CONSTITUCION DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Nos el pueblo de los Estados Unidos, á fin de hacer mas perfecta la Union, establecer la justicia, consolidar la tranquilidad doméstica, proveer á la defensa comun, promover el bien general y asegurar los beneficios de la libertad, tanto para nosotros mismos como para nuestros descendientes, formamos y sancionamos esta Constitucion para los Estados Unidos de América.
Articulo I.
Seccion I. Todas las facultades legislativas que esta Constitucion concede, se depositan en un Congreso de los Estados Unidos, que se compondrá de un Senado y una Cámara de Representantes.
Seccion II. 1. La Cámara de representantes se compondrá de miembros elegidos cada dos años por el pueblo de los Estados, y los electores en cada uno de ellos deberán tener las mismas calidades que se requieren en los de la Cámara mas numerosa de la Legislatura del Estado.
2. Nadie podrá ser representante antes de tener cumplidos veinticinco años de edad y siete de ciudadano de los Estados Unidos, debiendo además ser habitante del Estado que lo elige, al tiempo de la eleccion.
3. Los representantes y las contribuciones directas se repartirán entre todos los Estados que compongan la Union, en proporcion al número respectivo de sus habitantes, el cual se determinará agregando al número total de personas libres, entre las que se comprende á las que están obligadas al servicio por cierto número de años, y se excluye á los indios que no pagan contribuciones, las tres quintas partes de todas las demás. El censo efectivo se formará á los tres años contados desde la primera sesion del Congreso de los Estados Unidos, y en lo sucesivo de diez en diez años, en la forma que el mismo congreso dispusiere por medio de leyes. El número de representantes no podrá exceder de uno por cada treinta mil habitantes, pero cada Estado tendrá cuando ménos un representante. Mientras no se forme el censo, el Estado de New Hampshire tendrá derecho á elegir tres, Massachusetts ocho, Rhode Island y Providence Plantations uno, Connecticut cinco, New-York seis, New Jersey cuatro, Pennsylvania ocho, Delaware uno, Maryland seis, Virginia diez, North Carolina cinco, South Carolina cinco, y Georgia tres.
4. Cuando ocurrieren vacantes en la representacion de algun Estado, el Ejecutivo del mismo espedirá convocatorias para que se haga la eleccion de las personas que deban llenarlas.
5. La Cámara de representantes elegirá su presidente y demás empleados. A ella toca exclusivamente la facultad de iniciar causas por delitos oficiales. (Power of impeachment.)
Seccion III. 1. El Senado de los Estados Unidos se compondrá de dos senadores por cada Estado, elegidos por sus respectivas Legislaturas por seis años, y cada senador tendrá un solo voto.
2. Inmediatamente despues de que se reuna en virtud de la primera eleccion, se dividirán sus miembros en tres clases, con toda la igualdad posible. Los escaños de los senadores de la primera clase vacarán á los dos años, de la segunda, á los cuatro, y de la tercera, á los seis, de manera que cada dos años se elija una tercera parte. Si por renuncia ú otras causas resultare alguna vacante estando en receso la Legislatura del Estado respectivo, podrá el Ejecutivo del mismo hacer nombramientos provisionales hasta que se vuelva á reunir la Legislatura, la cual proveerá entonces dichas vacantes.
3. Para ser senador se requiere tener treinta años cumplidos, haber sido nueve años ciudadano de los Estados Unidos, y ser habitante del Estado que hace la eleccion al tiempo de verificarse ésta.
4. El Vice-presidente de los Estados Unidos será el Presidente del Senado; pero no tendrá voto sino en los casos de empate.
5. El Senado eligirá sus empleados y tambien un Presidente pro tempore que funcionará en ausencia del Vice-presidente, ó cuando éste se halle desempeñando el cargo de presidente de los Estados Unidos.
