Del Xabón se dice q.ᵉ den dos panes p.ʳ un real; y debe advertirse q.ᵉ del de á 7 r.ˢ peso pues lo hacen de 6 y hasta de 5½.

A las lentejas y demás Miniestras ultra-marinas ó de fuera del país, no parece que se les deba regular precio por mayor, y ni aún á las de la tierra, y no sabe el Fiel Executor q.ᵉ razón motive regularlo á estas, y no al Trigo q.ᵉ es de mayor necesidad, y más fácil de saberse su abundancia ó escasez.

Sería bueno arreglar las medidas del medio real en todos los Licores; pero siendo en tal caso necesario hacer tantas para cada especie, como precios señala el Arancel al Barril ó Frasco, excepto las de vino, aguardiente y mistela, q.ᵉ pudieran acomodarse una en cada precio á las tres especies: sería muy costoso á los Pulperos y tan embarazoso p.ᵃ algunos q.ᵉ no las entendieran, por más q.ᵉ la misma medida tuviese numerado el precio del Barril ó Frasco para facilitar su inteligencia.

Hay grandísima necesidad de hacer un prolixo y general examen de los Pesos y Pesas de q.ᵉ usan los pulperos, y precisarlos á q.ᵉ tengan marco de pesas menudas (sellados por la Ciudad) con que poder dar cada uno el peso justo de lo q.ᵉ compre; y convendría desterrar las pesas de fierro, ó marcarlas por todos los extremos para que no puedan cortarlas sin conocerse, pues ha encontrado y quitado el Fiel, pesa de libra de 15 onzas justas q.ᵉ no puede persuadirse que su falla proceda de casualidad, y en considerable tiempo, ocasionarán considerable perjuicio las de esta naturaleza. Los Pesos para q.ᵉ sean fieles, no vasta q.ᵉ descargados, ó con solas las Valanzas paren sus brazos orizontales, porque lo primero puede causarlo la desigualdad de la (incomprensible) de un brazo, con la longitud del otro; y lo segundo la diligencia del Pulpero. De modo q.ᵉ si un brazo tiene de 16 partes la una más corto q.ᵉ el otro, dará 15 onzas p.ʳ 16 en todo lo que se libré con él. Para que sea igual el peso deben serlo sus brazos en longitud y (incomprensible) y q.ᵉ las dos Valanzas estén igualmente distantes del Centro ó Exe. La prueba más fácil para el exámen es cambiar de una á otra balanza dos pesos iguales. Quanto más largo los brazos hacen más sensible la diferencia del peso, y así deben serlo en quanto al mayor peso no lo embarace, de modo q.ᵉ por su debilidad no hagan arco, porque si se doblase uno más q.ᵉ otro, el más flexible por hacerse más corto, disminuiría el peso de su parte. Las balanzas ó sus cordones deben ser iguales, porque si fuese la una más larga que la otra, mayorm.ᵗᵉ levantándolas cargadas, la q.ᵉ se levanta primero p.ʳ más corta hace violencia á la otra con menos peso, y por lo mismo conviene que se levanten de plano orizontal. Los Exes tambien conviene q.ᵉ asienten en lugar igualmente distante de los extremos, porque de lo contrario haciendo como dos exes darán el peso engañoso del mismo modo q.ᵉ si fueran desiguales los brazos. También es necesario examinar si los pesos son ahogadisos, q.ᵉ una vez cayendo la balanza cargada á un lado no se levanta sin q.ᵉ le quiten parte considerable del peso justo; y aunq.ᵉ estos pesos sean fieles, es menester saber usar de ellos y proceder con mucha pureza, para no perjudicar al que compra. Aunque estas advertencias parecen enfadosas, tambien parece que deben estar instruídas de ellas los Señores Fieles Executores y por lo mismo se sugeta el actual á padecer la nota de molesto antes que la de omiso en hacer presente lo q.ᵉ pueda motivar alguna utilidad pública.

No le parece al Fiel Executor, ageno á su Ministerio, hacer presenté á V. S. el perjuicio que causa también la diferencia de 3% mayor la vara de esta Ciudad que la de España, ni sabe q.ᵉ motibo justo pueda haber para no arreglarla á ella, como lo están las del Perú y Chile, siendo igualmente esta Ciudad q.ᵉ aquella Provincia Dominios de un mismo Soberano. Acaso solo el error conserva la diferencia, admitiendo como favorable el común perjuicio q.ᵉ ocasiona el mismo múmero de varas que en España, pide aquí el sastre para un vestido, sin q.ᵉ aquí resulte que se necesite mayor que allí. El tendero, para vender el género tiene consideración al 3% mayor de la vara, y lo saca en el precio, cuyo exceso paga el comprador inutilm.ᵗᵉ porque lo mismo le haría el sastre el vestido con las 9 vars. de terciopelo (p.ʳ exemplo) medido por la vara de España, q.ᵉ por la de esta Ciudad y le questa quando menos el 3% más; y como no es fácil q.ᵉ quadre el precio en terminos q.ᵉ admita justam.ᵗᵉ las partes de 100, ni el tendero sea tan inadvertido q.ᵉ admita contra sí la diferencia que resulte, y esto no en el todo, sino en cada vara, y el genero de valor se vende comunm.ᵗᵉ ajustando por pesos: resulta salir más caro un 8 y hasta un 12%. En género de poco valor es mas aún el exceso. Por exemplo: el genero q.ᵉ siendo la vara igual con la de España, se vendería á 4 r.ˢ y p.ʳ la diferencia del 3% se vende á 4½% esto es medio real más caro q.ᵉ es la más minima moneda del País, sale vendido 12½ p% más caro de que rebaxando 3% q.ᵉ ociosam.ᵗᵉ lleva en el género, le queda de líquido perjuicio 9½% en el precio. Una pieza de Bretaña tomada entera dá dos camisas, pero nadie pedirá p.ʳᵃ una sola menos de 4 v.ˢ y como de sacarlas resulta quedarle al tendero un retazo q.ᵉ no dá para otra, rehusa fuertemente empezarla, y quando lo hace es vendiendo cada vara un real más caro q.ᵉ la vendería si no le resultara el perjuicio del retazo q.ᵉ le ocasiona la diferencia de la vara. Es constante que los efectos de Castilla, en quanto la pieza está entera, corre aquí p.ʳᵃ su compra y venta por las varas que señala su brevete ó la factura; pero una vez principiada, aunq.ᵉ solo se le haya sacado media vara, ya pierde el 3% de su valor, p.ʳ q.ᵉ nadie la comprará sin q.ᵉ se la den medida, y en género de alg.ⁿ subido precio es considerable el perjuicio que resulta. De q.ᵉ se sigue q.ᵉ si á un comerciante le viene un género doble de que quiere sacar p.ʳᵃ si ó para un sugeto que le pide y quiere servir un corte p.ᵃ un vestido, se vé privado de hacerlo, p.ʳ no experimentar en la falla.

(Archivo General de la Nación).—Expedientes de Cabildo.—Legajo N.ᵒ 6. Año 1782).

[1] Este signo indica mil.