En vista de la peticion de d.ⁿ Juan Ant.ᵒ Moldes para q.ᵉ se le de testimonio de la R.ˡ Cedula por la q.ᵉ S. M. dize se digno resolver el modo y forma q.ᵉ se havia de obserbar en el costo de la fiesta del S.ᵐᵒ Corpus Christi espone el Sindico Pror. Gral. q.ᵉ aunque no le comtempla autorisado para semejante pretension como del fin que espone puede resultar veneficio a favor de los vecinos en la execucion y orn. q.ᵉ preserve dho. R.ˡ Rescripto, no encuentra inconveniente en que se le de el testimonio que pidiese.

Marcos Jph. de Riglos.


Buenos Aires, Noviembre 29 de 1779.

En acuerdo que celebró el Mui Ill.ʳᵉ Cavildo Justizia y Reximento oy dia de la fha. Se leyo la antez.ᵗᵉ respuesta del Sindico Procurador Gral. Dada a la vista que se le comunico de la pretencion de d.ⁿ Juan Antonio Moldes vezino de la ciudad de Salta y enterados los Señores acordaron que por mi el presente Ess.ⁿᵒ se le de al citado Moldes el testimonio de la Real Cedula que solicita. Segun de dicho Acuerdo mas largam.ᵗᵉ consta y parece a que me remito.

Pedro Nuñez,

Esc.ⁿᵒ P.ᶜᵒ y de Cav.ᵈᵒ.

Incontinenti yo el ess.ⁿᵒ publico y del Cavildo hize saber el Acuerdo antez.ᵗᵉ al Sindico Procurador Gral. doy fee.

Nuñez.

(Archivo General de la Nación.—Acuerdos del Cabildo de Buenos Aires.—Años 1778-84).