6. Solo al Senado incumbe la facultad de juzgar por responsabilidades oficiales (to try all impeachments), y cuando se reuniere con este objeto, los senadores prestarán un juramento ó promesa. Si se tratare de juzgar al Presidente de los Estados Unidos, presidirá al Senado el Presidente de la Suprema Corte, y nadie será condenado sino por el voto de dos terceras partes de los miembros presentes.
7. En las causas por responsabilidad oficial de que se trata, la sentencia condenatoria no podrá exceder de la destitucion del empleo é inhabilitacion para poder obtener y desempeñar cargo alguno honorífico, concejil ó lucrativo de la federacion, pero la parte convicta quedará, no obstante, sujeta á ser acusada, juzgada, sentenciada y castigada con arreglo á derecho.
Seccion IV. 1. La Legislatura de cada Estado prescribirá el tiempo, lugar y manera en que deban hacerse las elecciones de los senadores y representantes: pero en cualquier tiempo el Congreso por medio de una ley podrá alterar en todo ó en parte las disposiciones de las Legislaturas sobre el particular, excepto las que se refieran al lugar de la eleccion de los senadores.
2. El Congreso se reunirá una vez al año por lo ménos y esa reunion se verificará el primer lúnes de Diciembre, á no ser que por una ley se señale otro dia.
Seccion V. 1. Cada Cámara será el juez competente acerca de las elecciones y requisitos legales de sus respectivos miembros; y la mayoría de cada una de ellas constituirá el quorum para deliberar. Pero un número menor puede reunirse en diferentes dias, y compeler á los miembros ausentes á que asistan de la manera y bajo las penas que cada Cámara señalare.
2. Cada Cámara podrá formar su reglamento interior, castigar á sus miembros por mala conducta, y aun expulsarlos con la aprobacion de los dos tercios.
3. Cada Cámara llevará actas de las sesiones, que publicará de tiempo en tiempo, con excepcion de aquellas partes que á su juicio exijan reserva; y en ambas se hará constar en las actas los votos que dieren sus miembros por la afirmativa y por la negativa en cualquiera cuestion, cuando así lo pidiere la quinta parte de los miembros presentes.
4. Durante las sesiones del Congreso, ninguna Cámara podrá entrar en receso por mas de tres dias sin el consentimiento de la otra, ni reunirse en otro lugar que aquel en que las dos estén instaladas.
Seccion VI. 1. Los senadores y representantes recibirán por sus servicios una remuneracion que se fijará por ley y se pagará por el tesoro de los Estados Unidos. Exceptuando los casos de traicion, delito grave ó perturbacion de la tranquilidad pública, tendrán en todos los demás el privilegio de no ser arrestados durante el periodo de las sesiones á que asistieren, ó en su viage con motivo de ellas. Fuera de las mismas Cámaras no podrán ser autoritativamente cuestionados por ninguno de sus discursos, ó de los debates en que hubieren tomado parte.
2. Los senadores y representantes durante el tiempo de su encargo no podrán ser nombrados para ningun empleo civil de la Union, que se haya creado ó cuyos emolumentos se hubieran aumentado durante el período; y nadie que tuviere un empleo de la Union podrá ser miembro de alguna de las Cámaras, mientras lo desempeñare.
Seccion VII. 1. Todo proyecto de ley sobre creacion de rentas procederá de la Cámara de Representantes: pero el Senado puede proponer ó añadir sus enmiendas como en todos los demás proyectos.
2. Todo proyecto que hubiere sido aprobado por la Cámara de Representantes y el Senado, antes de que pase á ser ley, será enviado al Presidente de los Estados Unidos. Si lo aprueba, lo firmará: pero si nó, lo devolverá á la Cámara en que tuvo orígen con sus observaciones, la que las hará constar en sus actas, y procederá de nuevo á discutirlo. Si despues de esta nueva discusion, dos tercios de esa Cámara convinieren en aprobarlo, se remitirá juntamente con las observaciones á la otra Cámara, la que á su vez volverá á discutirlo, y si resultare aprobado por los dos tercios de ella, pasará á ser ley. En todos los casos de esta naturaleza la votacion de ambas Cámaras será nominal, haciéndose constar en las actas de cada Cámara respectivamente los nombres de las personas que han votado por la afirmativa y por la negativa. Si el Presidente no devolviere un proyecto de ley á los diez dias, (exceptuando los domingos) despues de que se le hubiere presentado, tendrá fuerza de ley lo mismo que si lo hubiere firmado, á ménos que no haya podido ser devuelto al Congreso por haber suspendido las sesiones.
