Mr. Chaix-d’Est-Ange: «Los censores, convengo en ello, los censores matan la censura; á veces la hacen odiosa; pero tranquilizaos: la opinión pública y las costumbres son omnipotentes en Francia, y no estaría en el deseo ni en el poder del gobierno prohibir ni suspender la representación de una obra que no ofreciera ningún peligro para el orden ni para la moral. Haga Víctor Hugo una obra maestra (tiene bastante talento para hacerla), hable en ella de los beneficios de la libertad, como en otro tiempo hablaba de los beneficios de la Restauración, y si se le oponen dificultades, se le hará justicia.»
Mr. Odilon Barrot replica inmediatamente y recuerda los diferentes casos en que los tribunales han reconocido la ilegalidad de actos administrativos. Tal fué el principio de la sentencia del Tribunal de casación sobre las ordenanzas de policía que mandaba poner colgaduras en las ventanas para la procesión del Corpus.
Así, los tribunales tienen siempre el derecho de apreciar los actos de que se hace derivar jurisprudencia, y el de decidir si estos actos toman su fuerza de la ley y si se puede fundar un juicio en ellos.
«Se ha tenido el valor y estaba por decir la audacia, añade Odilon Barrot, de ver en el juicio relativo al impresor Chantpie y al editor del Diario del Comercio una especie de sedición. Como ciudadanos, como hombres tenéis sin duda el deber de resistiros á los actos de opresión; pero cuando vestimos la toga, cuando ejercemos una función pública, cuando estamos instituídos para hacer respetar las leyes, nos guardamos de violarlas, y es hacer una injuria al tribunal suponer que á ojos vistas, á presencia del pueblo ha violado las leyes en cualquiera ocasión. No, señores, el Tribunal de Comercio no ha violado las leyes en el juicio de Chantpie y su gloria es tanto mayor cuanto que ha tenido á raya la arbitrariedad del poder hasta el último límite de sus facultades, manteniendo el respeto á las leyes con su propio respeto.»
Finalmente, el defensor calificó de orden póstuma la prohibición notificada al Teatro-Francés, el 10 de Diciembre por el ministro de Fomento. No es menos cierto que negándose el 24 de Noviembre anterior, á seguir representando el drama, el Teatro-Francés ha infringido el convenio entre él y Víctor Hugo, por lo cual no puede alegar excepción de fuerza mayor.
Mr. Víctor Hugo: «Voy á decir solamente algunas palabras.»
El Presidente: «La cuestión ha sido bastante discutida.»
Mr. Víctor Hugo: «Un pasaje del discurso de Mr. Chaix-d’Est-Ange me proporciona la ocasión de hacer constar un hecho de que no he hablado porque me es honroso, y no creo deber alegar ciertos hechos que me honran. He aquí lo que pasó:
»Antes de la representación de mi drama, advertido por la empresa del Teatro-Francés de que Mr. Argout quería censurarlo, fuí á verle, y le dije entonces, como un ciudadano al ministro, que no le reconocía el derecho de censurar una obra dramática, que este derecho estaba abolido, á mi modo de ver, por la Constitución: añadí que si pretendía censurar mi obra, la retiraría inmediatamente, y que á él le correspondía ver si no habría en esto para la autoridad una consecuencia más enojosa que en permitir la representación de mi obra sin haberla censurado.
»Me dijo entonces Mr. Argout que su opinión era muy distinta sobre la materia, y que en su calidad de ministro se creía en el derecho de censurar una obra dramática, pero que teniéndome por un hombre de honor, incapaz de hacer obras de alusiones ó inmorales, consentía con mucho gusto en que mi obra no fuese censurada.