Franco Moreno Argumosa Ess.ⁿᵒ de S. M. y a cuyo cargo se halla la escrivanía de esta Superintendencia general: certifico y doy fee la que puedo y haia lugar en Dro. que en consecuencia de lo madado en el superior auto que antecede hize cotejo de la firma que se halla al pie del Poder de foxas quarenta y seis y dize Geronimo Gonzalez con otras que se hallan igualm.ᵗᵉ en estos mismos autos a foxas tres Diez y siete y Diez y nueve en las quales no hallo diferencia alguna en su formacion y caracteres de letra, como en la rubrica y para que conste en virtud de lo mandado en dho. auto doy la presente en Buenos Ayres a treze de septiembre de mil setecientos ochenta y quatro.
Fran.ᶜᵒ Moreno Argumosa.
El Fiscal en vista de las precedentes diligencias de reconocim.ᵗᵒ y cotejo de firmas dice: que no teniendo motivo ni noticia particular para contradecir el documento de poder firmado por Geronimo Gonzalez y D.ⁿ Joseph Linares podra V. S. estimarlo y a consequencia proveer lo q.ᵉ resulte justo sobre la demanda del dho. Gonzalez. Buenos Aires 18 de Sep.ʳᵉ de 1784.
El D.ʳ Rospigliosi.
B.ˢ Ay.ᵉˢ 22 de Sep.ᵉ de 1784.
Por la Thesoreria gener.ˡ se satisfara a d.ⁿ Pedro Fontela la cantidad que le corresponda a su poderdante D.ⁿ Geronimo Gonzalez con concepto al tiempo que ha servido y a la regula.ⁿ hecha a cerca del particular por el Promedico d.ⁿ Miguel Gorman.
Fran.ᶜᵒ Moreno Argumosa.
En Buenos Ayres dho. día, mes y año notifique el auto que antecede a D.ⁿ Pedro Fontela doy fee.