S. C. C. M.=En los nabios próximos pasados que desta ysla de Cuba fueron a España, escrevi largo a V. M. del estado desta ysla y lo que a mi paresció convenia escrevirse para que se proveyese en ello su servicio, a lo qual me remito, porque las cartas an ydo duplicadas y se abrán recibido. Despues acá lo suçedido es, que por el mes de junio deste año un dia del Señor, a la ora de anochecido, el obispo desta ysla don Diego Sarmyento enbió a llamar a su casa a Hernando de Castro, fator de V. M., que por ausencia del thesorero Lope Hurtado servia su oficio de thesorero de V. M., sobre cosas que el fator dice tocavan al serviçio de V. M., y estando el dicho fator dentro de la casa del dicho obispo, en lo alto dellas, dió boces diciendo: «que me matan; aqui del Rey; favoresceme», que se oyan por las ventanas de la dicha casa, y acudia gente, y quiso Dios que yo me hallé a la sazon a la puerta de mi posada, que es cerca de la del obispo, y como oy escándalo y bozes que matavan al fator, acudí presto al ruido, que si tan presto no acudiera y se encendiera mas el ruido, fuera trabajoso de apaciguar y oviera muerte o heridas de alguna persona, y hallé muchos criados del obispo armados con espadas desnudas y lanças guardando y defendiendo la puerta de la casa del obispo, y otros de fuera en la calle armados para se la entrar y conbatir, y el fator dentro dando vozes, y estando yo pacificando el ruido, como no se entendiese mas y pensando todo junto si ronperian y entrarian las casas del obispo para ver lo que dentro pasaba, entre los onbres del obispo que estaban guardando la puerta salió yncontinenti el fator, y se puso de rodillas en el suelo delante my, dando gritos, en cuerpo y destocado, pidiendo justicia de Dios y del Rey y mia, en el real nonbre de V. M. Yo me abraçé con él y lo levanté del suelo, y lo llevava a su casa, que es junto a la del obispo, y salió luego detras del dicho fator el alguazil de la Ynquisicion diziéndome que lo llevava preso por la Ynquisicion, que no se lo ynpidiese ni estorvase. En esto estaba ya mucha mas gente, y para paçificar el ruido, díxele que yo me queria yr con el, y luego llegó Francisco de Aguero, que era alcalde ordinario desta cibdad de Santiago por V. M., casado con una hermana de la mujer de dicho fator, con jente armada en su favor, y como me vido en la quistion, pacificose. Mandé a su gente con pensar que se volviese luego y se apartase del escándalo, y quedó solo conmigo, y el caso de Ynquisicion fue, que luego le dió su casa por carcel y mandó con pena que no hablase sino solo con los de su casa, y asi mismo a Juan de Agramonte, contador de V. M., porque hablava en favor del dicho fator, su conpañero, por la Ynquisiçion le dió su casa por carçel, y a un sobrino del fator que avia sido alguazil mayor desta ysla, y quando el dicho fator yva a su casa y yo con él, llevaba tanto temor, diziendo «si an de salir a matarme de casa del obispo» y respondiole su cuñado Francisco de Aguero, «yendo aqui el alcalde mayor no se hará tal, que haremos todo lo que pudiéremos yo y los alcaldes y alguaziles.» Tovimos aquella noche toda y otras siguientes que apaciguar y rondar la cibdad, que estava muy escandalizada, porque llevaban lanças de casa de los mercaderes conpradas en casa del obispo y otros. (Cierto, si tan presto yo no acudiera a la quistion, fuera mucho mal.) Hize pesquisa de ofiçio por ante Calderon, escrivano público y de mi juzgado, del dicho ruido y escándalo acaescido en la calle real, para castigar lo que pudiese, y lo demas remitillo y hazer relaçion dello a V. M. Súpolo el obispo y llamó al dicho escrivano a su casa, como Ynquisidor, y miró y leyó mi pesquisa no publicada, y en ella estaba que le oyeron desde su ventana del dicho obispo dezir a vozes, «Llame a los christianos viejos y de corona que vengan a favorescer la Ynquisicion» y tomole la pesquisa original de su poder y un requirimiento que el fator me avia hecho antel, y otro que yo en nonbre de la jurisdiçion real de V. M. le avia fecho al dicho obispo, que me hiziese saver si pretendian al dicho fator por la Ynquisicion o como ordinario obispo, para que yo proveyese en el caso lo que fuese justiçia, y si lo avian preso por blasfemio ayrado, me lo remitiese para que yo conosçiese dello. Ansi mysmo por esto quiso proceder contra my por la Ynquisicion, diziendo que la ynpedia y estorvava y me desacatava contra ella, y que tomaba aquellas escrituras para enviar por consejo a Castilla si procederia contra my. No ha querido volver ni restituir las dichas escrituras y pesquisa al dicho escrivano, teniéndoselas por fuerça y contra su voluntad, y de la justiçia de V. M., cuyas son, y por eso no enbio con esta el testimonio de lo dicho. V. M. dé crédito a my carta porque he hecho relaçion cierta de lo que pasó, y provea en ello su serviçio. Las provisiones reales que rescivi de V. M. este año la una cerca de las casas de piedra y ladrillo que han de hazer en esta ysla para perpetuar los que tienen yndios de repartimyento, y los solteros que los tienen se casen dentro de tres años y traygan sus mujeres de España, sino que le sean quitados los yndios, las publiqué y notifiqué segun que por V. M. se mandó. El cunplimyento y relacion que se mandó enbiar enbio: si mas largo fuere nescesario particularizarlo las personas a quien se notificó enbiare si mas nescesario fuere.
