(Año de 1513.—Junio 30, Valladolid.)—Carta de receptoría dada á petición del fiscal Pero Ruiz para los Corregidores, Asistentes y otras justicias de Sevilla, prorrogando el término de un año en otro para la conclusión del pleito que trata con D. Diego Colón sobre la Gobernación del Darien.—(A. de I., 1-1-5/12, pieza 1, fol. 50.)
43.
(Año de 1513.—Noviembre 10, Santo Domingo.)—Probanza hecha á petición del Fiscal para acreditar lo que descubrió D. Cristóbal Colón en la tierra firme.—(A. de I., 1-1-5/12, pieza 10.)
En la cibdad de Santo Domingo del puerto de la ysla Española, jueves ora nona diez dias del mes de novienbre año del nascimiento de nuestro salvador Jesucristo de mil é quinientos é treze años, ante el noble é muy virtuoso señor el licenciado Juan Ortiz de Matienço, Juez é oydor del Abdiencia del Rey é la Reyna nuestros Señores que resyde en esta cibdad, é por ante my Gomes de Ribera, escribano de sus Altezas en esta dicha ysla, el licenciado Sancho Velazques, procurador fiscal por sus Altezas, presentó una carta de la esclarecida é muy poderosa Reyna doña Juana nuestra señora, firmada de los señores del su muy Alto Consejo e refrendada de Martin de Salmeron, escrivano de camara de su Alteza, é en las espaldas sellada con su sello Real enpremido sobre çera colorada, el tenor de la qual es esta que se sigue.
(Sigue una Real cédula de la Reyna D.ª Juana dada en virtud de la relacion presentada por su fiscal el licenciado Sancho Velasques ante el Consejo, con motivo de el pleito que él trae con D. Diego Colon, Almirante de las Yndias, sobre la gobernacion de la isla del Darien y sobre otras cosas y razones, cuyo pleito fue recibido á prueva, y que para hacer su provanza se le concedió un año, dentro del cual dize que no se habia podido hacer la referida provanza. Pide prorroga y se le concede otro año, el cual se cuente despues de ser cumplido el año que le fue dado por carta, y que de este termino goze la otra parte si quisiere para tambien hacer su provanza. Dada en Valladolid á dos de Junio de mil quinientos trece.)
E asy presentada la dicha carta de su Alteza, el dicho liçenciado Sancho Velazquez, procurador fiscal, pidio en nonbre de su Alteza se notifique al dicho señor juez é le mande notificar á la otra parte conforme á lo que su Alteza manda, é le de termino conforme á derecho, la qual dicha carta yo el dicho escrivano ley é notifique al dicho señor licenciado Juez suso dicho, el qual la tomo en sus manos é la beso é puso sobre su cabeza é respondio que la obedescia é obedescio é acetava é aceto como á carta de su Reyna é señora é la mandava é mando notificar á la otra parte, á la qual señalo termino de tres dias primeros siguientes para que venga, ó su procurador suficiente aver é conosçer los testigos quel dicho procurador fiscal en este caso quisiere presentar é para los ver jurar é le señalo cada dia para tomar los dichos testigos á ora de nona é que el está presto de hacer é cunplir todo lo que fuere justicia. El dicho procurador fiscal lo pidio por testimonio para guarda del derecho de la dicha su parte; testigos Fernando Diaz de Santa Cruz é Pedro de Xeres, mercaderes estantes en esta dicha cibdad.
E luego á poco de ora, dentro en la posada del Almirante don Diego Colon, en su presencia, por mi el dicho escribano fué leyda é notificada esta carta de prorrogacion de suso contenida de su Alteza en haz del dicho procurador fiscal, el qual dixo en nonbre de su Alteza que citava é cito al dicho almirante para conosçer é ver jurar los testigos que en nonbre de su Alteza en esta cabsa entendia presentar. El dicho Almirante respondio que oye lo contenido en la prorrogaçion de su Alteza é pide le sea dado el traslado de la dicha carta é destos abtos, lo qual todo se le dio por mi el dicho escribano: testigos Juan de Villoria, vezino de la cibdad de la Conçebcion é Pedro de Miranda, vezino de la villa de Buenaventura.
Despues de lo suso dicho en la dicha cibdad de Sancto Domingo, savado, ora nona, diez é nueve dias del mes de novienbre año suso dicho, antel dicho señor Juez é por presencia de mi el dicho escribano, syendo presente Hernando de Carvajal, procurador que se mostro ser del dicho Almirante don Diego Colon, é de Garcia de Aguilar escrivano nonbrado por parte del dicho Almirante para aconpañado de mi el dicho escrivano por su Alteza nonbrado, el dicho licenciado procurador fiscal dixo que presentava é presento un ynterrogatorio de preguntas por el qual pidio fuesen esaminados los testigos que el en nonbre de su Alteza en este caso presentase, su tenor del qual deste poder del dicho Almirante uno en pos de otro, es el que sigue.
Interrogatorio.