Sacra, Católica, Cesárea, Magestad.=Gonzalo de Guzman, gobernador desta ysla por V. M., me dió vna carta suya en que tubo por bien V. M. de haserme saber la necesidad en que el emperador e rey nuestro señor está, para socorro de la qual fue servido de mandar que prestase mill pesos de oro, lo qual yo tengo a muy buena ventura; pero quiso mi dicha que en esto me hallase el mandamiento de V. M. mas desprobeido de posibilidad que de deseo, porque las neçesidades desta tierra son de calidad, que los que mas en ella tenemos, estamos mas cargados de debdas e porque los yndios que yo traygo á las minas estan tan lexos desta cibdad que no fuera posible traer el oro que esta sacado a tiempo que con ello podieran servir á V. M. en este (Está roto.), e por que siendo yo vno de los que mas desean serbir á V. M., paresciera muy mal que no rrespondiera a mi voluntad la obra, con el mayor travajo del mundo busque dineros prestados, e no llevara remedio de los hallar si el dicho Gonçalo de Gusman no remobiera ciertos depósitos que estaban en otras personas para los hazer en mí, mediante lo qual pude juntar quatroçientos pesos de oro, que entregué á Gonçalo de Gusman conforme á lo que V. M. manda por su carta, e quisiera que fueran muchos mas. Suplico a V. M. rresçiba en mas servicio mi voluntad que la obra, aunque en la verdad esta es la que mis fuerças podieron.
Sacra, Católica, Cesárea Magestad.=Dios nuestro señor guarde la ymperial e muy rreal persona de vuestra alteza con acrecentamiento de muy mayores rreynos e señorios e con larga vida de la católica Magestad del emperador e rrey nuestro señor como V. M. lo desea.=Fecha a diez e nueve dias del mes de agosto de mill e quinientos e treynta años.=Sacra, Católica, Cesárea, Magestad.=vasallo e criado de Vuestra Sacra Magestad que sus muy reales pies y manos besa. (La firma está borrada.)=En las espaldas dice: De Manuel de Rojas.=«Que se le agradece, y a Gonçalo de Gusman que la intencion no fue que fuese ninguno apremiado.»
140.
(Año de 1530.—Agosto 25.)—Testimonio dado por el escribano Juan de la Torre, de los indios que ha repartido Gonzalo de Guzmán, desde 25 de Abril de 1526 á la fecha. (A. de I., 144, 1, 10.)
Yo Juan de la Torre escrivano de Su Magestad e del abdiencia e juzgado del muy noble señor Gonzalo de Guzman, lugar teniente general e governador e repartidor de los caciques e yndios desta ysla Fernandina por Su Magestad, doy fee que el dicho señor Gonçalo de Guzman despues que tiene el dicho cargo en esta dicha ysla, que empeço a usar dél en mi presencia desde miercoles veynte e cinco dias del mes de abril del año que pasó de mill e quinientos e veynte e seys años, los yndios que han vacado en esta dicha ysla desde el dicho tiempo hasta oy dia dela fecha desta, se los ha encomendado e desposytado en esta cibdad de Santiago e en las otras villas desta dicha ysla en las personas siguientes=
En esta cibdad de Santiago.
Primeramente se depositó en Antonio de Santa Clara vecino desta dicha cibdad un yndio que hera de Juan Moriano que se fue á Castilla.
Iten en el contador Pedro de Paz syete naburias.