En esto vino otro navío de Santa Marta, y el Maestre le puso demanda sobre que le pagase ciertos fletes de lo que debia su padre. Don Alonso mostró su conservatorio de Comendador de Santiago, y no ser obligado á ello. Hubo enojo, y pidiendo él se le llevase á las Azores para de allí pasar á Tenerife, ques un dia de navegacion, do su padre tenia haciendas de las que iba á proveerle de mantenimientos, se resistia el Maestre, mas se le mandó hacerlo.

Dos meses estuvo aquí D. Alonso, y el Agosto adelante vino provision de la Audiencia de la Española con dos cosas: 1. Porque no se habia prendido á D. Alonso, habiendo venido carta de su padre contra él. 2. Por qué se le habia fundido y quintado el oro y cuánto era. Satisfacióse con probanza de muchos testigos que no se habia recibido tal carta, y algunos juraron haberle visto despedir de su padre llorando. Que lo del fundir y quintar todo oro traido de otras partes era corriente. Que ninguno sabia de otro oro sino el que manifestó.

Lope Hurtado, porque le requiero sobre las fianzas de su oficio, segun la cédula de V. M., no cesa de fatigar á todos con requerimientos y atrevimientos, y en todo pretexta la hacienda de V. M. En lo de D. Alonso dijo perdia V. M. 20.000 pesos, pues le constaba traer 100.000. Respondí que ninguna amistad bastaba para que yo defraudase en eso á V. M., y que lo pidiese ante un alcalde ordinario, lo que no hizo, mereciendo por encubridor, si tal fuese, igual castigo que el hacedor del delito.

El tal Hurtado, queriendo ir á Castilla, por hacer dineros, vendió cinco indios libres, cosa nunca vista en esta isla.


259.

(Año de 1537.—Febrero 6.)—Carta de Lope de Hurtado á la Emperatriz, sobre las vejaciones que sufre. (Extracto. Acad. de la Hist., colecc. Muñoz, t. LXXXI, fol. 67.)

Mandóme V. M. avisar cómo lo hacia Manuel de Rojas en la probanza contra Gonzalo de Guzman y el Factor, sobre las esclavas que sacaron sin almoneda, y la plata y oro que Guzman trujo, que no avalió. Hago saber que ellos todos tres están muy conformes, y yo preso ha ocho meses por haber llamado ladron á un criado mio, porque me sentenció á desdecir. Rojas no hará nada, porque le destruiria el Gobernador, y no faltan testigos falsos para lo que éste mande.


260.