»Cargos al fator Hernando de Castro:
»Hazesele cargo al dicho fator Hernando de Castro, regidor, por la honzena e veynte e ocho preguntas, que syendo regidor e deviendo de hazer las cosas del regimiento como buen regidor, no aver querido yr al dicho cabildo a efecto que no se proveyese lo que convenia á la república.
»Yten se le haze cargo por las dichas preguntas al dicho fator aber sydo parcial rebolbedor alborotador del dicho cabildo e de la cibdad, por cuya causa e parcialidad se dexó de hazer cabildo por espacio de dos, tres meses e quatro e mas, e no se aver entendido en la governacion.
»Házesele cargo por las dichas preguntas, al dicho Hernando de Castro, regidor, deviendo de asystir y estar en el dicho ayuntamiento, salir del quando estaba en el dicho cabildo porque entrava en el dicho cabildo Lope Hurtado, regidor del, por cuya causa se salian e no enthendian en las cosas de la governacion.
»Házesele cargo por las dichas preguntas al dicho Hernando de Castro, regidor, por parçialidad e concilios que thenia e advocava aber rebuelto muchas vezes el dicho cabildo, e por ser honbre tan apasyonado, no entender en las cosas de la governacion.
»Házesele cargo por las dichas preguntas al dicho fator aver sydo desacatado e mal mirado, descomedido á la justicia e alcaldes hordinarios desta cibdad, no les theniendo en nada, ynjuriandolos de palabra, principalmente á Rodrigo Mexia alcalde hordinario.
»Yten se le haze cargo al dicho fator de aver tenido en poco al dicho alcalde e justicia de S. M. desacatándole e llamándole melonero e otras palabras, como dicho tengo ynjuriosas.
»Yten se le haze cargo de aber sydo rebelde e contumaz en los mandatos de la dicha justicia, theniéndolos en poco e sabiendo quel dicho alcalde thenia la bara por S. M., menospreció el cetro real e su bara de justicia, diziendo que por su persona le avia de thener e no por la vara de justicia que traya, lo qual dixo a Alonso Sanchez del Corral, alcalde.
»Yten se le haze cargo por las dichas preguntas durando en su rebelion aver dicho a los dichos alcaldes en mitad de la plaça desta cibdad; ya no ay justicia; cada uno biba por su pecho que ya es otro tienpo; sabiendo que S. M. del enperador reygna en los reygnos de castilla y en estas partes de las yndias e los dichos alcaldes en su Real nombre.
»Yten se le haze cargo por la dicha pregunta, el dicho fator aver sydo alborotador e rebolbedor deste pueblo, e por velle tan dessacatado e descomedido averse querido yr e despoblar esta dicha cibdad los vezinos e moradores della, por ver los descomedimientos del dicho Hernando de Castro e por los malos tratamientos que á su causa se hazian.