25. A lo que escribys sobre lo que piden San Pedro y Tapia para que se junten con vos y el tesorero y contador y fator para las cosas de nuestra hacienda me parece bien con tanto que cuando ovieredes de entender en algun negocio de su cargo lo fagays llamar y comunicar y platicar con ellos el tal negocio porque no puede syno aprovechar mucho su parecer en lo que á su cargo fuere y es razon que cuando se oviere de proveer alguna cosa en los negocios de sus cargos y estovieren donde vosotros se comunique e se platique con ellos.
26. Visto lo que en dias pasados aveys escrito sobre lo de las diferencias pareceme bien lo que decis que no haya syno dos fundiciones cada año.
27. Preguntays vos los dichos oficiales sy ha de pagar el almirante syete é medio por ciento de lo que se llevare de Castilla como se pagan los otros desa ysla porque yo deseo hacer merced al almirante he por bien é me place que de todo lo que se llevare de castilla para él é su muger para las cosas de su casa que no pague ni se les pida cosa alguna con tanto que de lo que se llevare para criados suyos se pague como pagan los otros de la ysla.
28. Ansy mysmo preguntays que es la parte que se ha de dar al almirante de lo que se oviere para nos en la ysla de San Juan digo que se le ha de dar la misma parte que de la española.
En las otras cosas que teneys dubda de la parte que se ha de dar al dicho almirante con la presente se os envia la declaracion que los del consejo han fecho y la nomina de lo que se ha de librar á él é á los otros que alla han de ser librados.
30. Bien me parece lo que respondeys á lo que os escribieron los oficiales desta casa de Sevilla sobre el oro baxo, que enviastes y muy bien ficistes en escribilles la sustancia de lo que á mi me escribiades y en esto y envialles la cuenta y razon de todas las mercaderias é cosas que os enviaron de cada cosa por sy: y en lo de firmar todos juntos y en las otras cosas que en la carta de quince de Junio vos envie á mandar debeys tener mucho cuydado porque yo quiero que en esta casa haya muy entera razon de todas las cosas de las yndias como arriba digo y cuando les escribierdes que destinen ó enbien de aca algunas cosas envialdes syenpre memorial firmado de vuestros nombres de todo lo que le enviardes á pedir para que conforme á él os la envien y de lo que asi os enviaren envialdes syenpre retorno dello aparte é si no ovyere retorno envyaldes la razon particular de lo que se oviere hecho de la tal hacienda é cuando en lo que os envyare ovieren alguna cosa demasyada debeysla cargar á quien lo recibe pues que cuando algo de menos se descarga é asy mismo les escribid syenpre de que avra procedido el oro que envyardes partycularmente de cada cosa.
asi cuando esta llegare no ovierdes conplido vos el dicho almirante con nuestros ofyciales los cien yndios á cada uno de que yo les hice merced deveyslo conplir luego.
32. A mi es fecha relacion que en la villa de la concebcion ay un monte que se dice el palmar donde en cierto tienpo del año se meten los puercos que se han de engordar y es muy provechoso y quel tienpo quel comendador mayor de alcantara fué gobernador desa ysla mandaba que se guardase para nuestras grangerias bien será que se guarde en ellas de aqui adelante y vos el almirante debeys dar orden como asy se faga a que nadye no toque en él.
33. Asy mysmo me es fecha relacion que en la ysla de San Juan ay mucha necesidad de mantenimientos y que conviene á nuestro servicio tomar una isleta pequeña que está junto della que se dice la mona para que alli se fagan conutos para las minas que tenemos en la dicha ysla é porque yo envyo á mandar á vos el nuestro tesorero que deys orden como los dichos conutos se hagan en la dicha ysla de la mona por ende yo vos mando á vos el dicho almirante que luego hagays entregar al dicho Miguel de Pasamonte ó á la persona quel señalare la dicha ysleta porque yo quiero que de aqui adelante ande con la isla de San Juan.
Asy mysmo yo he sydo ynformado que al tienpo que de aca van navios vos el dicho almirante solo envyeys persona al tal navyo ó navios que de aca van antes que llegue á ese puerto é porque al servicio de la serenisyma reyna é para my muy cara é muy amada hija é myo é al bien de nuestra hacienda cunple que cuando la tal persona fuere al tal navio ó navios que vaya con uno de vos los dichos nuestros ofyciales sy vos hallardes presentes al llegar del dicho navio é sy no vos hallardes presente juntamente con la persona que vos el dicho almirante envyardes envyad vos los dichos ofyciales otra en vuestro nonbre por ende yo vos mando que de aquy adelante lo susodicho se haga é cunpla asy é no como hasta aquy se han hecho porque de otra manera podra aver mucho fraude en nuestra hacienda. fecha en la ciudad de Sevilla á seys dias del mes de Junyo de mil quinientos once años.