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(Año de 1539.—Madrid, 3 de Octubre.)—Real Cedula que manda que no se pesque con chinchorros enla pesqueria delas perlas.—(A. de I., 169-1-7, lib. 7.º, fol. 74 vto.)

El Rey: Nuestros oydores dela nuestra audiencia y chancilleria dela provincia de tierra firme, llamada Castilla del oro: yo he sydo ynformado que no conviene a nuestro servicio y bien delos naturales dela ysla delas perlas, que estava encomendada al marques don francisco piçarro que en ella se pesque con chinchorro, porque dello se seguiria mucho daño y perjuyzio, e visto por los del nuestro Consejo delas yndias fue acordado que devia mandar dar esta mi cedula para vos, e yo tovelo por bien: porque vos mando que veais lo susodicho y proveays que ningund español pesque enla dicha ysla delas perlas con chinchorro, e si alguna o algunas personas lo quisieren hazer sin el les deys licencia y facultad para que lo puedan hazer pagandonos el quinto que nos pertenesciere, el qual proveereis que cobren los nuestros officiales desa tierra, e no fagades ende al. Fecha en la villa de madrid a tres dias del mes de Octubre de mill e quinientos e treynta y nueve años. Yo el Rey. Refrendada de Samano y señalada de beltran, Carabajal, bernal y gutierre velazquez.