3. Todo acuerdo, resolucion ó votacion que requiera la concurrencia del Senado y Cámara de Representantes (salvo en las cuestiones sobre receso) se presentará al Presidente de los Estados Unidos, y no tendrá efecto hasta que él lo apruebe. Si lo desechare, será necesaria la aprobacion de los dos tercios del Senado y de la Cámara de Representantes, segun las reglas y límites prescritos para los proyectos de ley.
Seccion VIII. El Congreso tendrá facultades:
1. Para establecer y recaudar contribuciones, derechos, impuestos y sisas (taxes, duties, imposts, and excises) á fin de pagar las deudas y proveer á la defensa comun y bien general de los Estados Unidos. Mas todos los derechos, impuestos y sisas serán uniformes en todos los Estados Unidos.
2. Contraer empréstitos sobre el crédito de los Estados Unidos.
3. Reglamentar el comercio con las naciones extrangeras, el que se hace de Estado á Estado y con las tribus de los indios.
4. Establecer una regla uniforme de naturalizacion, y decretar leyes uniformes en la materia de bancarrotas para todos los Estados Unidos.
5. Acuñar moneda, determinar el valor de ésta y de las extrangeras y fijar las pesas y medidas.
6. Señalar las penas de los falsificadores del papel de crédito y moneda de los Estados Unidos.
7. Establecer oficinas y caminos postales.
8. Promover el adelanto de las ciencias y de las artes útiles, asegurando á los autores é inventores por tiempo limitado la propiedad exclusiva de sus respectivos escritos é inventos.
9. Crear tribunales inferiores á la Suprema Corte.
10. Definir y castigar la piratería y demás delitos graves cometidos en alta mar, así como los delitos contra el derecho de gentes.
11. Declarar la guerra, conceder patentes de corso y represalias, y establecer reglas para las presas hechas en mar y tierra.
12. Levantar y mantener ejércitos; pero ninguna asignacion que se haga para este objeto deberá durar mas de dos años.
13. Formar y mantener una armada.
14. Decretar ordenanzas para el gobierno y disciplina del ejército y de la armada.
15. Dictar las disposiciones para llamar á las armas á la milicia cuando fuere necesario, á fin de hacer observar las leyes de la Union, sofocar las insurrecciones y repeler cualquiera invasion.
16. Disponer la organizacion, armamento y disciplina de la milicia, y el gobierno de la parte que esté al servicio de los Estados Unidos, quedando reservado á los respectivos Estados el nombramiento de los oficiales, y la instruccion y ejercicios, segun la disciplina prescrita por el Congreso.
17. Legislar exclusivamente en todas las materias concernientes al distrito que por cesion de los Estados en particular y aceptacion del Congreso, haya sido elegido para residencia del gobierno federal, distrito cuya area no podrá exceder de diez millas cuadradas. Ejercer la misma facultad sobre todos los demás lugares comprados con el consentimiento de las Legislaturas de los Estados á que pertenecen, para la construccion de fortalezas, almacenes, arsenales, astilleros y otros edificios que se necesitaren: y
18. Dictar todas las leyes necesarias y convenientes para la ejecucion de las facultades que preceden, y todas las demás que por esta Constitucion se confieren al gobierno de los Estados Unidos, ó á cualquiera de sus departamentos ó funcionarios.
