X.—Yten sy saben que lo que éstos descubrieron es apartado de lo quel dicho almyrante descubrió.
XI.—Y sean hechas a los dichos testigos todas las otras preguntas generales al caso tocantes y pertenesçientes.
E ansy presentada, el dicho licenciado Sancho Velazquez en el dicho nonbre dixo, que pedia e requeria, e pidió e requirió al dicho señor licenciado Juan Hortiz, juez susodicho, en la dicha carta de recebtoria contenido, que obedesca la dicha carta de recepturia e la cumpla segun que en ella se contiene.
E luego el dicho señor licençiado Juan Hortiz de Matienço, juez susodicho, tomó la dicha carta de recebtoria de su Alteza en sus manos e besola e pusola sobre su cabeza e dixo que obedescia e obedesció la dicha carta de su Alteza como a carta e mando de su Rey y señor natural, a quien Dios dexe vivir e reynar muchos e largos tienpos e buenos a su santo servicio, e quanto al cunplimiento que está presto de hazer lo que sea justicia.
E luego el dicho licenciado Sancho Velazquez en el dicho nonbre dixo que pedia e pidió al dicho señor licenciado mande al dicho señor almyrante que nonbre escribano para que de su parte esté presente a fazer la dicha provança, e que porque a su noticia era venido que en la provança quel dicho señor almyrante avia hecho avia puesto por escrivano de su parte a Juan de Villegas su secretario, que requiere al dicho señor licenciado, por quel dicho Juan de Villegas es secretario de dicho señor almyrante e su criado e panyaguado, como es notorio, que no lo resciva por escrivano para hazer esta dicha provança, pues que en este pueblo ay escrivanos reales a quien el dicho almyrante puede nonbrar por su parte para que este presente a fazer la dicha provança, por quanto por lo susodicho lo a por sospechoso.
E luego el dicho señor licenciado Juan Hortiz de Matienço mandó a my el dicho escrivano que notificase todo lo suso dicho al dicho señor Almyrante e que en este dia nonbre escrivano, lo qual que dicho es, yo el dicho escrivano notifiqué al dicho señor Almyrante en su persona en este primero dia, el quel dixo que responderia.
E despues desto en la dicha villa de Santo Domyngo, jueves a la tercia, nueve dias de dicho mes de dizienbre e de dicho año, ante dicho señor licençiado Juan Hortiz de Matienço, paresció el dicho licençiado Velazquez e dixo, que por quanto su merced avia mandado notificar al dicho señor Almyrante que en tercero dia nonbrase escrivano para la provança, que en nonbre de su Alteza queria hazer en el pleyto que contra él trata, y el termyno que era pasado e no le avia nonbrado que le pedia e requeria en su reveldia nonbrase un escrivano que por su parte estuviese presente al tomar de los testigos de la provança.
E luego el dicho señor licenciado dixo que lo verá e hará lo que sea justicia.
E despues de lo suso dicho en la dicha villa de Santo Domingo, martes a ora de tercia, ocho dias de dicho mes de hebrero de dicho año, ante dicho señor licençiado, juez suso dicho, paresció el dicho licenciado Sancho Velazquez fiscal, e para en prueba de su yntencion en nonbre de su parte, dixo que presentava e presentó por testigos a Andres de Morales, piloto, e Alonso de Hojeda, estantes en esta dicha villa que al presente estaban, de los quales e de cada uno dellos a su pedimyento rescibió juramento en forma por Dios e por Santa Maria e por las palabras de los santos Evangelios doquier que mas largamente son escriptos e por la señal de la cruz en que corporalmente pusieron sus manos derechas como buenos cristianos dirian verdad de lo que supiesen e les fuese preguntado en esta dicha cabsa en que eran presentados por testigos, los quales aviendo fecho juramento respondieron a el diziendo «sy juro e amen».
E despues de lo suso dicho, miércoles nueve dias del dicho mes de hebrero del dicho año, antel dicho señor licenciado Juan Hortiz de Matienço, juez suso dicho, paresció presente el dicho licenciado Sancho Velazquez promotor fiscal e para en prueba de su yntencion en nonbre de su parte dixo, que presentaba e presentó por testigo a Nycolas Perez e a Juan de Quiçedo, estantes en esta dicha ysla que presentes estaban, de los cuales a su pedimyento resçibió juramento[12].