Cerca de lo del cobre y quinto del oro y otras cosas que conbienen a esta ysla tengo escrito como digo a V. M. y sus ofiziales y el regimiento desta cibdad, ansi mysmo escribe. Es cosa ynportante y cunplidera al bien desta ysla. Suplico V. M. lo favorezca como se efetue y vayan adelante para se remediar los vezinos desta ysla.
Nuevas de la Florida creo V. M. las avrá avido por la via de la Habana mas ciertas y breves, porque quando aqui las venimos a saber acontece saverse ya en España primero. El governador desta ysla don Hernando de Soto con su exército que alli pasó, anda en su conquista y demanda de ricas tierras, de que escrive que tienen larga relaçion. De lo que sucediere avisaré a V. M. para que por todas vias vayan. Hasta agora aqui no tenemos otra nueva.
El obispo desta ysla de Cuba lleva a los abintestatos y auntestatos de los clerigos difuntos en ella, y los cobra con su abtoridad, no consintiendo que las yglesias do son curas suçedan, ny los receptores de los bienes de los difuntos por V. M. para los enviar a España a sus parientes, y las yglesias padezcan proveza y los que la sirven haceseme conciençia. Aviso dello a V. M. para que provea justiçia y su serviçio y de orden en ello. Tanbien creo que el regimyento desta cibdad lo escribe.
Yo padezco gran nescesidad, como lo tengo escrito a V. M. con la poca ayuda de costas que tengo, que no son sino dozientos pesos de oro por año, sin otros provechos ni yndios que aya tenido ni tengo. Suplico a V. M. lo remedie con aquella ayuda de costa mas que fuere su serviçio desde el dia que salí de Sanlucar al servicio del y volvere a mi casa, dexado, y mas umilmente suplico a V. M. que porque mis enfermedades que acá me an sobrevenido sirviéndolo an sido y son grandes y los gastos y el provecho muy poco y tengo necesidad de cura de España y porque demas soy onbre de mas de cinquenta años y no tengo acá refrigerio de cura ny serviçio qual a ello convenga, por estar my mujer en España y ha tres años que resido en el, sea servido de darme licençia para me yr en España a curar, y ansi lo mande V. M. dando mi residencia por procuras y fiadores, si luego no se me tomase, porque por ella no sea detenido, y sobre todo V. M. provea su servicio, que con ello terne yo todo el contento que debo y soy obligado a my Rey y señor y a su servicio, cuya vida con aumento de mas reynos y vitorias nuestro señor Dios prospere por largos años. De la cibdad de Santiago, puerto desta ysla de Cuba a quinze dias del mes de otubre de mill quinientos quarenta años=S. C. C. M.=Vasallo y humil criado servidor de V. muy alta y sacra Mag.d que sus reales pies y manos besa=El licenciado Bartholome Ortiz=Sigue una rúbrica.
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(Año de 1540.—Diciembre 24.)—La Real Audiencia de Santo Domingo comunica al Emperador que Vasco Porcallo ha descubierto en la isla de Cuba ciertas minas de oro, otras de unas piedras azules de que se saca oro y plata.—(1.ª S., t. I, pág. 576.)