Seccion IX. 1. El Congreso no podrá prohibir, sino desde el año de mil ochocientos ocho en adelante, la inmigracion ó importacion de personas que cualquiera de los Estados, hoy existentes, crea conveniente admitir; pero puede imponer una contribucion ó derecho que no excederá de diez pesos por persona.
2. No podrá suspenderse el recurso del Habeas Corpus, si no es en los casos en que por rebelion ó invasion sea necesario para la seguridad pública.
3. No se sancionará ningun proyecto de ley para instituir infamia trascendental, (bill of atainder), ni ley alguna ex post facto.
4. La capitacion y demás contribuciones directas solo podrán imponerse en proporcion al número de habitantes, cuyo censo deberá formarse como ya dispone en esta Constitucion.
5. No se impondrán contribuciones ó derechos sobre los artículos que se exporten de los Estados.
6. Las disposiciones que reglamentan el comercio y las rentas fiscales, no podrán establecer ninguna preferencia en favor de los puertos de un Estado, sobre los de otro. Tampoco se podrá obligar á los buques que salen de un Estado ó van destinados á él, á que abran ó cierren su registro, ó paguen derechos en otro.
7. No se podrá sacar de la tesorería ninguna cantidad de dinero si no es en virtud de una asignacion hecha por ley; y periódicamente se publicará una relacion y cuenta exacta de los ingresos y egresos de todos los fondos públicos.
8. Los Estados Unidos no concederán títulos de nobleza; y ninguna persona que desempeñe empleo lucrativo ó concejil de la federacion, podrá, sin el consentimiento del Congreso, aceptar presentes, emolumentos, empleos ó títulos, cualquiera que sea su clase, de ningun Rey, Príncipe ó Estado extrangero.
Seccion X. 1. Los Estados no podrán celebrar tratados, alianza ó coaliciones; expedir patentes de corso y represalias; acuñar moneda, ni emitir billetes de crédito; señalar como de forzosa admision en el pago de las deudas, otras monedas que las de oro y plata; aprobar ningun proyecto de ley sobre infamia trascendental (attainder,) ó dar leyes ex post facto, ó que desvirtúen las obligaciones de los contratos, ni conceder tampoco títulos de nobleza.
2. Los Estados no podrán sin el consentimiento del Congreso establecer impuestos ó derechos sobre las importaciones y exportaciones, salvo cuando sea absolutamente necesario para hacer cumplir sus leyes de inspeccion, y el producto neto de todos los derechos é impuestos cobrados por un Estado bajo este concepto, pertenecerá al tesoro de los Estados Unidos, quedando sujetas todas esas leyes á la revision y aprobacion del Congreso.
3. Tampoco podrán imponer derechos de tonelage, mantener tropas ó buques de guerra en tiempo de paz, entrar en ningun convenio ó tratado con otro Estado ó con potencias extrangeras, ni comprometerse en una guerra, exceptuándose los casos de invasion ó de peligro tan inminente que no admitan demora.
Articulo II.
Seccion I. 1. Se deposita el poder Ejecutivo en un Presidente de los Estados Unidos de América. Desempeñará su encargo por un término de cuatro años, y su eleccion, así como la del Vice-presidente nombrado por el mismo término, se verificará de la manera siguiente:
2. Cada Estado nombrará del modo que su Legislatura determine, un número de electores igual al del total de senadores y representantes que el mismo Estado tenga derecho á mandar al Congreso, no pudiendo ser nombrado elector ningun senador ó representante, ni persona que desempeñe algun empleo lucrativo ó concejil de la federacion.
