Primeramente si conocen al dicho almirante don Diego Colon e si conocen al licenciado pero Ruyz fiscal de su alteza e si conocieron al adelantado Bartolomé Colon tio del dicho almirante.

Yten si saben que puede aceer (claro en el original) poco mas ó menos que el dicho adelantado bartolomé Colon fallesció desta presente vida y al tiempo de su fallescimiento hizo su manda e testamento por ante escrivano público, en el qual dicho testamento dexó por heredero universal de todos sus vienes y herencia al dicho almirante don Diego Colon su sobrino, el qual dicho testamento pido que sea mostrado á los dichos testigos para que digan lo que cerca desto saben.

Yten si saben que el dicho (claro en el original) ante quien el dicho testamento pasó hera escrivano publico de la ysla española y por tal escrivano es avido e tenido y comunmente Reputado por todos los que le conocen e asi da fe a todas las escrituras que ante el passan e a todos los contratos e todos los abtos judiciales e extrajudiciales asi sy son presentadas en juizio como fuera del, segund e como se da fee a las otras escrituras que pasan ante los otros escrivanos públicos.

Yten si saben que todo los suso dicho e cada cosa e parte dello es pública voz e fama.


112.

(Año de 1516.—Marzo 2. Valladolid.)—Jaime Romano, en nombre del Almirante, pide sea declarada la rebeldía del Fiscal por no haber respondido á sus peticiones.—(A. de I., Pto. 1-1-4/11, Pza. 5, fol. 64.)


113.