Buenos Aires 1.ᵒ de Febrero de 1785.
Pedro Medrano.
Jph. de Altolaguirre.
S.ʳᵉˢ de la Junta Sup.ᵒʳ
El Fiscal de S. M. visto el anterior informe de los Ministros de R.ˡ Haz.ᵈᵃ de esta Capital, Dice: que con arreglo a la distancia del Lugar a q.ᵉ fue destinado el suplicante y al tiempo q.ˢ sirvio de Capellan segun la certificacion de f. 64 podra graduarse y mandarsele pagar el Salario q.ᵉ demanda del Ramo q.ᵉ se ha satisfecho el de los Cirujanos y Sangradores q.ᵉ constan del exped.ᵗᵉ por no dever ser de peor condicion q.ᵉ estos dho. Capellan ordenandose asi mismo p.ʳ esta R.ˡ Junta q.ᵉ asi esta cantidad como las demas q.ᵉ expresan los citados Ministros se reintegren del Ramo de Propios de Ciudad con cuio cargo se han suplido.
Buenos Ayres 22 de Febrero de 1785.
Marquez de la Plata.
Otro Si dice: que aunque p.ʳ el decreto de f. 42 se mando q.ᵉ por la Tesorería general de esta Capital se ajustasen y pagasen a los Cirujanos y Sangradores sus salarios con arreglo a la regulacion q.ᵉ formo el Proto medico d.ⁿ Miguel de Gorman no parece ha tenido efecto dha. provid.ᵃ p.ʳ los reparos q.ᵉ posteriorm.ᵗᵉ se opusierron p.ʳ parte de los Ministros de R.ˡ Haz.ᵈᵃ y del Abogado q.ᵉ hacía de Fiscal aunqu.ᵉ el ultimo informe que aquellos han hecho se ve q.ᵉ ya tienen pagado a los Medicos cirujanos y Sangradores 1802 p.ˢ del ramo de Guerra y a fin de q.ᵉ se concluia el asunto podra V. S. mandar hallando p.ʳ bastantes como lo parecen las justificaciones q.ᵉ han producido los demandantes q.ᵉ resten por pagar q.ᵉ se les satisfaga lo q.ᵉ les corresponda otorgando los corresp.ᵗᵉˢ recivos y p.ʳ lo q.ᵉ pueda importar mandar asi mismo se forme un plan de todos los susodichos y de los capellanes q.ᵉ se destinaron en q.ᵉ se haga ver los lugares y tiempo en q.ᵉ sirvieron pasandose a este fin el exped.ᵗᵉ a los citados Ministros de R.ˡ Haz.ᵈᵃ fho.
Marquez de la Plata.
En la Ciudad de la Santissima Trinidad Puerto de Santa María de Buenos Ayres a quinze de Abril de mil setecientos ochenta y cinco: estando en Junta Superior de Real Hacienda los Señores Don Francisco de Paula Sauz, Cavallero de la Real y Distinguida orden de Carlos tercero, Intend.ᵗᵉ gral. de exto. y R.ˡ Haz.ᵈᵃ de las Provincias compreendidas en el distrito de este virreynato el D.ʳ Don Alonso Gonzalez Perez y el Doctor Don Thomas de Palomeque del Consejo de S. M. y Oydores de esta R.ˡ Audiencia el Doctor Don Jose Marquez de la Plata del mismo Consejo y Fiscal de ella el Doctor Don Jose Antonio Hurtado y Sandoval Contador mayor mas antiguo de este Tribunal y Audiencia Real de Quentas y Don Pedro Medrano thesorero general de exto. Con vista del recurso interpuesto por parte del Presvitero Don Mariano Olier sobre que se le satisfaga los sueldos de cinco meses y diez y siete días que estubo sirviendo de Capellan por disposicion de este Govierno en la epidemia que se padecio en la campaña el año de setenta y ocho con los antecedentes de su materia lo que han informado los Ministros generales de Real Hacienda Tribunal de Cuentas y expone ultimamente el Señor Fiscal en su respuesta del veinte y dos de Febrero del presente año Dijeron los dichos señores que al referido Presvitero Don Mariano Olier se le pague el salario que solicita del ramo de guerra destinado para estos pagos con calidad de reintegro a razon de treinta pesos al mes segun se ha satisfecho a otros capellanes en las ocaciones que han ocurrido ya los cirujanos y sangradores Don Bartholome Gonzalez Don Pedro Fontela Don Antonio Ximenez y Don Joseph Granados, los suyos sino se les huviesen satisfecho con arreglo a la regulacion que formo el Proto medico Don Miguel de Gorman y concluido los pagos de cuio reintegro cuidaran los dichos Ministros se formara por ellos un Plan distinguido por clases los sueldos de los capellanes, cirujanos y sangradores con expresion de los lugares y tiempo en que sirvieron a cuyo fin se les pase el expediente como lo pide el Señor Fiscal en su citada respuesta tomandose razon de este auto en el Tribunal de Cuentas y asi lo proveyeron y rubricaron de que doy fee.