Los electores se reunirán en sus respectivos Estados, y por escrutinio secreto, elegirán dos personas, una de las cuales, por lo ménos, deberá no ser vecino del Estado. Formarán una lista de todas las personas por quienes han votado, con expresion del número de votos que obtuvo cada una, la firmarán y certificarán, remitiéndola sellada á la residencia del gobierno de los Estados Unidos, dirigida al Presidente del Senado. Este, en presencia del Senado y de la Cámara de Representantes abrirá todos los pliegos certificados, y procederá á contar los votos. Será Presidente la persona que reuna el mayor número de votos, siempre que este número constituya la mayoría de electores nombrados. Si reunieren dicha mayoría mas de una persona, teniendo igual número de votos, entonces de entre ellas elegirá inmediatamente la Cámara de Representantes, por escrutinio secreto, una para Presidente; mas si nadie hubiere reunido dicha mayoría, elegirá la Cámara de entre las cinco personas que hubieren sacado mas votos. Al hacer la eleccion de Presidente, los votos se contarán por Estados; para este objeto, el quorum se formará de un miembro, ó de los miembros de las dos terceras partes de los Estados, y será necesario la mayoría de éstos para decidir la eleccion. En cualquier caso, una vez hecha la eleccion del Presidente, será Vice-presidente la persona que reuna el mayor número de votos de los electores. Pero si resultare haber dos ó mas que tuvieren igual número de votos, el Senado elegirá de entre ellas al Vice-presidente por escrutinio secreto.[195]
3. El Congreso determinará el tiempo en que han de ser elegidos los electores y el dia en que ha de verificarse la eleccion, debiendo ser uno mismo en todos los Estados Unidos.
4. Solo serán elegibles para el cargo de Presidente, los ciudadanos por nacimiento, ó los que fueren ciudadanos de los Estados Unidos al tiempo de adoptarse esta Constitucion. Nadie será elegible que no hubiere cumplido treinta y cinco años de edad, y hubiere residido catorce años en los Estados Unidos.
5. En caso de remocion, muerte ó renuncia del Presidente, ó de incapacidad para desempeñar las funciones de su cargo, le sucederá el Vice-presidente. El Congreso queda facultado para disponer por medio de una ley, en caso de remocion, muerte, renuncia ó incapacidad, tanto del Presidente como del Vice-presidente, qué funcionario entrará á desempeñar la presidencia; y éste la desempeñará hasta que cese la incapacidad, ó se elija un nuevo Presidente.
6. En compensacion de sus servicios, el Presidente recibirá una retribucion en épocas determinadas, la cual no podrá ser aumentada ni disminuida durante el período por el que haya sido elegido; y no recibirá durante ese período ningun otro emolumento de la Union, ni de ningun Estado en particular.
7. Antes de tomar posesion de su encargo, prestará el siguiente juramento ó promesa.
"Juro (ó prometo) solemnemente que desempeñaré con fidelidad el cargo de Presidente de los Estados Unidos, y que observaré, protejeré y defenderé la Constitucion de éstos."
Seccion II. 1. El Presidente será comandante en jefe del ejército y de la armada de los Estados Unidos, así como de la milicia de los Estados cuando esta estuviere en actual servicio de la federacion: podrá exigir la opinion por escrito de cada uno de los jefes de los departamentos del ejecutivo sobre todos los asuntos que se relacionen con las atribuciones de sus respectivos empleos, y tendrá facultad para mandar suspender la ejecucion de las sentencias, y conceder indultos por delitos cometidos contra la federacion, ménos en las causas por responsabilidad oficial (impeachment).
2. El Presidente, con consulta y aprobacion del Senado, tendrá facultad para hacer tratados, siempre que en ellos convengan las dos terceras partes de los senadores presentes, y nombrar de la misma manera á los embajadores, ministros públicos y cónsules, á los magistrados de la Suprema Corte, y á todos los demás empleados de la Union que se crearen en virtud de las leyes, cuyos nombramientos no estuvieren determinados de otra manera en esta Constitucion. Pero el Congreso puede por medio de una ley, conferir la facultad de nombrar los empleados subalternos que estime convenientes á solo el Presidente, á los tribunales de Justicia, ó á los jefes de los departamentos.
3. El Presidente podrá proveer todas las vacantes que ocurran durante los recesos del Senado, haciendo nombramientos provisionales, los que vacarán al fin del inmediato periodo de sesiones.
