuenta de su viage y derrota y de la gente é navio que se le encargó la cual dicha cuenta es uso é costumbre en todos vuestros reinos dar los capitanes é señores de navios y lo primero que se hace en llegando á puerto es visitarlos la justicia y pedirle cuenta de la gente que sacó en el dicho navio y el tratamiento bueno ó malo y agravios que les ha hecho lo cual si se hubiera hecho con el dicho Don Alonso piloto y oficiales del dicho navio constara á vuestro presidente é oidores el dicho Don Alonso piloto é los demas no solo no haber guardado ni cumplido la instruccion que les fue dada sino de diametro haberla hecho al contrario haciendo cabeza de su juego y el dicho Don Alonso haber administrado cargos de justicia no teniendo para ello comision ni facultad y haber sin causa alguna á lo menos que bastante fuese hechado un hombre vivo á la mar español y otro indio y haber hecho otros muy graves y atroces excesos en compañia del dicho piloto y de otros que para ello le daban favor y consejo por lo cual el dicho capitan y piloto y los demas participes en los dichos delitos acusados de sus propias conciencias reusan y temen parecer ante el dicho general por no ser castigados ansi por se haber huido con el sueldo é navio de su magestad como por los delitos que durante la dicha fuga han cometido de todo lo cual estoy presto de dar informacion la cual pido se me reciba y si necesario es para la dicha informacion se cite el dicho Don Alonso piloto é los demas á quien tocare. A vuestra alteza pido é suplico mande hacer segun y de la forma que pedido tengo y que el dicho Don Alonso y piloto é soldados de su compañia bayan á servir la paga y sueldo que de vuestra alteza tienen recibida y parezcan ante su general y gobernador á dar la cuenta que son obligados y á mi se me reciba la informacion que me ofresco á dar y pido justicia y en lo necesario.
Otro si á vuestra alteza pido y suplico mande al secretario me de traslado autorizado en publica forma de lo en este caso por mi pedido y sobre ello proveido que yo estoy presto de le pagar sus derechos. Gabriel Diez.
Presentada la dicha peticion é por los dichos señores presidentes é oidores vista dijeron que mandaban y mandaron se junte esta peticion con la otra que dió antes.»