V. De los tribunales de Distrito.
Los tribunales de Distrito debieron su existencia, como los de circuito, á la facultad con que la Constitucion invistió al Congreso para establecer tribunales inferiores á la Suprema Corte. (Art. 1, sec. 8.) El territorio de los Estados Unidos está actualmente dividido en treinta y cinco distritos, que generalmente comprenden todo un Estado; pero los Estados de New York, Pennsylvania, Virginia, North Carolina, South Carolina, Tennessee, Louisiana, Mississippi y Alabama, tienen mas de un distrito. Con pocas excepciones, en cada distrito hay un tribunal. Este es unitario, y tiene cuatro períodos de sesiones cada año. En algunos, sin embargo, el tribunal tiene tres, dos ó un solo período de sesiones ordinarias, pudiendo tener todas las extraordinarias que el juez creyere conveniente. Hoy solo hay veintinueve jueces de distrito, y despues de la expedicion de la ley de 1801, la práctica ha venido á resolver que el Congreso puede suprimir discrecionalmente los tribunales inferiores existentes, y crear otros con distinta organizacion.
Con exclusion de los tribunales de los Estados, los jueces de distrito conocen de los delitos leves, sujetos á la jurisdiccion federal, cuyo castigo consista en multas que no excedan de cien pesos, prision hasta por seis meses, ó treinta azotes[78] cuando la pena deba ser corporal, cometidos en sus respectivos distritos ó en alta mar.[79] Tienen jurisdiccion privativa para conocer en primera instancia de todos los negocios civiles de la jurisdiccion de almirantazgo y marina,[80] entre los que se comprenden las aprehensiones (seizures) hechas en virtud de las leyes fiscales de navegacion ó comercio de la federacion, en alta mar ó en las aguas de sus distritos, navegables desde el mar, en buques de diez ó mas toneladas; de todas las demás aprehensiones hechas en virtud de las leyes federales, y de los litigios suscitados con motivo de las multas ó comisos decretados en virtud de dichas leyes. Conocen á prevencion con los tribunales de circuito y los de los Estados, de los litigios que entablaren los extranjeros quejándose de agravios[81] (torts) cometidos con violacion del derecho internacional, ó de algun tratado de los Estados Unidos, y de todas las demandas en derecho comun, en que la Federacion fuere la parte actora y el interés que se versare exceda de doscientos pesos, fuera de las costas. Conocen, con exclusion de los tribunales de los Estados, de todos los litigios que se entablaren contra los cónsules y vice-cónsules, ménos cuando versaren sobre delitos de mayor gravedad que los mencionados.[82] Conocen tambien de las quejas interpuestas contra las capturas verificadas en las aguas de los Estados Unidos, ó dentro de una legua marítima de sus costas, sean quienes fueren los quejosos,[83] y de las que se dirijen á pedir la anulacion de las patentes obtenidas indebidamente.[84]
En aquellos casos en que algun litigante no hubiere tenido tiempo suficiente para ocurrir al tribunal de circuito, los jueces de distrito tienen la misma ámplia facultad que los magistrados de la Suprema Corte para decretar los "injunctions," que subsistirán en su distrito, hasta las próximas sesiones del tribunal de circuito (Ley de 13 de Febrero de 1807, c. 13, sec. 1.) Pueden además decretarlos en ciertos casos que especifica la ley de 15 de Mayo de 1820, expedida para la mejor organizacion del departamento del tesoro.
Fuera de las facultades generales que tienen los jueces de distrito, y sin perjuicio de ellas, tienen además la de los tribunales de circuito, cuando sus distritos estuvieren situados de manera que no permitan convenientemente la presencia en ellos del Magistrado de la Suprema Corte. (Ley de 19 de Febrero de 1831, c. 28.)
Con el fin de evitar los inconvenientes que resultarian de la diferencia de opiniones entre el juez de Distrito y el magistrado de la Suprema Corte, cuando los dos se reunen para formar el tribunal de circuito, se ha dispuesto que debe prevalecer la opinion del magistrado de la Corte en los casos en que se tratare de los recursos de apelacion ó error interpuestos contra los fallos dados por el juez de distrito; y en todos los demás casos de desacuerdo entre ellos, decidirá la Suprema Corte, á quien se remitirá bajo certificado el punto de diferencia,[85] no pudiendo imponerse la pena de prision, ni ninguna otra mientras exista tal desacuerdo. (Ley de 29 de Abril de 1802, c. 31, sec. 5, 6.)
Los tribunales superiores de los Territorios de los Estados Unidos en que no hubiere tribunales de distrito, ejercen la jurisdiccion de los tribunales de circuito, sujetos en sus fallos á la revision de la Suprema Corte por los recursos de apelacion y error. (Ley de Marzo 3 de 1805, c. 38, sec. 1). Los jueces de distrito y los de los tribunales territoriales de los Estados Unidos tienen obligacion de residir en sus respectivas demarcaciones, y ningun juez de la federacion puede patrocinar negocios, ni ejercer la profesion del foro. (Ley de 18 de Diciembre de 1812, sec. 1.)