Seccion III. De tiempo en tiempo presentará al Congreso un informe del Estado de la Union, recomendándole la adopcion de aquellas medidas que creyere necesarias ó convenientes. En circunstancias extraordinarias, no podrá convocar á sesiones á las dos cámaras ó á cualquiera de ellas, y en caso de que estuvieren en desacuerdo sobre el dia en que deban entrar en receso, él podrá fijar el que le pareciere conveniente. Recibirá á los embajadores y demás ministros públicos, cuidará de que las leyes tengan su debido cumplimiento, y espedirá los despachos de todos los empleados de la federacion.
Seccion IV. El Presidente, Vice-presidente y todos los demás empleados civiles de la federacion, serán removidos de todos sus empleos, siempre que fueren acusados y convictos de traicion, cohecho, malversacion, ú otros delitos y faltas graves.
Articulo III.
Seccion 1. Se deposita el poder judicial de los Estados Unidos en una Suprema Corte, y en los tribunales inferiores que en lo sucesivo creare y estableciere el Congreso. Los magistrados, tanto de la Suprema Corte como de los Tribunales inferiores, desempeñarán sus empleos mientras observen buena conducta, y en épocas fijas recibirán por sus servicios una remuneracion, que no podrá ser disminuida mientras desempeñen sus empleos.
Seccion II. 1. El poder judicial conocerá de todos los casos que en derecho y equidad dimanen de la Constitucion y leyes de la Union, así como de los tratados ya celebrados ó que puedan celebrarse en lo sucesivo bajo su autoridad: de todos los casos que afecten á los embajadores, demás ministros públicos, y á los cónsules: de todos los casos de la jurisdiccion de almirantazgo y de marina: de las controversias en que la federacion fuere parte: de las que se siguieren entre dos ó mas Estados, entre un Estado y los ciudadanos de otro, entre ciudadanos de diferentes Estados, entre ciudadanos del mismo Estado que reclamen terrenos bajo concesiones hechas por diversos Estados, y entre un Estado ó sus ciudadanos, y Estados ciudadanos ó súbditos extrangeros.
2. La Suprema Corte conocerá en una sola instancia de todos los casos que afecten á los embajadores y ministros públicos, lo mismo que á los cónsules, y de aquellos en que un Estado fuere parte interesada. En todos los demás ya mencionados, conocerá en apelacion tanto respecto á los hechos como al derecho, con las restricciones y segun las disposiciones reglamentarias que el Congreso estableciere.
3. Todos los juicios criminales se verificarán ante jurados, con excepcion de los que se formaren por responsabilidad oficial (impeachments), y deberán celebrarse en el Estado donde se hubieren perpetrado los delitos. Mas en caso de que no se hubieren cometido en la jurisdiccion de ningun Estado, se seguirán en el lugar ó lugares que designare el Congreso por medio de una ley.
Seccion III. La traicion contra los Estados Unidos consistirá solamente, en tomar las armas contra ellos, ó en unirse á sus enemigos, dándoles ayuda y socorro. Nadie podrá ser convicto de traicion si no es en virtud del testimonio de dos testigos que declaren sobre un hecho notorio, ó por confesion de parte ante el tribunal.
El Congreso tendrá facultad para designar el castigo del delito de traicion, pero la sentencia que se impusiere por este delito no podrá privar al delincuente del derecho de heredar y trasmitir sus bienes por herencia, ni producir la confiscacion de ellos, si no es durante la vida de la persona sentenciada.
Articulo IV.
Seccion I. Se dará entera fé y crédito en los Estados á las leyes (acts), registros y procedimientos judiciales de los demás, quedando facultado el Congreso para disponer por leyes generales, la manera en que deban probarse y los efectos que deban surtir.
Seccion II. 1. Los ciudadanos de un Estado gozarán en todos los demás de las mismas garantías é inmunidades de que gozan los ciudadanos de estos.
