El Titulo fue igual atodos seis y no remate en Potosi, el 1.ᵒ en cant.ᵈ de ochocientos p.ˢ y los demas a setecientos pagando el Tercio de contado y los otros dos tercios en cada uno y medio y aunq.ᵉ la paga la habían de hacer enestas Caxas eran de su Cuenta y riesgo la conducion a aquellas los quales Titulos fueron conferidos porel Ex.ᵐᵒ Señor Príncipe de Esquilache enel año de 1618 con diferentes fechas pero todos conla obligacion de traer confirmacion de S. Mag.ᵈ en el termino de quatro años y para ello havían de llevar Carta de S. Ex.ᵃ y nombrar Apoderado conquien se entendiese y satisfaciese los reparos que por parte del Señor Fiscal del Consejo se pusiesen con señalam.ᵗᵒ de Extrados en contrario: todo conforme previene la R.ˡ Cedula de Renunciaciones de oficios su fecha en Madrid a 14 de Diz.ʳᵉ de 1706 los quales eran perpetuos y renunciables. Aunque esta se halla en Testimonio yncerta en una Real Provicion su fha. en la Plata a 17 de Diz.ʳᵉ de 1607 enel Lib.ᵒ de Acuerdos Num.ᵒ 4 af. 150 a 154 como el Señor Solorzano en su Politica la pone ala Letra en el Cap.ᵒ 3 Lib.ᵒ 6 Pag.ᵃ 996 y 997 y parece formaron varias Leyes de Indias que estan en el Lib. 8.ᵒ Tit. 21 y 22 del f. 3.ᵒ no pone aqui su contenido por noser mas difuso.


“al margen: R.ˡ Cedula de 14 de Diz.ʳᵉ de 1606 es cita donde sehalla copiada.

Año de 1623 Juan Gutierrez Barragan es recivido de Reg.ᵒʳ de 7.ᵐᵒ voto. Lib. N.ᵒ 4 f. 105 y 106.”


En 14 de Febrero de 1623 se recivio Juan Gutierrez de Barragan en virtud de exorto delos off.ˢ R.ˢ de estas Caxas que apedimento del solicitador dela R.ˡ Hacienda q.ᵉ expreso tener noticia que en Potosi se había rematado un Regim.ᵗᵒ de 7.ᵐᵒ voto para este Cav.ᵈᵒ en un vecino de esta Ciud.ᵈ en Can.ᵈ de Quinientos y cincuenta p.ˢ y q.ᵉ siendo en perjuicio dela R.ˡ Hacienda pues los ultimos se remataron en setecientos pesos e igualmente en agravio de ese Tribunal por haberse faltado alas ordenanzas del Ex.ᵐᵒ Señor Virrey Marques de Montes Claros suplica se ponga apregon y sele mande entregar el remate del dho. vecino, que fecho todo sele remato al dho. Barragan en setecientos p.ˢ el tercio de Contado y los otros dos en dos años con obligacion de traer Titulo del Señor Virrey y confirmacion de S. M. Y por este Cav.ᵈᵒ visto fue recivido (vease loq. se dice deeste Individuo en 1.ᵒ de Enero y 17 de Sep.ʳᵉ de 1624).


“al margen: exorto ordenan y remate de Barrag.ⁿ donde le hallan.”