A la undecima pregunta dixo, que dize lo que dicho ha, etc., e firmolo de su nonbre, don Bartolome Colon.—Juan Ortiz, liçençiatus.—Francisco Tostado, escrivano publico.—Diego de Ocaña, escrivano.
Rodrigo de Bastidas, XXXVIII testigo.
Rodrigo de Bastidas, testigo rescebido en la dicha razon, juró segund derecho, e por el juramento que fizo dixo seyendo preguntado por la primera pregunta del dicho ynterrogatorio, que conosce a las personas contenydas en la dicha pregunta; al dicho almyrante de quinze años poco mas o menos e al fiscal Sancho Velazquez, de nueve o diez meses poco mas o menos.
Preguntado por las preguntas generales dixo, ques de treynta e cinco años arriba, e que no es pariente de nynguna de las partes, etc.
A la segunda pregunta dixo, que de la provyncia de Paria tiene noticia este testigo por que a andado algunas partes della en este viaje que fizo el año de quinientos e doze, e que la provyncia de Urabá e el Darien las sabe por queste testigo la descubrió, e que de la provyncia de Veragua no tiene noticia, por que no la ha visto mas de quanto la ha oydo dezir.
A la tercera pregunta dixo este testigo, que a andado mucha parte de aquella costa por la mar e que la ha visto e es toda una costa, e que asi lo ha oydo dezir a los que navegan en aquellas parte e asi paresce por las cartas del marear.
A la quarta pregunta dixo, que a oydo dezir lo contenydo en la dicha pregunta a muchas personas pilotos e marineros e por ques publico e notorio.
A la quinta pregunta dixo, que ha oydo dezir lo contenydo en la dicha pregunta a muchas personas e marineros.
A la sesta pregunta dixo que no la sabe.
A la setena pregunta dixo este testigo, que segund lo que él por aquellas partes a navegado e visto por las cartas del navegar, es notorio quel Darien e Urabá, ques lo queste testigo descubrió, esta en medio de las dichas provyncias de Paria e Veragua.