2. Toda persona que siendo acusada en un Estado de traicion ú otro cualquier delito, huyere de la Justicia y fuere encontrada en otro Estado, será entregada á pedimento de la autoridad ejecutiva del Estado de que se fugó, á efecto de ser conducida al Estado que tuviere jurisdiccion para juzgar su delito.
3. Las personas obligadas á servir ó trabajar en un Estado segun sus leyes, que se escaparen al territorio de otro, no podrán quedar libres de ese servicio ó trabajo en virtud de ninguna ley ó reglamento de éste, sino que serán entregadas á la parte que tenga derecho á ese servicio ó trabajo cuando ésta las reclamare.
Seccion III. 1. El Congreso podrá admitir nuevos Estados en esta Union; pero no se formará ó establecerá un nuevo Estado dentro de la jurisdiccion de otro, ni se formará ninguno por la union de dos ó mas, ó de partes de otros, sin el consentimiento, tanto de las Legislaturas de los Estados interesados, como del Congreso.
2. El Congreso queda facultado para disponer del Territorio y demás propiedades pertenecientes á los Estados Unidos, y establecer todas las bases y reglamentos necesarios para los mismos. No se interpretará ninguna de las disposiciones que contiene esta Constitucion de manera que pueda perjudicar los títulos que tuvieren los Estados Unidos, ó algun estado en particular.
Seccion IV. Los Estados Unidos garantizarán á todos los Estados de la Union un Gobierno de forma republicana, y los protegerán contra cualquiera invasion, y tambien contra los disturbios domésticos, cuando lo solicitaren sus Legislaturas ó sus Ejecutivos, en caso de que ellas no puedan ser convocadas.
Articulo V.
Siempre que las dos terceras partes de ambas cámaras lo crean necesario, el Congreso propondrá enmiendas á esta Constitucion; ó á pedimento de las dos terceras partes de los Estados, convocará una convencion para proponer enmiendas, las cuales en cualquiera de los dos casos serán válidas para todos los fines como partes de esta Constitucion, luego que fueren ratificadas por las Legislaturas de las tres cuartas partes de los Estados, ó de convenciones reunidas en las tres cuartas partes de éstos, segun que el Congreso haya dispuesto uno ú otro modo de ratificar, no debiendo ninguna enmienda que pudiere hacerse antes del año de mil ochocientos ocho, alterar en manera alguna las cláusulas primera y cuarta de la seccion novena, del artículo primero, ni privar á ningun Estado sin su consentimiento, de la igualdad de votos en el Senado.
Articulo VI.
1. Todas las deudas y compromisos contraidos antes de haberse adoptado esta Constitucion, serán tan válidos contra los Estados Unidos bajo ella, como lo eran bajo la Confederacion.
2. Esta Constitucion, las leyes de la federacion que en virtud de ella se sancionaren, y todos los tratados celebrados ó que se celebraren por la autoridad de los Estados Unidos, serán la ley suprema de la tierra. Los jueces de cada Estado estarán sujetos á ella, sin que obsten las constituciones ó leyes de los Estados.
3. Los senadores y representantes ya mencionados, los miembros de las Legislaturas de los Estados, y todos los funcionarios de los departamentos ejecutivo y judicial, tanto de la federacion como de los Estados en particular, se obligarán por juramento ó promesa á sostener esta Constitucion; pero jamás se exigirá profesion de fé religiosa para ningun empleo ó cargo público de los Estados Unidos.
Articulo VII.
Bastará la ratificacion de las convenciones de nueve Estados para el establecimiento de esta Constitucion entre los que la ratifiquen.
Fecho en convencion por el unánime consentimiento de los Estados presentes el dia diez y siete de Setiembre del año de Nuestro Señor, mil setecientos ochenta y siete, duodécimo de la independencia de los Estados Unidos de América. En testimonio de lo cual, firmamos la presente.
GEORGE WASHINGTON.
Diputado por Virginia, Presidente.
(Siguen las firmas.)