Incontinenti hice otra como la ant.ᵒʳ al fiscal de R.ˡ Haz.ᵃ doy fe.
Moreno.
El Fiscal reconocido nuevam.ᵗᵉ este expediente dice: que como tiene expuesto en su vista de f. 44 b.ᵃ de los propios de la Ciud.ᵈ deben ser satisfechos solam.ᵗᵉ los cirujanos medicos y sangradores destinados a su territorio como de los de la Villa de Lujan los que lo fuezen al suyo repara pues que habiendose destinado los facultativos de que hablan los informes del Ten.ᵗᵉ de Rey de esta plaza de f. 30 y 37 y otros de los sugetos q.ᵉ destino no han resultado hasta aqui los que han servido en el territorio de Lujan para que se les declare al respectivo fondo de su haber: y sería bien que ante todas cosas esto de declararse para evitar toda equivocacion o fraude tomandose la providencia conveniente para que se de un plan general de todos los facultativos y partidos a que fueron destinados y por lo que hace a los q.ᵉ hayan servido en diversos territorios como puede haber sucedido que se especifique quanto tiempo hayan servido en cada uno.
El D.ⁿ Joseph Baeza a la verdad parece tiene a f. 30 igual documento que los otros que han sido ajustados y pagados. De la misma clase es la certificacion que presenta D.ⁿ Joseph Granados o su parte a exepo.ⁿ de no estar esta mandada de orden sup.ʳ si no de oficio si acaso esta diferencia puede variar la naturaleza del documento quando se le mando justificar y no es otra que la fee de aquel gefe la q.ᵉ oficio. Lo mismo tiene el Fiscal expuesta a f. 48 por Geronimo Gonzalez. Assi podra V. S. siendo servido mandar que a los tres expresados sin perjuicio de la expresada razon gral. de acredores que al proceso debe agregarse se les formen sus ajustes respectivos y por lo que de ellos resulte librarles el haber a cada uno respectivo conforme a lo resuelto a f. 42 en 28 de Junio que assi parece a justicia.
B.ˢ Ay.ᵉˢ 2 de Oct.ʳᵉ de 1784.
El D.ʳ Rospigliosi.
Peticion del Pb.ʳᵒ M. Olier y pedido del Sr. Fiscal para que el Teniente de Rey haga una relacion de todas las personas enviadas para curar la epidemia.
“Papel Sellado de un quartillo”.
S.ʳ Govern.ᵒʳ Inten.ᵗᵉ.